La propuesta surge tras el embargo preventivo contra el creador de contenido Juan Bautista Alfaro Rojas, interpuesto por la empresa Enjoy Hotels.
El diputado del Frente Amplio (FA), Ariel Robles Barrantes presentó un proyecto de ley (expediente 25.125) para reformar el artículo 86.1 del Código Procesal Civil (Ley 9342), a fin de evitar que se apliquen embargos preventivos cuando una persona haya sido demandada por manifestaciones realizadas en el ejercicio de su libertad de expresión o participación en temas ambientales.
La iniciativa propone que los jueces no puedan dictar un embargo preventivo en procesos civiles si la causa de la demanda son expresiones vinculadas a temas de interés público, como denuncias ambientales, opiniones ciudadanas o críticas a proyectos privados o públicos.
La exposición de motivos señala el reciente caso del creador de contenido Juan Bautista Alfaro Rojas, conocido como @juambacaminando, quien fue objeto de una medida de embargo preventivo solicitada por la empresa Enjoy Hotels & Resorts S.A.. La acción judicial incluye el congelamiento de sus cuentas bancarias, salario y bienes inmuebles, a raíz de un video en el que cuestionó el proyecto turístico Bahía Papagayo. El texto añade:
Este tipo de acciones judiciales (aunque formales en apariencia) pueden generar un efecto inhibitorio o “chilling effect” sobre quienes ejercen su derecho a cuestionar, fiscalizar y opinar sobre desarrollos que afectan el ambiente, especialmente si tales expresiones provienen de ciudadanos, comunicadores o líderes de opinión sin respaldo económico suficiente para afrontar procesos judiciales civiles y el congelamiento preventivo de su patrimonio".
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Según la exposición de motivos, en los casos en que el embargo preventivo se solicita "como resultado de la manifestación de la libertad de expresión, supone una sanción anticipada antes de la conclusión del proceso y puede ser utilizado como una forma de censura previa sobre el derecho de expresión de los ciudadanos", lo cual contraviene los principios establecidos en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el principio 10 de la Declaración de Río sobre participación en asuntos ambientales.
El proyecto plantea adicionar un párrafo final al artículo 86.1 de la Ley 9342, para que se lea de la siguiente manera:
“(...) el acreedor podrá pedir que se decrete embargo preventivo, salvo que el reclamo provenga de hechos que la parte demandada hubiere realizado en ejercicio de los derechos constitucionales de participación en la toma de decisiones que afecten el ambiente y de la libertad de expresión”.
Según la iniciativa, esta modificación busca garantizar que los reclamos por supuestos daños a la imagen u honor de empresas o particulares no puedan derivar en medidas patrimoniales inmediatas cuando estén motivados por manifestaciones legítimas sobre asuntos de interés colectivo.
El proyecto fue presentado con la firma de respaldo del resto de la bancada del FA, así como de la diputada independiente, electa por el Partido Liberal Progresista (PLP), Kattia Cambronero Aguiluz, y deberá ser asignado a una comisión legislativa para iniciar su trámite ordinario.