Advierten que el caso contra Juan Bautista Alfaro Rojas constituye una demanda estratégica para acallar la participación pública y criminalizar el derecho a la protesta.
Juan Bautista Alfaro Rojas, conocido en redes sociales como @juambacaminando, enfrenta una medida cautelar de embargo preventivo dictada por el Tribunal Colegiado de Primera Instancia Civil de Pérez Zeledón, tras una demanda presentada por la empresa Enjoy Hotel & Resort S.A.. La acción judicial congeló sus cuentas bancarias, según confirmó el propio activista.
La empresa ha defendido la gestión indicando que Alfaro Rojas habría causado “un daño grave a la reputación de Enjoy Hotels”. Sin embargo, para especialistas en derecho ambiental y libertad de expresión, el caso representa un ejemplo de demanda estratégica contra la participación pública, conocidas internacionalmente como SLAPP por sus siglas en inglés.
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Preocupación por desproporcionalidad de la medida
El M.Sc. Álvaro Sagot Rodríguez, docente de la Universidad de Costa Rica, explicó que este tipo de demandas no buscan comprobar la falsedad de una acusación, sino “castigar a quienes se atreven a hablar”. Sagot recordó que este tipo de acciones legales ya se han ensayado en el país. En 2013, la empresa minera Crucitas demandó a los profesores Nicolás Boeglin, Jorge Lobo y al propio Sagot por sus críticas públicas a la explotación de oro en Cutris de San Carlos.
Por su parte, el Dr. Rodolfo Brenes Vargas, docente de derecho penal en la UCR y doctor en Derecho por la Universidad de París, indicó que si bien las personas pueden recurrir a la vía civil cuando se sienten afectadas, “estamos ante un exceso que implica riesgos importantes para la empresa hotelera”. Y agregó:
Puede ser percibida como una empresa que quiere aprovechar su poder económico para aplastar la crítica, en un tema muy sensible para los costarricenses como el ambiental…”.
Brenes advirtió que el embargo preventivo, aunque previsto en la ley, tiene un impacto severo y “efecto intimidatorio” en la persona demandada, especialmente cuando está en juego un derecho humano como la libertad de expresión. El abogado concluyó indicando que “cuando se trata de asuntos de interés público, la libertad de expresión tiende a prevalecer y a superponerse a otros derechos”.
Estamos ante un exceso que era absolutamente innecesario, de donde se ha derivado un riesgo reputacional indeseable para la empresa demandante”.
Estándares internacionales en juego
Ambos expertos recordaron que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que las sanciones civiles desproporcionadas pueden inhibir la libertad de expresión tanto como las penales. Asimismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que las expresiones críticas e incluso ofensivas están protegidas por el derecho a la libre expresión y que debe existir un margen legítimo para la inexactitud, siempre que sea de buena fe y en temas de interés público.
“El derecho a la información abarca toda la información, incluso la errónea, si se difunde de buena fe. Imponer una exigencia de verdad absoluta afectaría la esencia misma del derecho en una sociedad democrática”, indicó Brenes.
Llamado a no permanecer indiferentes
La organización Bloque Verde expresó que este caso demuestra por qué ciertos sectores empresariales han rechazado el Acuerdo de Escazú, que obliga a los Estados a proteger a las personas defensoras del ambiente y su derecho a expresarse. También hizo un llamado a movilizar la opinión pública, firmar peticiones y respaldar económicamente a la familia de Alfaro Rojas.
“El repudio social que se está generando deja claro que la empresa ya perdió ante la opinión pública”, afirmó la organización en su comunicado.
Un caso sin precedentes
Bloque Verde destactó que según el libro Una memoria que se transforma en lucha: 30 años de criminalización del movimiento ecologista en Costa Rica, se han registrado 19 demandas judiciales contra personas defensoras del ambiente desde los años 90. Ninguna ha resultado en condenas, pero en ningún caso anterior se había impuesto una medida cautelar de embargo preventivo como la aplicada a Alfaro Rojas. En su comunicado de prensa indicaron que estas acciones “forman parte de un ciclo de criminalización progresiva que busca desmovilizar las luchas socioambientales mediante desprestigio, intimidación y persecución judicial”.