Cada cierto tiempo, la sociedad costarricense se ve sacudida por un titular que destapa una presunta red de corrupción o algún otro tipo de escándalo como en días recientes. Nombres como "Caja-Fischel", "Cochinilla" o “Cementazo”, no solo se convierten en sinónimos de escándalo, sino que también generan una pregunta inmediata en la ciudadanía: si la prensa ya lo demostró, ¿por qué la justicia tarda tanto?
La respuesta se encuentra en la compleja y a menudo tensa relación entre el periodismo de investigación y el sistema de justicia penal. Son dos mundos que, aunque persiguen un fin común —la verdad—, operan bajo reglas radicalmente distintas. En mi función por muchos años como fiscal del Ministerio Público, Juez Penal y ahora en ejercicio liberal de la profesión, he visto esta interacción. La prensa puede ser el detonante indispensable para la acción judicial, pero sus métodos y sus productos rara vez pueden ser trasplantados directamente a una sala de juicio.
El chispazo: la noticia que obliga a actuar
Cuando un medio de comunicación publica una investigación bien fundamentada que expone hechos con apariencia de delito, se produce un fenómeno jurídico conocido como notitia criminis o "noticia del crimen". No es una denuncia formal, sino una alerta, una pieza de información que llega a oídos de la autoridad competente.
En Costa Rica, el sistema penal se rige por el principio de legalidad, que obliga al Ministerio Público a perseguir de oficio todos los delitos de acción pública (y también de los de acción pública a instancia privada –que requieren denuncia previa—en algunas circunstancias como las contenidas en los párrafos 1 in fine y 4 del artículo 17 del Código Procesal Penal). Esto significa que, ante una notitia criminis verosímil y de dominio público —como un reportaje de investigación—, la fiscalía no tiene la opción de mirar hacia otro lado. Está legalmente obligada a abrir una investigación preliminar.
En este sentido, el periodismo actúa como un catalizador. Proporciona el mapa inicial, la primera hebra de la que los fiscales deben tirar para desenredar la madeja. Casos emblemáticos de nuestra historia reciente no habrían visto la luz sin esa chispa inicial de la prensa, que se adentró en terrenos donde las autoridades, en una fase temprana, no tenían acceso.
El cortafuegos: la prueba espuria y los derechos fundamentales
Aquí es donde los caminos del periodista y el fiscal se bifurcan drásticamente. Mientras el periodista busca la verdad para informar al público, el fiscal busca la verdad para probarla en un juicio, y debe hacerlo respetando escrupulosamente las garantías del debido proceso. Debe de evitarse la pena de “banquillo” es decir, aquella que se da por el simple hecho de ser “señalado” y la llamada “criminología mediática”, que se refiere a la criminalización de una persona o de un sector, a través de los medios de prensa.
El mayor obstáculo es la doctrina de la prueba ilícita o espuria. Nuestra Constitución Política, en su artículo 24, es categórica al proteger el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones. Cualquier prueba obtenida violando estos derechos fundamentales —pensemos en una grabación con cámara oculta o la sustracción de documentos privados— es, en principio, nula. No produce efectos legales.
A esto se suma la "teoría del fruto del árbol envenenado". Esta doctrina establece que si una prueba inicial es ilegal (el "árbol envenenado"), toda la evidencia que se derive de ella (los "frutos") también queda contaminada y debe ser excluida del proceso. Por ejemplo, si una grabación ilegal revela la ubicación de un libro contable, tanto la grabación como el libro podrían ser invalidados en un juicio.
El puente: cómo la justicia "limpia" la información
Entonces, ¿cómo aprovecha la fiscalía la información periodística sin contaminar el caso? Mediante un proceso de "lavado" probatorio, utilizando excepciones a la regla de exclusión como la fuente independiente y el descubrimiento inevitable.
La fiscalía no puede presentar la grabación oculta del periodista en el juicio. Sin embargo, puede usar la información de esa grabación como una guía para su propia investigación. Si, a través de sus propios medios legales (testimonios, órdenes judiciales, peritajes), llega a la misma evidencia, puede introducirla al proceso. Estará presentando un "fruto" cultivado en su propio huerto legal, a través de una fuente independiente y lícita. De esta forma, el sistema no valida el método ilegal, pero tampoco se ciega a la verdad que este revela, siempre que pueda confirmarla por sus propios medios.
El veredicto: ¿qué valor tiene un reportaje en un juicio?
Contrario a la creencia popular, un artículo de periódico, por sí solo, tiene un valor probatorio muy limitado en un juicio penal. Se considera prueba documental, pero únicamente demuestra que la noticia fue publicada, no que los hechos que narra sean ciertos. Para el tribunal, el reportaje es un indicio, no una verdad probada. La verdad judicial debe construirse con testimonios bajo juramento, peritajes forenses y documentos originales debidamente incorporados al expediente, y muchos otros elementos de prueba derivados de la “libertad probatoria”, eso si, como se indicó antes, recabados de manera “lícita”.
El periodista de investigación desempeña un rol de control democrático insustituible. Es el perro guardián que alerta sobre el peligro. Sin embargo, no es un agente del Estado ni puede arrogarse sus facultades. Su poder reside en la publicación, en activar la conciencia social y en obligar a las instituciones a actuar.
La próxima vez que lea un titular sobre un gran caso de corrupción o similar, recuerde esta dualidad. Celebre el coraje de la prensa libre que enciende la luz en la oscuridad, pero comprenda también que el camino hacia una condena justa es largo y debe ser recorrido bajo las estrictas y garantistas reglas del Estado de Derecho. La tensión entre un titular impactante y un expediente judicial sólido es, en última instancia, una de las garantías de nuestra democracia.
Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio. Delfino.CR es un medio independiente, abierto a la opinión de sus lectores. Si desea publicar en Teclado Abierto, consulte nuestra guía para averiguar cómo hacerlo.




