La fracción del Partido Liberal Progresista (PLP) presentó este lunes a la corriente legislativa un proyecto de ley que busca cerrar portillos a la beligerancia política en la función pública mediante una reforma al artículo 146 del Código Electoral, en un contexto de constantes reclamos hacia el Poder Ejecutivo por emplear la influencia del presidente de la república para incidir en los resultados de las próximas elecciones nacionales en 2026.

La iniciativa, que se tramitará bajo el expediente 24.837,  pretende endurecer las restricciones a la participación política de los jerarcas del Poder Ejecutivo y ampliar la lista de funcionarios sujetos a estas prohibiciones, con el objetivo de garantizar la equidad en la contienda electoral y evitar el uso de recursos públicos con fines proselitistas.

La reforma plantea ampliar la lista de funcionarios sujetos a restricciones, incluyendo a los jefes de despacho de la Casa Presidencial, al personal de confianza del Ejecutivo y a los funcionarios de medios de comunicación estatales. Además, se prohíbe la utilización de recursos públicos, insumos y personal bajo la administración y mando de estos funcionarios para beneficiar a partidos políticos o candidaturas.

Con los cambios propuestos buscamos cuidar los fundamentos mismos de nuestro sistema democrático, que se ha caracterizado por la pureza del sufragio y por tener las garantías suficientes de que aquellos que ocupan cargos en el Poder Ejecutivo no podrán influir en la opinión pública en época electoral".

El proyecto también endurece las sanciones aplicables a quienes incurran en beligerancia política. Se establece que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) podrá investigar de oficio al presidente y los vicepresidentes por infracciones a estas disposiciones, mientras que la Contraloría General de la República tendrá la potestad de indagar sobre el presunto uso de fondos públicos con fines proselitistas. En caso de comprobarse irregularidades, el TSE podrá ordenar la destitución de los responsables e imponerles una inhabilitación de dos a cuatro años para ocupar cargos públicos.

Los proponentes del proyecto argumentaron que, si bien la legislación vigente ya impone restricciones, los recientes acontecimientos políticos evidencian la persistencia de vacíos normativos. En particular, señalaron la renuncia de cinco jerarcas del actual Gobierno en enero de 2025, la cual estuvo acompañada de una amplia cobertura mediática y el uso de materiales audiovisuales que, presuntamente, fueron producidos con recursos estatales.

El texto del proyecto advierte sobre los riesgos de la beligerancia política en democracias de la región y cita fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), como el caso Gadea Mantilla vs. Nicaragua, en el que se concluyó que la influencia del Poder Ejecutivo en un proceso electoral generó una desventaja para los demás competidores políticos. Asimismo, menciona el caso Capriles vs. Venezuela, en el que la Corte condenó el uso de recursos estatales para favorecer a un partido político en una elección presidencial, enfatizando la necesidad de controles estrictos para evitar que el Estado interfiera en la equidad de los comicios.

La reforma establecería que los funcionarios que hoy tienen prohibido incurrir en beligerancia política deberán abstenerse de realizar cualquier manifestación tendiente a influir en el resultado electoral, sin importar si se refiere o no a una o varias opciones partidarias.

Semanas atrás el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó dos denuncias por beligerancia política presentadas en contra del presidente Rodrigo Chaves Robles, sin embargo, la Sección Especializada del TSE le hizo una advertencia al mandatario de no realizar declaraciones ambiguas que pusieran en tela de duda el velo de imparcialidad electoral que demanda el cargo que ostenta.

La jurisprudencia del TSE, producto de la forma en que está redactado el artículo 146 en la actualidad, permite que Chaves realice declaraciones como las que ha venido repitiendo meses atrás, llamando a elegir una Asamblea Legislativa con al menos 38 diputados de un solo partido político para poder realizar cambios profundos que su administración fue incapaz de promulgar.

El proyecto de ley deberá asignarse a una comisión para su estudio, a menos de que sea dispensado de trámites por la Asamblea Legislativa.

Breves

— Este lunes no se votaron proyectos de ley en el plenario.

Proyectos dictaminados

— La Comisión de Reformas Electorales dictaminó afirmativamente el expediente 24.502 "Reforma del Artículo 133 del Código Electoral, Ley N°8765".

— La Comisión Especial de Heredia dictaminó el expediente 24.487 "Autorización al Instituto Costarricense de Puertos del Pacifico, para donar un lote de su propiedad a la Asociación para el Progreso Integral de Calle La Labor" y el expediente 24.356 "Zona Económica Especial del Cantón de Sarapiquí".