Colegio de Abogados no justificó el carácter urgente de su solicitud, por lo que Tribunal dio plazo al Estado para presentar su defensa contra la medida cautelar.

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó una medida cauterlar provisionalísima interpuesta por el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica en contra del Decreto Ejecutivo N° 43704-JP-MEIC, publicado el 19 de octubre en La Gaceta, que elimina las tarifas mínimas para los servicios profesionales de Abogacía y Notariado.

En el fallo el Tribunal considero que "si bien se señala por parte del Colegio Profesional actor que el carácter urgentísimo de la medida radica en que la publicación de dicho decreto rige a partir de hoy y sus efectos ya se encuentran desplegándose, no se aporta prueba que haga presumir la extrema urgencia de la norma".

Por tal motivo el Tribunal dio curso ordinario a la medida cautelar, lo que significa que escuchará la defensa del Estado, el cual tiene 24 horas para presentar por escrito su defensa, antes de tomar una decisión sobre si procede suspender o no el decreto Ejecutivo como medida cautelar.

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El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda ya había acogido dos solicitudes de medida cautelar provisionalísmas para suspender los decretos que buscaban eliminar las tarifas mínimas al Colegio Profesional de Terapeutas y al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica (CFIA).

Los once decretos ejecutivos para eliminar las tarifas mínimas de varios colegios profesionales fueron anunciados por el presidente, Rodrigo Chaves Robles, desde el pasado 10 de agosto y firmados durante las actividades de conmemoración de la independencia el pasado 14 de setiembre, pero fue hasta el 7 de octubre que comenzaron a ser publicados en el La Gaceta.