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— El día de ayer el diputado Pedro Muñoz Fonseca (PUSC) anunció que la Sala Constitucional había acogido para estudio la acción de inconstitucionalidad que presentó en contra el acuerdo de la Corte Plena que mantiene los incentivos salariales del Poder Judicial en montos porcentuales al salario base, en lugar de convertirlos a montos nominales, tal y como se definió en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (LFFP).
— El Poder Judicial gasta anualmente ₡60.000 millones en pluses salariales, y la decisión de la Corte de mantener los incentivos en montos porcentuales aumentaría ese gasto en ₡2.000 millones en el 2020, y el objetivo de Muñoz con la acción es detener ese crecimiento exponencial.
— Cómo mencionamos en reportes pasados el argumento del Poder Judicial para justificar su decisión ha sido bastante flojo, y ahora deberán defenderlo ante sus compañeros de Corte Plena, que ya han demostrado en el pasado que no tienen mayor problema en enmendarle la plana al resto del Poder Judicial.
— Sucede que por más que el presidente de la Corte, Fernando Cruz Castro, asegure que la decisión de la Corte se justifica en la respuesta de la Sala Constitucional a la consulta facultativa que se presentó de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, lo cierto es que ese fallo señala expresamente:
[la] Ley Orgánica del Poder Judicial, [la] Ley de Salarios del Poder Judicial y el Estatuto de Servicio Judicial no se ven afectadas por la reforma propuesta. Dichas normas posibilitan la autonomía del Poder Judicial en lo referido a cambiar su escala salarial o variar los salarios base.
— Queda claro para todos —menos para el magistrado constitucional que preside la Corte— que la Sala habló de la independencia del Poder Judicial en temas salariales en relación con los salarios base y la escala salarial, no los incentivos salariales, que es lo que la Corte definió por su cuenta sin considerar lo que estableció la LFFP.
— Adicionalmente, el diputado Muñoz mantiene una denuncia penal contra los 14 magistrados que tomaron el acuerdo, pero dado lo lento de los procesos penales, espera que por la vía constitucional se pueda corregir el error de Corte Plena más rápido.
Dato D+: Las acciones de inconstitucionalidad se tramitan, en promedio, en 18 meses.
— Por otro lado, recordemos que el recorte de ₡2.500 millones que le aplicó el Ministerio de Hacienda al presupuesto del Poder Judicial como represalia directa por esa decisión de Corte Plena todavía se mantiene y será resuelto en las próximas semanas cuando ese punto del presupuesto llegué a discusión en la Comisión de Asuntos Hacendarios en el Congreso.
— Ante todas las acciones que se han tomado en contra de este acuerdo de la Corte Plena, lo más sencillo sería que los magistrados corrigieran la acción y aceptaran por su cuenta lo que establece la LFFP. Durante el anuncio de ayer el diputado Muñoz aseguró que envió una carta a Fernando Cruz solicitando eso, sin embargo, todavía no ha recibido respuesta.
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