Abogado ambientalista Álvaro Sagot sostiene que documento impone límites sin base técnica y omite la variable climática.
La Sala Constitucional (conocida como Sala IV) admitió para estudio una acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado ambientalista, Álvaro Sagot Rodríguez, contra el nuevo Reglamento para la Gestión Regionalizada de Residuos Sólidos Ordinarios y Orgánicos (Decreto Ejecutivo 44974-S). La acción sostiene que el reglamento vulnera principios constitucionales y compromisos internacionales en materia ambiental y climática.
El recurso, tramitado bajo el expediente 25-017217-0007-CO, sostiene que varios artículos del reglamento (específicamente los numerales 1, 2, 4, 5, 7, 9 y 10) infringen los artículos 21 y 50 de la Constitución Política de Costa Rica, que garantizan el derecho a la salud y a un ambiente sano y equilibrado.
Asimismo, denuncia el incumplimiento de compromisos asumidos por el país en la Convención de la Diversidad Biológica y el Acuerdo de París, así como el desconocimiento de principios como el preventivo, el precautorio, el de progresividad, el de tutela científica y el de un clima seguro.
El pasado 2 de mayo, el Ministerio de Salud oficializó el reglamento, que busca que las municipalidades coordinen la recolección y disposición final de residuos. El país se dividirá en siete regiones y se establece que la distancia máxima al sitio de disposición final no debe superar los 80 kilómetros desde el punto más lejano; si se excede, deberán usarse estaciones de transferencia.
Además, puntualiza que los parques ambientales destinados a disposición final deberán ubicarse a más de 500 metros de zonas sensibles como escuelas, centros médicos o industrias alimentarias.
Los señalamientos de inconstitucionalidad
En la demanda se cuestiona que el reglamento haya sido aprobado sin estudios técnicos y científicos que incorporen la variable climática en la planificación y el manejo de residuos sólidos, pese a tratarse de una actividad que genera emisiones de gases de efecto invernadero.
Sagot Rodríguez afirma que el decreto impone obligaciones a las municipalidades, como la regionalización de la gestión de residuos y límites rígidos para su transporte, sin la necesaria flexibilidad para responder a la realidad local y sin requerir estudios de impacto ambiental avalados por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (Setena).
El abogado detalla que las distancias máximas establecidas para el traslado de residuos (80 km para parques ambientales y 45 km para estaciones de transferencia) carecen de justificación técnica y fueron fijadas de forma discrecional, generando riesgos logísticos, ambientales y financieros para las municipalidades.
Según la acción, el reglamento invade competencias constitucionales de los gobiernos locales y se les traslada la responsabilidad de realizar valoraciones ambientales especializadas para las que carecen de competencia y recursos.
Además, el documento detalla la exclusión de los residuos peligrosos o de manejo especial del ámbito del reglamento sin causa técnica ni científica. También pone en entredicho la falta de indicadores climáticos en los diagnósticos ambientales previstos por el decreto, omisión que a su juicio contradice las obligaciones de mitigación y adaptación al cambio climático asumidas.
Sagot Rodríguez comentó a este medio de comunicación que esta será la primera vez que la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre cambio climático, emitida hace una semana, sea considerada en una gestión de esta envergadura.
El objetivo del recurso es que la Sala IV declare la inconstitucionalidad total o parcial de las normas impugnadas, o que se emita una sentencia interpretativa que obligue a introducir mecanismos de consulta a Setena y la incorporación de la variable climática en todas las fases de la gestión de residuos.
La Sala Constitucional abrió un plazo de quince días para que el Ministerio de Ambiente y Energía, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, la Procuraduría General de la República y otras autoridades rindan su informe sobre la acción.