Tuvimos que llamar a Fulanito al departamento de recursos humanos para darle la noticia. Había llegado una orden de embargo para su salario

  • Yo no debo nada. Bueno, tengo mis deudas, pero todas al día. Yo quisiera pagar de contado, como me enseñaron en casa, pero a veces no se puede.

Fulanito, recibimos una orden judicial, vela. Es más, te vamos a sacar una copia para que la guardés vos.

  • ¡Esto es un pdf que ni siquiera viene firmado! ¿Lo mandó la Corte directo? ¿Por qué se los manda a ustedes y no a mí?

Le explicamos que, por la forma en que funciona el proceso de cobro, la notificación de embargo la puede recoger el acreedor y que ellos son los que la envían a los patronos.

  • No entiendo ¿cómo saben ellos que yo trabajo aquí?

Fulanito, nosotros también quisiéramos saber eso. Se supone que esos datos sensibles ya no deberían estar en las bases de datos que la gente puede consultar, pero estas empresas de cobro se las ingenian y son bastante insistentes, por no decir agresivos.

  • Es que, en serio. Yo no he recibido notificaciones de nada. ¿Cómo sabemos que es de verdad?

Bueno, viene con un código de barras y nosotros llamamos al Juzgado a verificar y nos lo confirmaron. Por la forma en que funciona ahora el proceso de cobro, primero embargan y luego notifican. Es decir, vos te venís a dar cuenta cuando cae el embargo.  Y a cómo están los juzgados, quién sabe cuándo te notifiquen a vos la demanda. Parece que lo que les interesa es recuperar algo de la plata que se les debe y eso lo logran con el embargo.

  • ¡Qué raro! ¿Pero es que ni siquiera le avisan a uno, ni nada?

Mirá, a nosotros todos los días nos llegan correos preguntando si la gente trabaja aquí, con cartas muy serias amenazando a la gente con cobros judiciales y exigiendo que paguen de inmediato. La pandemia agravó el tema de las deudas. Pero nosotros no les pasamos eso a la gente para no preocuparlos. Diay, asumimos que el que debe y no está al día, lo tiene muy presente y no sirve de nada angustiarlo más. Además, no somos los mandaderos de los cobradores, que además ganan por lo que recuperan.

  • Pero igual me van a aplicar el embargo….

Sí, Fulanito. No tenemos opción. A la empresa la pueden poner una sanción de 10 salarios base si no lo hacemos y hasta la pueden acusar penalmente por desobediencia a la autoridad… ¿Querés poner atención a lo que te estamos diciendo en lugar de estar texteando, Fulanito?

  • ¡Ay no! ¡Ya sé qué fue lo que pasó! ¡Le conté a todos en el chat de Guasap de la familia y mi mama me recordó que yo había fiado a mi primo en una tarjeta de crédito! ¡Eso es ese embargo! Pero él se salió del chat desde que se fue a bretear a New Jersey y ahora encontrarlo, ¿cómo hace uno? Esa deuda no es mía, pero voy a salir pagando yo los platos rotos. ¿Cuánto es?

Esa es la parte más dura, Fulanito. A vos te quedan libres como 215 mil colones, que es el salario mínimo para este año de una empleada doméstica, pero el resto se va en pagar el embargo. Se calcula usando una fórmula que trae el Código de Trabajo.

  • Aquí dice que son como tres millones… no entiendo porqué tanto. Mi primo se fue hace rato del país. Tal vez si me salgo de la asociación, con lo que tengo ahorrado, pago y se cierra el asunto.

Puede ser que la deuda original haya sido menor, pero imaginate cómo crece cuando le aplicás los intereses de una tarjeta de crédito, los costos administrativos, los legales. Además, el acreedor puede hacer una nueva liquidación de intereses y es posible que el monto aumente.

Fulanito, te queremos ayudar. Pero no podemos sacarte de planilla. Tenemos que aplicar el embargo, como te dije. Y aunque pagués, nosotros lo tenemos que seguir aplicando hasta que salga una orden del juzgado diciendo que paremos.

Ojalá pudiéramos hacer algo más por vos.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio.