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— Mientras las críticas del país se volcaban la semana pasada al acuerdo tomado por el Gobierno con los sindicatos de la Caja Costarricense del Seguro Social por dejar que los incentivos salariales previos a diciembre 2018 se mantuvieran en forma porcentual, "de a callado" en la Corte Plena de Justicia habían tomado la misma decisión... hace cinco meses.
— Así fue a dado a conocer el día de ayer por La Nación, que señaló que en una votación con 14 votos a favor, la Corte Plena decidió mantener de forma porcentual los incentivos salariales de los casi 14.000 mil funcionarios que tiene el Poder Judicial.
— Al igual que en el caso de la CCSS, la discusión sobre los incentivos se base en la "contradicción" entre la forma en que quedó redactado el artículo 54 de la Ley de Salarios de la Administración Pública y el transitorio XXV de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.
— El artículo 54 es el que establece la conversión de todos los incentivos salariales a montos nominales sin ningún tipo de distinción, mientras que el transitorio XXV señala que los derechos adquiridos serán respetados. Y desde la Corte Plena interpretaron, al igual que demandaban en la CCSS, que la forma de calcular los incentivos es parte de los derechos adquiridos de los funcionarios.
— La decisión de Corte Plena mantendrá, entonces, de forma porcentual los 21 incentivos salariales que existen en el Poder Judicial y que habían sido creados por el Consejo Superior o por la misma Corte Plena. Estos incentivos generan un costo anual de ₡60.000 millones y ante la medida tomada ese montó continuaría creciendo exponencialmente con el paso de los años.
— Hay que señalar que, a pesar de que quienes votaron la decisión entraron al Poder Judicial antes de la aprobación de la Reforma Fiscal, ellos no se verían beneficiados directamente por el acuerdo. Esto ya que el salario bruto de cada una de las personas que integra la Corte Suprema de Justicia supera los 30 salarios base de la categoría más baja, límite máximo establecido por la Reforma Fiscal, por lo que sus salarios se encuentran congelados mientras estén por encima de ese umbral, que actualmente equivale a ₡5,5 millones mensuales.
— El argumento de los magistrados para fundamentar su decisión es que la Reforma Fiscal omitió derogar lo que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Salarios del Poder Judicial y el Estatuto de Servicio Judicial, que le dan autonomía salarial a la Corte. En redes sociales, el director jurídico de la Corte, Rodrigo Campos Hidalgo, salió a la defensa de la Corte al señalar:
En ningún momento el Poder Judicial se ha separado de las reglas de contención y regulación del gasto público. Por el contrario, en todos sus presupuestos está previendo, de manera expresa, el cumplimiento de la Regla Fiscal.
— El asesor jurídico de la Corte, además justificó el acuerdo de Corte Plena, al señalar que el decreto 41564 permite a las instituciones proteger los derechos adquiridos para aquellas personas contratadas antes de que se aprobará la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, por lo que las medidas son de aplicación exclusiva a las nuevas contrataciones.
— La reacción ante la decisión de Corte Plena no tardó en llegar y en horas de la tarde se dio a conocer que el diputado del PUSC, Pedro Muñoz Fonseca, denunció penalmente a los 14 magistrados que tomaron el acuerdo.
— El diputado solicitó al Ministerio Público que se investigue a los magistrados por los presuntos delitos de legislación o administración en provecho propio, reconocimiento ilegal de beneficios laborales y fraude de ley en la función administrativa.
— Los 14 magistrados que serían investigados son: Fernando Cruz Castro (presidente de la Corte), Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Román Solís Zelaya, William Molinari Vílchez, Orlando Aguirre Gómez, Julia Varela Araya, Luis Porfirio Sánchez Rodríguez, Jorge Olaso Álvarez, Roxana Chacón Artavia, Jesús Ramírez Quirós, Patricia Solano Castro y los suplentes Jasmín Aragón Cambronero, Maribel Seing Murrillo y Jorge Desanti Henderson.
— Para su demanda Muñoz se amparó adicionalmente en el criterio OJ-068-2019 de la Procuraduría General de la República —solicitado por el propio Muñoz— y que señala que el título III de la ley (que habla de empleo público) es de aplicación para toda la Administración Central, así como las universidades públicas, la CCSS y el Poder Judicial, a pesar de que el acuerdo de Corte fue tomado en marzo de este año, mientras que el criterio de la PGR fue dado hasta el 20 de junio.
— Así las cosas, mientras la economía del país no logra levantar cabeza, los beneficios que traería la reforma fiscal en contención del gasto en salarios públicos continúan desvaneciéndose, una institución a la vez.
Bonus Track: La fracción del PUSC presentó una acción de inconstitucionalidad contra el acuerdo tomado por el Gobierno y los jerarcas de la CCSS con los sindicatos médicos para poner fin a la huelga de la Caja.
Hidden Track: En A Fondo, los detalles e implicaciones del acuerdo Gobierno-CCSS-sindicatos. (Para suscriptores D+)
Remix: Repase quiénes conforman la Corte Suprema de Justicia en nuestro infográfico. (Para suscriptores D+)