Un proyecto de ley impulsado por el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU) y adoptado por las diputadas de la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa, obligaría a los patronos a reportar semestralmente su planilla al Ministerio de Trabajo, como herramienta para eliminar la discriminación salarial por razón de género.
Se trata del expediente 21.170 denominado "Prohibición de la discriminación remunerativa basada en género" y que modifica el artículo 69 del Código de Trabajo.
La iniciativa agrega la obligación de los patronos de enviar al Ministerio de Trabajo, cada seis meses, un informe con el detalle de los gastos por salarios distribuidos entre mujeres y hombres por área y puesto de trabajo, incluyendo aumentos, bonificaciones, salarios ordinarios y extraordinarios, incentivos al desempeño y la identidad de esas personas.
El proyecto, además, establece una sanción de ocho a once salarios base mensuales por discriminación remunerativa basada en género contra una o más personas trabajadoras y, por otro lado, obliga al patrono a indemnizar a los afectados.
Según datos del último Informe del Estado de la Nación, la brecha salarial entre hombres y mujeres en el sector privado ronda el 17%, adicional a los 6 puntos de diferencia en la tasa de desempleo de las mujeres respecto a los hombres, más informalidad y un menor acceso al mercado laboral.