"Otro año que viene y va…”. Una frase usual de villancicos, propia de las épocas festivas de fin e inicio de año, también nos llama a la reflexión sobre lo rápido que avanza el tiempo. El 2025 podrá ser recordado por diversos sucesos, tanto a nivel global como nacional, pero ahora que está llegando a su final, los invito a que hagamos un repaso sobre la fotografía que nos deja en materia legal laboral en nuestro país, para luego reseñar algunas situaciones que se avecinan para el 2026.
Es sabido que el derecho laboral se caracteriza por ser dinámico y cambiante, pues, debe ajustarse a un mercado de constantes y nuevas demandas o exigencias tanto de los empleadores como de las personas trabajadoras. Con eso en mente, veamos las principales reformas o situaciones que surgieron durante el 2025, que considero de gran relevancia:
- Regulación expresa para realizar teletrabajo en el extranjero: mediante la denominada “Ley para detallar explícitamente el teletrabajo en el extranjero, evitando interpretaciones subjetivas”, dimos un paso importante, especialmente, para generar seguridad jurídica en este tema; del propio nombre de la ley se desprende cómo este tema en ocasiones se prestaba para interpretaciones distintas. Ahora ya tenemos respaldo a nivel legal para afirmar que el teletrabajo puede pactarse para laborar desde el extranjero y que la póliza de riesgos de trabajo podrá aplicarse en dicho supuesto.
- Convenio 190 de la OIT: la Ley N.° 10749 permitió ratificar el Convenio 190 (C190) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el primer instrumento global que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, con un valor normativo incluso superior al Código de Trabajo. Su protección abarca a asalariados, pasantes, voluntarios, empleadores e, incluso, personas en búsqueda de empleo, y subraya la dimensión de género en estas conductas, fortaleciendo la igualdad y el trabajo decente como pilares de los entornos laborales. La próxima entrada en vigor de este instrumento significará un antes y un después en el trámite de casos relacionados, con denuncias de acoso y hostigamiento laboral, lo cual demanda especial atención/capacitación para todo empleador.
- Nuevos permisos laborales: la reforma al artículo 515 del Código de Trabajo contempla nuevos permisos con goce de salario para las personas trabajadoras. Anteriormente, el artículo 515 solo permitía gozar de permiso cuando las personas trabajadoras debían comparecer como testigos o actuar en alguna diligencia judicial. Con esta modificación, los patronos deberán otorgar adicionalmente permisos con goce de salario a las personas trabajadoras cuando éstas necesiten ausentarse para realizar trámites personales ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) o participar en procedimientos disciplinarios de la Administración Pública, esto en el tanto se cumplan las condiciones dispuestas en el artículo mencionado.
- Antecedente judicial sobre la naturaleza NO salarial de una bonificación pagada por una empresa: con enorme orgullo, nuestra firma logró cerrar un proceso de especial cuantía y complejidad, no solo por lo prolongado de su trámite en sede judicial (más de 10 años), sino porque se discutía la naturaleza salarial o no de una bonificación pagada por una empresa de la industria médica. Es un tema en el cual no tenemos legislación específica, pese a que es recurrente la pregunta sobre cuándo una bonificación o incentivo al personal puede tener o no carácter salarial, pues impacta la atracción y fidelización del talento, así como el correcto reporte ante la seguridad social de lo pagado al personal; por ende, el caso puede servir de referencia o precedente.
- Voto 8201-2025 de la Sala Constitucional y su trascendencia en el empleo público: finalmente, conocimos la resolución de diversas acciones de inconstitucionalidad interpuestas en su momento contra diversos artículos de la Ley de Salarios de la Administración Pública, reformada por la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas. Este voto amerita páginas de análisis y discusión, pues tiene un impacto directo para todo el Estado, ya que expone cómo la sostenibilidad financiera del Estado social de derecho debe convivir con la sana gestión de salarios en el sector público; además, impacta la negociación de convenciones colectivas para dicho sector. Esta sentencia es un hito en la materia y para todo operador del derecho que guarde relación con los temas ahí desarrollados es de obligatoria lectura y consideración.
Así, la fotografía del 2025 muestra algunas reformas e incluso resoluciones en temas de impacto e interés que vienen a dar una mayor seguridad jurídica, pero, como siempre, aún nos queda camino por recorrer, entonces, veamos algunos (pocos) temas relevantes que se nos avecinan para el 2026.
Aumento en las cargas sociales: más allá del aumento general de1,63% para todas las personas trabajadoras que reciban el salario mínimo en cualquiera de las categorías salariales (sin perjuicio de los ajustes diferenciados en tres categorías), o bien, los nuevos tramos de renta, conviene destacar que para el 2026, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) aplicará un nuevo ajuste en las cuotas del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), conforme al acuerdo tomado por su Junta Directiva en 2019.
El aumento será de 0,16 puntos porcentuales respecto de las cuotas vigentes, por lo que la aportación patronal pasará de 5,42% a 5,58% y la obrera de 4,17% a 4,33%. El Estado, por su parte, subirá su aporte en 1,75 puntos porcentuales, para un total de 11,16%. El aumento del IVM eleva las cargas sociales completas de patronos y trabajadores, pues el aporte patronal pasará ser un 26.83% y la cuota obrera será de un 10.83%. Dicha disposición regirá a partir del 1º de enero de 2026 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2028.
Prevención / toma de conciencia en temas de salud mental y equilibrio vida-trabajo: aun cuando no se trata de un tema nuevo y ya muchos empleadores tienen programas para ello, lo cierto es que, con el pasar del tiempo, se ha ido hablando más de estos temas. Prueba de ello es que el Consejo de Salud Ocupacional del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ya ha comunicado la entrega oficial de los resultados de la “Encuesta Nacional de Factores Psicosociales en el Trabajo”, aplicada este 2025.
En este sentido, serán de conocimiento público los resultados nacionales de la aplicación de la encuesta, el cual, según se ha informado “constituye un diagnóstico nacional de la percepción de las personas trabajadoras en torno a la exposición de factores de riesgo psicosocial en el trabajo”. Entre más y mejor información se tenga sobre este tópico, estoy convencido de que mejores serán las prácticas que los empleadores y personas trabajadoras podrán adoptar.
Tecnología e impacto de la inteligencia artificial (IA) en el trabajo: continúan los cambios profundos en el mundo del trabajo: automatización de series de tareas o ciclos productivos y constante transformación de puestos y estructuras de trabajo. Creo que no pocas personas nos hemos preguntado cómo debe reaccionar el derecho laboral ante esta nueva realidad que presenta desafíos ya no solo desde el punto de vista jurídico o tecnológico, sino, incluso, humano.
Es claro que lejos de evadir el tema, se deben buscar espacios en los cuales se discuta y propicie cómo pueden aprovechar mejor la IA los patronos y sus colaboradores, lo cual genera preguntas hacia ambas partes de la relación laboral, a saber: ¿se están preparando / capacitando las empresas para esta realidad? ¿Cómo nos adaptamos y capacitamos para perfilar o adquirir las competencias requeridas en el mercado laboral desde ahora?
Esperar a que una ley venga a resolver preguntas como las señaladas pareciera una estrategia poco aconsejable, por lo que lo mínimo que podría esperarse es que en cada realidad laboral se analice cómo el uso y aprovechamiento de la tecnología y la IA puede mejorar la competitividad de las empresas, así como garantizar el cumplimiento de las tareas por el personal, procurando un equilibrio entre los intereses y derechos de ambas partes.
Quizá sean muchos los que podrían desear para estas fechas una bola de cristal que permita ver el futuro laboral como regalo, pero aunque no se pueda conseguir aún, sin duda desde ya se visualizan varios temas que demandarán una especial atención para los patronos y trabajadores en el corto plazo, pues tienen incidencia directa en el desarrollo de las relaciones laborales.
La mejor recomendación es mantenerse informado y capacitado para así procurar la mejor toma de decisiones en este 2026 que se avecina.
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