El órgano universitario pidió a la Asamblea Legislativa restituir el medicamento entre los servicios mínimos garantizados a las víctimas de violencia sexual y evitar requisitos sin fundamento científico que retrasen su acceso.
El Consejo Universitario de la Universidad de Costa Rica (UCR) rechazó la exclusión de la anticoncepción de emergencia del expediente legislativo 23.633, que busca convertir en ley el Protocolo de las 72 Horas para la atención integral de víctimas de violación sexual. El órgano universitario calificó la modificación como un retroceso en materia de salud pública y protección de los derechos humanos.
La posición responde a la decisión que tomó la Comisión Permanente Especial de la Mujer de la Asamblea Legislativa el pasado 21 de octubre, cuando aprobó por seis votos a favor y uno en contra un texto sustitutivo que eliminó la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos expresamente garantizados a las víctimas.
La representante del Área de Ingenierías ante el Consejo Universitario, Natalia Solano Meza, explicó que la exclusión compromete la atención integral de las personas que sufren violencia sexual, especialmente cuando las nuevas condiciones pueden retrasar el suministro de medicamentos:
Para el órgano colegiado, esta decisión representa un retroceso preocupante en la protección de los derechos humanos y en la atención integral de las víctimas de violencia sexual. La evidencia científica es clara, la anticoncepción de emergencia previene el embarazo y no es abortiva".
Solano también cuestionó la posibilidad de imponer requisitos adicionales para acceder al medicamento, debido a sus posibles consecuencias sobre la oportunidad y eficacia del tratamiento.
UCR pide evitar barreras para las víctimas
El pronunciamiento universitario también cuestiona la propuesta de exigir una prueba de embarazo antes de suministrar anticoncepción de emergencia, una condición que las diputadas oficialistas plantearon después de aprobar el texto sustitutivo.
La presidenta de la comisión legislativa, Kathia Calvo Cruz, del Partido Pueblo Soberano (PPSO), defendió ese requisito con el argumento de que permitiría identificar posibles embarazos previos y dar tranquilidad a las pacientes.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que las píldoras anticonceptivas de emergencia previenen el embarazo al impedir o retrasar la ovulación, pero no interrumpen un embarazo existente ni dañan al embrión en desarrollo. La organización tampoco considera necesario realizar una prueba de embarazo antes de suministrar estos medicamentos.
Por su parte, Carolina Santamaría Ulloa, representante del Área de Salud ante el Consejo Universitario, destacó la importancia de garantizar una respuesta sanitaria oportuna y sin discriminación, especialmente para las niñas y adolescentes:
En un contexto donde el 87% de las víctimas de delitos sexuales son mujeres con un impacto desproporcionado en niñas y adolescentes, el Estado costarricense tiene la obligación técnica, legal e internacional de garantizar mecanismos de protección oportunos y sin discriminación".
La representante universitaria solicitó a las diputaciones reincorporar expresamente la anticoncepción de emergencia entre las prestaciones que deberán recibir las personas víctimas de violación sexual:
Por eso, instamos a la Asamblea Legislativa a restituir expresamente la anticoncepción de emergencia dentro del paquete de servicios elementales establecidos en este proyecto de ley. Y reiteramos la disposición de la Universidad de Costa Rica de poner nuestro conocimiento técnico y académico en favor de la salud pública, la equidad de género y la defensa de los derechos fundamentales".
Servicio continúa contemplado en los protocolos vigentes
Aunque la comisión legislativa eliminó la anticoncepción de emergencia del proyecto, la modificación no significa que la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) haya dejado de ofrecer ese servicio a las víctimas de violación.
El Protocolo de las 72 Horas ya contempla la atención médica, psicológica y judicial, incluida la valoración y prescripción de anticoncepción de emergencia conforme a las disposiciones sanitarias y al consentimiento informado.
La diferencia es que el expediente 23.633 busca establecer por ley las obligaciones de las instituciones encargadas de atender a las víctimas, por lo que su contenido determinaría cuáles servicios contarían con una garantía legal expresa.
Con su pronunciamiento, el Consejo Universitario de la UCR se sumó a los cuestionamientos de organizaciones como Paniamor, el Movimiento Balance y el Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica que también solicitaron restituir la anticoncepción de emergencia y evitar condiciones que dificulten su acceso.
La UCR manifestó su disposición de aportar conocimiento técnico y académico durante la discusión del proyecto para fortalecer las garantías de atención a las víctimas de violencia sexual.
