• Recurso de amparo fue interpuesto por la defensora de los Habitantes en agosto anterior.

La Sala Constitucional, conocida popularmente como la Sala IV, declaró con lugar un recurso de amparo en el que se solicitaba la prohibición del plaguicida Fipronil. 

Sin embargo, mediante la resolución 2021-024807 la Sala indicó que no es ella la que debe determinar si el plaguicida bajo examen debe prohibirse o no en el país, aunque lo que sí podía hacer era intervenir para que los estudios técnicos y científicos que están en proceso y los resultados de los mismos se entreguen en un periodo de máximo de tres meses, para finalmente determinar la regulación que debe implementarse entorno al Fipronil.

El recurso de amparo fue interpuesto el 23 de agosto anterior por la defensora de los habitantes, Catalina Crespo Sancho.

Desde la Defensoría se indicó que la decisión de acudir a la Sala Constitucional se dio luego de que el presidente de la Cámara Nacional de Fomento de la Apicultura, Juan Bautista Alvarado Barrantes, interpusiera una denuncia ante la defensora.

La solicitud de Alvarado Barrantes era la prohibición total y definitiva de todos los productos formulados que contengan como ingrediente activo Fipronil. 

Posteriormente, Crespo Sancho solicitó información al Ministerio de Salud, al Ministerio de Agricultura y Ganadería y al Ministerio de Ambiente y Energía. Su último paso fue el amparo en la Sala IV. 

En Costa Rica, el año pasado se reportaron dos eventos de mortalidad masiva de abejas; ese caso fue investigado por la Unidad de Residuos y Contaminantes en Alimentos de Origen Terrestre del Servicio de Salud Animal del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el cual constató que, en las abejas cuyos enjambres murieron de manera masiva, se encontró presencia del plaguicida Fipronil.

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La resolución ordena a los ministerios de Agricultura, Salud, Ambiente y Energía y al director general del Servicio Nacional de Salud Animal y al director del Servicio Fitosanitario del Estado, que giren las órdenes pertinentes para que en el plazo máximo de tres meses se entreguen los estudios que determinen la afectación del Fipronil en abejas y otros insectos polinizadores.

Si se determinare que el uso agrícola o veterinario de ese plaguicida causa daños graves a estos seres vivos y perjudica su función polinizadora, el informe respectivo deberá incluir las medidas adecuadas para resolver la situación y su plazo de ejecución", detalla el documento. 

Además la Sala IV condena al Estado, al Servicio Nacional de Salud Animal y al Servicio Fitosanitario del Estado al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados.

El Fipronil es un insecticida de amplio espectro, comúnmente utilizado en Costa Rica para controlar plagas en cultivos como el chile dulce, cítricos, palma aceitera, plantas ornamentales y frutales. Crespo Sancho resaltó: 

Las y los Magistrados resolvieron a favor de las futuras generaciones, para que estas puedan gozar de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado; y esta Defensoría estará pendiente de que las autoridades correspondientes cumplan con lo ordenado por la Sala Constitucional”. 

Pronunciamientos en contra

En abril del presente año la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental (DIGECO) recomendó al Ministerio de Ambiente y Energía, la cancelación de los registros de insecticidas que contienen Fipronil y la prohibición de su uso a nivel nacional.

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Digeca, a través del Oficio DIGECA-148-2021, remitido a la jerarca de Ambiente y Energía, Andrea Meza, indica que “el plaguicida fipronil, representa riesgos inaceptables para las abejas, tanto para la dosis más alta aprobada como para la más baja”.

Con base en la información recabada, DIGECA considera oportuno solicitar a las autoridades nacionales con competencia tomar las medidas urgentes y necesarias, para resguardar los siguientes bienes constitucionales: la salud humana, la biodiversidad y el ambiente en Costa Rica del uso de agroquímicos que contengan fipronil", detalla el documento.

La respuesta llega luego de que el pasado 7 de abril, la Cámara Nacional de Apicultura, solicitó al Gobierno de Costa Rica la inmediata prohibición de la venta, mezcla y uso de ingredientes activos grado técnico y plaguicidas sintéticos formulados que contengan Fipronil. La petición, de igual forma, iba dirigida a las carteras de Agricultura, Ambiente y Salud.

La Escuela de Biología de Universidad de Costa Rica (UCR), también alertó e instó a las autoridades competentes para ponerle freno a las sustancias perjudiciales para la salud de las abejas. Detalla que el Fipronil no es la única sustancia perjudicial las abejas.

Citan que el glifosato, paraquat y los insecticidas neonicotinoides (imidacloprid y thiamethoxam por ejemplo), tienen demostrados efectos letales o subletales en dicho insecto, alterando el desarrollo, comportamiento, la salud y finalmente la sobrevivencia de la abeja, tanto de las mieleras como de otras especies nativas.

Por tanto, la casa de estudios alerta sobre los efectos negativos de estas sustancias en las abejas del país, en los insectos polinizadores, y por ende, en la producción alimentaria.

Dicho lo cual, insta a las autoridades a detener el uso de químicos que matan masivamente las abejas, así como aquellos con demostrados efectos subletales, en "un país con la vergonzosa estadística de ser uno de los mayores consumidores de agrotóxicos a nivel mundial".

En diciembre del 2019 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) ordenó al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) realizar un estudio científico sobre los efectos en la salud, el ambiente y las abejas productoras de miel que tiene el uso de agroquímicos que contengan el insecticida neonicotinoides.

El pasado junio de 2020, no obstante, la Sala IV concedió una ampliación de 34 meses para la presentación de dicho informe. La solicitud del jerarca del MAG, Renato Alvarado, se debió a que explicó que era imposible entregar un informe como lo solicitado en cuestión de 1 año, por tanto se dio plazo hasta el mes de abril de 2023.