Este compañero es muy querido por todos en la compañía. Lleva años en la empresa, siempre respetuoso, amable, buen amigo y muy trabajador.
Como todos, desde la pandemia, trabaja algunos días de manera remota y otros en la oficina. Por esa misma confianza, no le hemos pedido que nos diga los días fijos en que viene a la oficina, porque, como ya dijimos, es de esas personas que siempre cumplen, serias y responsables.
Desde hace unas semanas, la jefa he venido notando que, los días que trabaja remoto, como que se desaparece. No contesta correros, chats, llamadas, por varias horas. No se aparece a reuniones y no se sabe por qué. Al final del día, usualmente en la noche, empieza a contestar correos.
Lo raro es que el trabajo del compañero no implica actividades que le impidan atender estos intentos de contacto. Pero a la empresa sí le urgen muchas veces que nos atienda de una vez para solucionar algo que se ha presentado.
“Posible abandono de trabajo. Si se le llama la atención y aun así lo vuelve a hacer, lo despedimos sin responsabilidad”, dijo el abogado, citando un artículo del Código de Trabajo.
Cuando se le comentó eso tan extraño, de los tiempos de respuesta (“Díay, ¿qué te hiciste el otro día, que no aparecías?”), nos dijo que estaba pasando por una situación de salud delicada.
¡Qué torta! ¿Ahora qué hacemos? ¡Debe ser cáncer o algo parecido! Pobrecito, con razón desaparece por tanto rato, debe ser que se siente muy mal. Son tratamientos muy pesados. Y siempre tan bueno, el compañero. No nos había dicho nada para no preocuparnos. Nosotros somos como su familia.
“Podría ser una situación de vulnerabilidad y hay que tener cuidado para no incurrir en alguna discriminación. Pero para estar seguros, necesitamos ver una epicrisis. Y no la tenemos”, dijo otra vez el abogado. Y citó otro artículo del Código.
Pero luego, una semana el compañero no llegó a trabajar presencial, ninguno de los días. Esas desapariciones se agravaron en frecuencia y en duración. Le pidieron la incapacidad varias veces, pero nos dejó en visto.
“Si fueron dos días seguidos o tres separados en el mismo mes calendario, lo despedimos sin responsabilidad”, dijo el abogado. Un nuevo artículo, esta vez con todo e inciso: el g)
Una mañana, el guarda nos contó que el compañero amaneció dormido en el carro, en el parqueo y que cuando bajó la ventana para veri si estaba bien, sintió olor a licor.
“¿Le hicieron un doping?”, preguntó el abogado. Resulta que es prohibido venir a trabajar bajo la influencia del licor. Vean el inciso c)
Sabemos que hace poco murió el papá. Tal vez es eso. Más lo de la enfermedad (de la que no hay evidencia), de fijo anda en crisis.
Hace tres días que no sabemos de él. Y el trabajo al garete. Y por más cariño, aprecio y paciencia, ya no da para tanto.
Pero, aunque hay muchos artículos que apoyan tomar acciones disciplinarias, al revisar en detalle nos damos cuenta que:
- La política de teletrabajo no dice que tiene obligación de estar atento o responder en un tiempo establecido.
- No está por escrito los días que tiene que venir a la oficina.
- Nadie sabe a ciencia cierta lo que tiene, si es que tiene algo, porque no hay documentos, ni epicrisis ni incapacidades.
- Eso del olor a guaro y amanecer en el parqueo, está muy raro. Ha sido más bien un chisme pero no se ha probado nada.
Y para rematar:
- La jefa, en la angustia de pensar que el compañero tenía algo grave, le mandó un mensajito de texto diciéndole que no se preocupara por el trabajo, que entre todos lo cubríamos.
“En esas condiciones, nada que hacer con el compañero”, sentenció el abogado.
Así que borrón y cuenta nueva. Pero esta vez, vamos a modificar la política, poner plazos, pedirle las cosas por escrito, pasarlo por doping y en ninguna circunstancia, decirle que puede seguir haciendo lo que le da la gana, que no se angustie, que los demás nos encargamos.
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