En Costa Rica, el reciente proyecto de ley para establecer un tope en las pensiones (expediente 24.876) ha abierto un debate necesario sobre la equidad y sostenibilidad de los sistemas de jubilación. Sin embargo, esta discusión soslaya la realidad que ocurre en el Poder Judicial, institución que, a pesar de ser la responsable de garantizar la justicia y la igualdad, se ve en la obligación —porque así se lo exige la ley— de perpetuar una injusticia estructural que está afectando al personal judicial y amenaza con debilitar aún más la administración de justicia en el país.

El personal del Poder Judicial está obligado a cotizar al Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) con un aporte del 13% de su salario, más una comisión del 0.5% que debe pagar a la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones (JUNAFO). Esto triplica el porcentaje que todas las personas trabajadoras costarricenses aportan al régimen universal de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), que es del 4.17%. Lo anterior se agrava porque no tenemos la posibilidad de elegir entre el FJPPJ y el IVM, debido a lo dispuesto por los artículos 234 y 235 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por otro lado, para obtener la jubilación, la edad mínima es de 65 años y con 35 años de laborar y la jubilación no exime de cotizar al FJPPJ ni al seguro de enfermedad de la Caja Costarricense del Seguro Social. Esta situación viola principios fundamentales como la igualdad ante la ley y la libertad de elección, dejando al funcionariado judicial atrapado en un sistema que definitivamente no es el más ventajoso ni el adecuado para sus necesidades.

Esta violación a derechos fundamentales a la que estamos sometidos quienes somos parte del personal judicial, está originando graves problemas: En primer lugar, un deterioro en la atracción de talento, pues, con un salario global limitado y los altos aportes obligatorios al FJPPJ, las condiciones laborales en el Poder Judicial son menos competitivas que en otros sectores del Estado. Esto desincentiva a las nuevas generaciones, que tendrán que pagar un 8.83% más, de lo que cotizarían en cualquier otra institución pública que pertenece al régimen universal del IVM.

Esta situación pone en riesgo la calidad de la administración de justicia. En segundo lugar, se ha generado una desconfianza y descontento interno: Somos miles los funcionarios judiciales que iniciamos hace un par de años una lucha con el fin de trasladarnos al IVM, sin que lo hayamos logrado, pues la Ley Orgánica del Poder Judicial no nos otorga esa posibilidad.

Por otro lado, se alega por parte de los gremios y de algunas autoridades judiciales, que tal derecho de traslado afectaría la independencia judicial, como si los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones vieran afectada su independencia al tener la libertad de cotizar para el IVM. Cientos de personas con una gran experiencia en diferentes campos, se han visto en la obligación de renunciar a su cargo, ya que las condiciones en el Poder Judicial se ven agravadas por la injusta obligación de pertenecer a un régimen impuesto por ley. Esta situación genera descontento entre el personal, lo cual tiene un gran impacto en la ciudadanía, afectando la capacidad de garantizar el acceso a la justicia y repercutiendo negativamente en toda la sociedad y en la institucionalidad misma.

Es urgente que la Asamblea Legislativa aproveche la coyuntura actual para realizar una reforma integral que contemple:

  • Libertad de elección: Modificar los artículos 234 y 235 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para permitir que quienes laboramos en esta institución podamos trasladarnos al régimen universal del IVM, fortaleciendo así su base de contribuyentes y fomentando un sistema solidario que beneficia a toda la población, sobre todo a las poblaciones más vulnerables que cobija este régimen.
  • Reducción del gasto público: Eliminar la obligación del Estado, como patrono, de aportar más al FJPPJ (14.36%) que al IVM (5.42%), reorientando esos recursos a cubrir otras necesidades del mismo sistema (pensiones del régimen no contributivo, por ejemplo), o bien, de la población en general, logrando así más justicia y solidaridad social.
  • Devolución de los aportes en exceso: Garantizar que quienes decidan trasladarse al IVM reciban la devolución de las sumas aportadas en exceso al FJPPJ, que superan significativamente lo que habrían contribuido al régimen universal. Este dinero pertenece legítimamente a cada persona y su devolución no solo es un acto de justicia, sino una manera de reparar los efectos de un sistema que mantiene cautiva a la población judicial.
  • Equidad y sostenibilidad: Restablecer condiciones justas para el personal judicial permitirá no solo atraer y retener talento, asegurando una administración de justicia eficiente y sostenible, sino que también, permitirá mayor liquidez al personal judicial, cuyos salarios tienen más de ocho años de estar congelados y permitir que quienes laboramos en el Poder Judicial, podamos contribuir al fortalecimiento del régimen universal del IVM.

Todo lo anterior redunda en el bienestar de los habitantes y el adecuado reparto de la riqueza. La ley no puede seguir siendo un obstáculo para que en el Poder Judicial siga siendo un espacio en el que se perpetúen desigualdades tan groseras. La reforma propuesta no solo restablece la justicia interna, sino que reduce el gasto público, permite el fortalecimiento del IVM y protege el futuro de la administración de justicia en Costa Rica. Es hora de que la Asamblea Legislativa actúe con decisión para corregir esta anomalía histórica. No se trata solo de justicia para el funcionariado judicial, sino de un beneficio directo para toda la sociedad costarricense.

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