Presidencia cuestiona resolución por "falta de pruebas" y claridad jurídica.
El presidente Rodrigo Chaves Robles y el jefe de la Asesoría Jurídica de Casa Presidencial, Eduardo Mora Castro, criticaron este miércoles la resolución del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) que le ordena abstenerse de realizar manifestaciones que puedan influir en la voluntad del electorado de cara a las elecciones de 2026.
En la conferencia de prensa semanal en Casa Presidencial, Mora afirmó que la resolución del TSE carece de fundamentación sólida, al no incluir hechos probados, normas precisas ni evidencia específica que demuestre la supuesta falta del mandatario, describió el documento como lleno de "conceptos jurídicos indeterminados" y cuestionó que se pretenda restringir la libertad de expresión presidencial con términos vagos.
Cuando uno recibe una resolución de amparo, uno esperaría que esté clara y fundamentada en hechos demostrados, pruebas específicas y normas que se consideren violentadas. Nada de esto está en la resolución".
El asesor jurídico subrayó que el fallo hace referencia a la "voluntad electoral" sin definir cuándo comienza a formarse ni en qué momento el presidente habría incidido indebidamente en ella.
El Tribunal indica que, como está cerca el proceso electoral, pareciera que hasta ahora estamos comenzando a pensar en esa voluntad electoral. Ni siquiera nos aporta un solo elemento que nos permita decir técnicamente cuál es el momento en que inicia".
Mora también criticó que el TSE citara supuestos estudios de opinión para respaldar su criterio, pero sin incluir referencia concreta alguna.
Dicen que hay estudios de opinión que han demostrado que las manifestaciones del presidente van orientadas a una plataforma política específica. No hay en toda la sentencia una sola referencia a una encuesta, un estudio, ni siquiera a diez llamadas telefónicas para consultarle a alguien. Nada".
El presidente Chaves intervino varias veces para cuestionar la base del fallo. Preguntó si el TSE había identificado alguna plataforma política específica, partido o símbolo en sus argumentos.
Corríjame si me equivoco. ¿Mencionaron alguna plataforma política en el documento? ¿Dijeron qué color de bandera, cómo se llama, alguna insignia?".
Mora respondió que la sentencia alude a "decisión electoral específica", "plataformas con ambiciones políticas" y "formación política que le dé continuidad a este gobierno", pero sin definir nada concreto ni mencionar a ningún partido.
Chaves cuestionó también que la orden del TSE no precise los límites de la conducta prohibida:
Yo como soy muy obediente de la ley, preparamos esta carta que se le entregó al Tribunal Supremo de Elecciones, haciéndole las preguntas correspondientes para poder acatar lo que ellos dicen es una orden de ‘no vaya a tal lugar’ y no me dicen cuál es tal lugar”.
El mandatario acusó al TSE de imponer restricciones poco claras que podrían vulnerar la libertad de expresión del gobierno al informar sobre su gestión y señaló que la Presidencia remitió un documento con consultas formales al tribunal para aclarar el alcance de la orden.
El 24 de junio, el Tribunal Supremo de Elecciones declaró con lugar un recurso de amparo electoral interpuesto por el politólogo y precandidato presidencial Claudio Alpízar Otoya. Según la resolución, Chaves incurrió en manifestaciones públicas que por su contenido, reiteración y el peso de su cargo afectaron la libertad del sufragio y la equidad electoral.
El fallo sostiene que las declaraciones del presidente no se limitaron a informar sobre su gestión, sino que construyeron un mensaje con "un claro hilo conductor" para promover la continuidad de su proyecto político. Según el TSE, esto vulnera el principio de neutralidad gubernamental, que no se limita al período oficial de campaña.
El tribunal le ordenó al mandatario abstenerse de emitir declaraciones o actos que puedan beneficiar o perjudicar a partidos, candidaturas o movimientos políticos con miras a las elecciones de 2026. También advirtió que el incumplimiento podría constituir delito de desobediencia.
Asimismo, sin suministrar pruebas, Chaves insinuó que la resolución del TSE fue instruida por alguien más, sin precisar nombres, aunque tras enviar un saludo sarcástico a la presidenta del TSE, dijo que él sabía "quién" les dio esa supuesta orden.
Recurso de adición y aclaración
Chaves presentó un recurso de adición y aclaración ante el TSE para solicitar explicaciones detalladas sobre la resolución que lo condenó por afectar la libertad del sufragio, insistiendo que el fallo contiene juicios de valor sin sustento jurídico claro ni pruebas específicas, lo que, según indicó, provoca inseguridad jurídica.
El presidente pidió al TSE que aclare y precise con base en qué normas descartó supuestas nulidades formales del fallo, cuáles recursos públicos se habrían usado para favorecer a un partido político y qué agrupación o partido específico habría resultado beneficiado con sus declaraciones. También solicitó que el tribunal identifique textualmente en sus discursos algún llamado explícito al voto por una candidatura o partido.
Entre los puntos del recurso, Chaves preguntó al TSE:
¿Cuál es la norma del ordenamiento electoral vigente que me prohíbe en mi condición de Presidente de la República, fuera del período oficial de campaña, referirme a mi gestión de gobierno en actos públicos si no menciono partido, candidatura ni consigna electoral alguna?".
El mandatario solicitó, además, que el tribunal detalle cuál sería la supuesta plataforma política a la que se refieren sus señalamientos y si está inscrita oficialmente. También cuestionó cómo el TSE mide la intensidad o el hilo conductor emotivo de sus mensajes y qué parámetros utiliza para determinar que se trata de persuasión política.
Asimismo, el escrito exige que el tribunal identifique los estudios de opinión en que se basó para concluir que sus declaraciones tenían alta probabilidad de incidir en la voluntad de los votantes, con el fin de que la resolución sea un instrumento jurídico válido y no un intento de restringir su libertad de expresión ni su deber de rendir cuentas a la ciudadanía.