En el 2016, antes de que entrara a regir la reforma procesal laboral, hicimos charlas de capacitación para nuestros clientes sobre los cambios que entrarían a regir en julio del 2017.  Uno de ellos fue la creación de la defensa pública laboral o de asistencia social, de acceso gratuito para los trabajadores siempre y cuando su salario no exceda el monto de dos salarios de auxiliar judicial.

Esta modificación traía la promesa implícita de equilibrar un poco el proceso para las partes. Hasta ese momento, el patrono tenía las ventajas derivadas de contar con los medios para contratar apoyo legal profesional, de la lentitud de la tramitación de los casos y de la depreciación constante del colón.  Si, después de muchos años, el caso se resolvía a favor del trabajador, el paso del tiempo habría reducido sustancialmente el monto a pagar por parte del patrono.

La semana pasada los medios informaron que en Costa Rica existen  1.501.866 salarios formales, pero solo una quinta parte de ellos supera el millón de colones mensuales y más de la mitad ni siquiera llega a los 500.000 colones mensuales.

Es decir, cuatro quintas partes de los trabajadores formales podrá recurrir a los servicios de asistencia social, sin contar los trabajadores informales.

Aunque la defensa pública hace un excelente trabajo, litigando de buena fe, con mucha mística, capacidad y conocimiento; es evidente que no está en capacidad atender a todos los trabajadores que pueden usar sus servicios y mucho menos evitar que el sistema judicial laboral se sature.

De hecho, ya empezamos a ver señales de eso.  Dependiendo del circuito judicial, la audiencia para recepción de pruebas del caso se fija a tres, seis o hasta veinticuatro meses después de presentada la demanda. Esto deja muy mal parado al principio de justicia pronta y cumplida y a las expectativas que teníamos depositadas en la reforma para hacer realidad ese principio.

Para solucionarlo, el Poder Judicial requeriría fondos para más posiciones y despachos, pero la asignación de presupuesto no depende de la Corte Suprema de Justicia. No pueden hacer chocolate sin cacao y como resultado, los efectos los padecemos y sufrimos todos: los usuarios y los funcionarios.

¿Cómo podemos contribuir a evitar la debacle? Podemos prevenir. Y prevenir no significa hacer todos los despidos con responsabilidad; significa escoger muy bien cuáles sí y cuáles no.

Significa dedicarle a cada despido el tiempo que se requiere, confirmando que todo está sustentado y que no había, por ejemplo, condiciones de vulnerabilidad del trabajador. Significa identificar debilidades y fortalezas de la decisión, tanto desde el punto de vista legal como de estrategia y oportunidad de ese despido. Significa, en la medida de lo posible, asegurarnos que conocemos todo lo ocurrido y que no saltarán sorpresas más adelante.  Significa contar con apoyo legal de confianza, que conoce la empresa y su funcionamiento, que nos entienda y a quien entendamos. Significa entender las ventajas de contar con una asociación solidarista.

Y si vamos a juicio, debemos tener presente que no es lo mismo tener la razón, que saberla pedir y, sobre todo, que nos la den. Nunca hay certeza sobre el resultado de un juicio a pesar de los análisis académicos que hagamos al respecto. El Código de deberes jurídicos, morales y éticos del profesional en derecho nos impide a los abogados garantizar el éxito de un proceso. Lo único asegurado con un litigio, es la generación de honorarios legales y la inversión de tiempo y recursos del patrono.

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