Vengo a denunciar una situación de discriminación. De pura chiripa no soy yo la víctima, pero cualquier persona decente tiene que cumplir con sus obligaciones y denunciar cualquier injusticia de la que sea testigo así que aquí vengo de lengualarga: A Milagritos no le pagaron las vacaciones de Semana Santa. ¿Sancionamos a Planillas? Eso de fijo es falta grave. Pobre Milagritos, se fue para la playa, confiada en que le iba a llegar el pago y no le llegó, tuvo que meter un tarjetazo y con los intereses que aplican los bancos, esa ida a Jacó le va a salir más caro que un viaje a Europa. Una injusticia. Encima ahora se tiene que esperar a la otra quincena y ahí anda la pobre, a punta de huevito duro y agua para el almuerzo.

Fulanito, no puede ser. Dejame revisar… Mirá, aquí el sistema dice que Milagritos entró a trabajar hace seis meses. Por eso no se le pagaron esos días de Semana Santa

No entiendo. Seis meses de trabajo, tenía 6 días acumulados de vacaciones. ¿Por qué no le pagaron?

Por variar, estás haciendo un enredo.  Repasemos lo básico: Las vacaciones anuales son dos semanas calendario- o sea catorce días naturales y son pagadas. Pero para poder disfrutarlas tenés que llevar al menos 50 semanas trabajando. Por ejemplo, si alguien entra a trabajar el primero de enero, ya el 15 de diciembre nace el derecho a disfrutar esas vacaciones. El trabajador decide si las disfruta de una vez o después.

Pero a veces ustedes nos dicen que tenemos que tomar vacaciones y nada de caritas…

Sí, porque el patrono tiene derecho también a mandar a alguien de vacaciones, aunque ese trabajador no quiera o insista en que no le hacen falta.

Y los 6 días acumulados de Milagritos, ¿qué?

No funciona así. Es un error frecuente pensar que si ya trabajaste un mes, tenés un día de vacaciones y lo podés tomar y se te paga. Ya te dije que ese derecho nace cuando cumplís 50 semanas de trabajar y Milagritos no tiene ese tiempo. Cosa aparte es que si a Milagritos la hubiéramos despedido en el mes 5, la ley dice que le tenemos que pagar como parte de su liquidación un día de trabajo por mes laborado. Entonces ahí sí le pagamos 5 días de vacaciones o lo que tenga acumulado.

Igual me parece una barbaridad. Se va todo el mundo de vacaciones, queda San José vacío como en pandemia, en la tele las mismas películas de toda la vida, los amigos de uno no están, los chiquillos rebotan contra las paredes y entonces ¿qué se hace? ¿Porqué no le adelantan vacaciones?  O sea, como un préstamo: le dan 6 días y luego cuando cumple las 50 semanas se los rebajan. ¡Asunto resuelto, gracias al, estudiante de derecho, futuro Licenciado Fulanito-super genio! Es mate de la sencillita

Adelantar vacaciones tiene su riesgo, Fulanito. Mirá, todos los derechos de los trabajadores que tiene el Código de Trabajo, son derechos irrenunciables. Es decir, vos podés jurar por tu santa madre que renunciás, por ejemplo, a ser asegurado; pero esa renuncia es nula. El patrono igual te tiene que asegurar o enfrentar las consecuencias legales de no hacerlo. O vos lo podés reclamar después.

Lo mismo pasa con las vacaciones. Digamos que le adelantamos a Milagritos esos 6 días y el lunes después del domingo de resurrección, Milagritos renuncia. Hacemos la liquidación y le decimos, “Bueno Milagritos, tenías acumulados 6 días de vacaciones, pero como te los adelantamos, quedaste en cero”.

Milagritos nos puede demandar, ahora es mucho más fácil porque la mayoría de los trabajadores tienen acceso a la defensa pública y esos muchachos son excelentes.

Y lo que van a decir en la demanda, es que las vacaciones son irrenunciables, así que aunque ella haya estado de acuerdo en que se le adelanten, no se podían adelantar y se las tenemos que pagar. Y no solo eso, tenemos que enfrentar el pleito, pagar abogados y si nos condenan, como de fijo va a pasar, pagar intereses, indexación, costas y cuanta cosa. Imaginate: un año y medio o más en pleito.

Entiendo y no entiendo a la vez. La empresa es enorme. ¿Qué son 6 días de salario? ¿Una mancha más para el tigre? ¿O nos ponemos en minucias?

No es solo Milagritos. Multiplicá el caso de ella por todos los compañeros que aun no cumplen las 50 semanas de trabajo. Pensá que no son 6 días sino 11 por cada uno.  Se hace enorme. Lo que hacemos, para evitar problemas, es darles un permiso sin goce de salario.  Entonces ¿No tenés días de vacaciones suficientes para irte toda la Semana Santa? ¿No has cumplido las 50 semanas? No hay problema. Te damos esos días sin goce de salario y Santas Pascuas.

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