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— El pasado lunes trascendió que el Poder Judicial decidió no aplicar la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (Ley 9635) en lo que convertir a montos fijos los pluses salariales de sus funcionarios refiere, lo que naturalmente, generó todo tipo de reacciones. Pues bien, sin duda la más relevante de todas fue la de el Ministerio de Hacienda, que ayer anunció un recorte al Poder Judicial de ¢2543 millones de colones del proyecto de presupuesto para el año 2020.
— Según informó ayer la Presidencia de la República a través de un comunicado, ese monto se había incorporado al presupuesto para la creación del juzgado anti corrupción, en atención a una solicitud expresa de los magistrados, quienes aseguraron que no era posible satisfacer esta obligación con los recursos actualmente asignados.
— Sin embargo, tras enterarse de que por votación de mayoría los magistrados de la Corte Plena decidieron que no ajustarían los salarios del personal del Poder Judicial a la nueva normativa que en materia de incentivos y anualidades estableció la Ley 9635, la ministra Rocío Aguilar dispuso retirar esos recursos del proyecto de presupuesto que será enviado en breve al Congreso.
— Aguilar explicó que habían aprobado el dinero pues entendieron que al Poder Judicial no le alcanzaba el presupuesto asignado para solventar esa necesidad en particular. Sin embargo: “Lo que no se nos informó fue que los recursos no les alcanzarían porque no aplicarían la Ley 9635 y por tanto mantendrían el crecimiento de pluses, lo que es igual que el crecimiento en remuneraciones. Siendo así, no vemos la voluntad por contribuir con el ajuste que de manera vehemente les hemos instado realizar por el bien de este país".
— Hacienda también recalcó que mientras a los 127 mil funcionarios del Gobierno Central ya se les realizó la conversión de pluses de montos porcentuales a nominales para evitar el crecimiento exponencial del gasto, los 14 mil trabajadores del Poder Judicial mantendrán el pago de estos pluses en términos porcentuales y con ello el crecimiento del monto asignado a sus remuneraciones.
— ¿Es irrevocable la medida? No, la propia Aguilar dijo:
Con mucho gusto, de ser necesario, mediante moción, el Poder Ejecutivo se compromete a reintegrarle los recursos al Poder Judicial en cuanto se ajusten a la ley.
— ¿A qué se debe todo esto? En dos platos a nuestra conocida ineficiencia para redactar leyes. Justo ayer un colega nos decía: “Un amigo me decía que el problema de las leyes de Costa Rica es que son redactadas para ser interpretadas y no para ser acatadas. Están muy mal escritas y dejan mucho a la interpretación”. A eso se resume este problema.
— ¿Por qué? Por la "contradicción" que existe entre la forma en que quedó redactado el artículo 54 de la Ley de Salarios de la Administración Pública y el transitorio XXV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. El 54 establece la conversión de todos los incentivos salariales a montos nominales sin ningún tipo de distinción, mientras que el transitorio XXV señala que los derechos adquiridos serán respetados.
— ¿Entonces? Pues que así como sucedió en la CCSS en la Corte Plena interpretaron que la forma de calcular los incentivos otorgados antes de la reforma fiscal forman parte de los derechos adquiridos de los funcionarios. Así las cosas la Corte resolvió que los 21 incentivos salariales que existen en el Poder Judicial mantendrán sus ajustes porcentuales para los empleados que ostentaban del beneficio previo a la aprobación de la ley.
— Los incentivos suman alrededor de ₡60.000 millones anualues y ante la decisión tomada ese monto continuaría creciendo exponencialmente con el paso del tiempo.
— El argumento de los magistrados para fundamentar su decisión es que la Reforma Fiscal omitió derogar lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Salarios del Poder Judicial y el Estatuto de Servicio Judicial, que le dan autonomía salarial a la Corte. En redes sociales, el director jurídico de la Corte, Rodrigo Campos Hidalgo, salió a la defensa de lo dispuesto por la Corte al señalar:
En ningún momento el Poder Judicial se ha separado de las reglas de contención y regulación del gasto público. Por el contrario, en todos sus presupuestos está previendo, de manera expresa, el cumplimiento de la Regla Fiscal.
— Así mismo, reiteró que tal y como se planteó la legislación las medidas solicitadas son de aplicación exclusiva a las nuevas contrataciones y no han de afectar a los empleados que ya se encuentran en planilla en el Poder Judicial.
— Al cierre de esta edición los sindicatos del Poder Judicial discutían las medidas que tomarán tras el anuncio de Hacienda.