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Imagen principal del artículo: Comisión de la Mujer elimina anticoncepción de emergencia de proyecto para víctimas de violación
Foto: Karla Richmond / UCR

Comisión de la Mujer elimina anticoncepción de emergencia de proyecto para víctimas de violación

La Comisión la Mujer de la Asamblea Legislativa aprobó este miércoles un texto sustitutivo que elimina la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos contemplados en un proyecto de ley para garantizar la atención integral de víctimas de violación sexual durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión.

La modificación fue impulsada por diputadas del Partido Pueblo Soberano (PPSO) y recibió seis votos a favor y uno en contra. La única legisladora que se opuso fue Vianey Mora Vega, del Frente Amplio, quien advirtió que la exclusión elimina uno de los componentes fundamentales del protocolo de atención.

Durante la discusión, la presidenta de la comisión, Kathia Calvo Cruz, reconoció expresamente que la eliminación respondió a las dudas de su fracción sobre los posibles efectos de la anticoncepción de emergencia y a las convicciones de sus integrantes respecto de la protección de la vida desde la concepción.

Y por esa razón fue que en este texto sustitutivo se excluyó el uso de la pastilla contraceptiva".

Calvo anunció, sin embargo, que las diputadas oficialistas se comprometieron a reincorporar posteriormente la anticoncepción de emergencia, siempre que su suministro esté condicionado a una prueba previa que determine que la víctima no está embarazada.

La legisladora explicó que la intención es permitir que el expediente 23.633 avance hasta el plenario, sea aprobado en primer debate y posteriormente regrese a comisión, o sea retrotraído, para incorporar esa condición mediante nuevas mociones.

Ese compromiso fue respaldado por las oficialistas Kattia Mora Montoya y Ana Ruth Esquivel Medrano. La primera afirmó que la exigencia de una prueba de embarazo responde tanto a sus convicciones personales como a las discusiones sostenidas dentro de la bancada.

¿Qué cambia el texto aprobado?

El proyecto busca convertir en una obligación legal permanente el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual, conocido como Protocolo de las 72 horas, así como los equipos de respuesta rápida que coordinan la intervención de instituciones de salud, autoridades judiciales y organismos de protección.

La iniciativa pretende garantizar que las víctimas reciban atención médica, apoyo psicológico, orientación sobre sus derechos, servicios de protección y recolección de evidencia durante las primeras horas posteriores a una violación, cuando resultan especialmente importantes tanto la prevención de consecuencias para la salud como la conservación de pruebas para una eventual investigación penal.

El texto que tenía la comisión antes de la votación establecía expresamente, en el inciso b) del artículo 6, la anticoncepción de emergencia como uno de los servicios mínimos que debían ofrecerse a las víctimas.

La disposición definía esos métodos como anticonceptivos que pueden utilizarse para prevenir un embarazo después de una violación y establecía que su uso debía responder a una solicitud de la víctima, luego del correspondiente procedimiento de consentimiento informado.

El texto sustitutivo aprobado elimina esa disposición y coloca en su lugar una obligación relacionada con el suministro oportuno de medicamentos para prevenir la infección por VIH después de una exposición.

La nueva redacción del inciso b) señala:

Las autoridades de salud competentes deberán garantizar el suministro oportuno de la Profilaxis Post-Exposición (PREP) a la persona víctima, con el fin de prevenir el VIH SIDA, de conformidad con los protocolos clínicos y la normativa sanitaria vigente".

La disposición contiene una imprecisión técnica en sus siglas: la profilaxis posterior a una exposición al VIH se identifica internacionalmente como PEP, mientras que PrEP corresponde a la profilaxis previa a una eventual exposición. Ambas estrategias tienen indicaciones diferentes.

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) recomiendan iniciar la profilaxis posterior a la exposición tan pronto como sea posible y, cuando esté indicada, dentro de las primeras 72 horas.

La sustitución también modifica la atención médico-forense. Mientras el texto anterior mencionaba expresamente esa valoración entre los servicios que debían prestarse, la versión aprobada permite que, cuando el Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) no cuente con suficientes especialistas, disponga de médicos generales o profesionales de enfermería previamente capacitados para realizar valoraciones.

Asimismo, el nuevo articulado reorganiza la composición de la comisión nacional encargada de supervisar el protocolo. Entre los cambios, elimina la representación independiente del Departamento de Ciencias Forenses del OIJ dentro de ese órgano, aunque mantiene la participación del organismo judicial y contempla personal de ciencias forenses en los equipos operativos.

Por otra parte, incorpora el principio de debida diligencia reforzada, que obliga a las autoridades a actuar con especial prontitud, coordinación y atención especializada en los casos de violencia sexual, así como disposiciones para considerar criterios técnicos del Consejo Nacional de Personas con Discapacidad (Conapdis) y el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam).

El nuevo texto también establece que el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en un plazo de seis meses a partir de su entrada en vigencia, si finalmente resulta aprobada.

Diputada del Frente Amplio cuestiona eliminación del anticonceptivo

Durante la discusión, Vianey Mora reconoció que algunas modificaciones podían mejorar la coordinación institucional, pero concentró sus objeciones en la eliminación de la anticoncepción de emergencia.

La frenteamplista señaló que el protocolo no debe limitarse al acompañamiento psicológico y a la atención médica de las lesiones, sino que también debe ofrecer medidas para prevenir un embarazo producto de una violación.

Mora insistió en que la anticoncepción de emergencia no constituye un procedimiento abortivo y cuestionó que las dudas sobre su funcionamiento llevaran a excluirla de los servicios expresamente protegidos por la legislación.

No es un fármaco abortivo y los diferentes estudios científicos así lo señalan y además no tiene efecto una vez que el óvulo fecundado se ha implantado".

La diputada explicó que estos medicamentos actúan principalmente al impedir o retrasar la ovulación, con el propósito de evitar que ocurra un embarazo. También destacó la importancia de que las víctimas reciban información y puedan decidir si desean utilizarlos, conforme al principio de consentimiento informado.

Además, cuestionó que la nueva redacción permita ampliar las funciones del personal de enfermería en las valoraciones clínicas sin desarrollar, a su juicio, suficientes garantías de capacitación especializada para quienes asumirían esa responsabilidad.

Mora también manifestó preocupación por la eliminación de una representación específica del Departamento de Ciencias Forenses en el órgano de seguimiento del protocolo y pidió revisar algunas disposiciones relacionadas con la coordinación nacional y el intercambio de información.

La legisladora votó contra el texto sustitutivo, aunque posteriormente manifestó su disposición a negociar cambios que permitan reincorporar la anticoncepción de emergencia y resolver las diferencias que todavía existen.

Oficialismo propone una prueba de embarazo obligatoria

Kathia Calvo dedicó buena parte de su intervención a explicar las razones por las cuales las diputadas de Pueblo Soberano decidieron retirar la anticoncepción de emergencia del texto que se sometió a votación.

La presidenta de la comisión sostuvo que, aunque conoce estudios científicos que indican que estos medicamentos no afectan un embarazo implantado, su fracción mantiene dudas sobre las consecuencias de administrarlos a una mujer que pudiera estar embarazada sin saberlo.

Según explicó, esa preocupación se relaciona con la posibilidad de que la víctima hubiera concebido antes de sufrir la agresión sexual.

Calvo propuso que, cuando el expediente avance al plenario y regrese a comisión, se incorporen disposiciones para realizar una prueba de embarazo antes de suministrar el anticonceptivo. Incluso mencionó la posibilidad de utilizar una prueba de alta sensibilidad o alguna valoración adicional que permita determinar si existe un embarazo previo.

La diputada defendió que esa condición daría mayor tranquilidad tanto a las pacientes como a quienes participan en la atención médica.

También reconoció que las víctimas deben tener autonomía para aceptar o rechazar los tratamientos y sostuvo que su fracción no pretende impedir definitivamente el acceso a la anticoncepción de emergencia dentro del protocolo.

Por su parte, Kattia Mora manifestó que las diputadas oficialistas discutieron ampliamente el asunto y alcanzaron un acuerdo pese a sus distintas posiciones personales. La legisladora, quien también es pastora evangélica, defendió sus convicciones sobre la vida desde la concepción y afirmó:

Nosotros reconocemos que hay vida desde el primer momento. No es un producto, es un bebé".

Mora respaldó la propuesta de exigir una prueba de embarazo antes de suministrar la anticoncepción de emergencia y señaló que debería utilizarse la más sensible disponible en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Ana Ruth Esquivel también confirmó que votaría a favor del texto después de una decisión consensuada entre las diputadas oficialistas, a quienes describió como defensoras de la vida desde la concepción.

Tras la votación, Vianey Mora reconoció la disposición de las oficialistas a reconsiderar el asunto y manifestó que no se opondría a buscar un acuerdo sobre una prueba previa, aunque insistió en que esa condición necesita una definición médica y jurídica precisa.

La frenteamplista también advirtió que cualquier modificación debe considerar los tiempos de atención y garantizar que las víctimas reciban oportunamente los servicios necesarios.

¿Qué establece la evidencia médica sobre la anticoncepción de emergencia?

Las preocupaciones expresadas por las diputadas oficialistas contrastan con las recomendaciones de organismos internacionales de salud sobre el funcionamiento y la seguridad de estos medicamentos.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que las píldoras anticonceptivas de emergencia previenen el embarazo al impedir o retrasar la ovulación, pero no provocan abortos, no interrumpen embarazos existentes y no dañan al embrión en desarrollo.

La organización señala que estos métodos pueden utilizarse después de una agresión sexual y recomienda administrarlos cuanto antes. Dependiendo del método, pueden utilizarse hasta cinco días después de la relación sexual, aunque su eficacia es mayor cuando se suministran tempranamente.

El requisito de realizar una prueba de embarazo antes de administrar el medicamento tampoco forma parte de las recomendaciones generales de la OMS.

En su manual clínico para la atención de mujeres víctimas de violencia, la organización explica que no es necesario practicar una prueba de embarazo antes de suministrar las píldoras anticonceptivas de emergencia y que, si la mujer ya está embarazada, estos medicamentos no dañarán el embarazo.

De manera coincidente, el Colegio Estadounidense de Obstetras y Ginecólogos (ACOG) señala que no se requiere una prueba de embarazo antes de prescribir anticoncepción de emergencia y recomienda no retrasar su suministro para realizar ese examen.

El Protocolo de las 72 horas ya contempla anticoncepción de emergencia

Aunque el texto sustitutivo aprobado elimina la referencia expresa a la anticoncepción de emergencia del proyecto de ley, esa modificación legislativa no significa que el servicio haya dejado de ofrecerse a las víctimas de violación sexual.

El Protocolo de las 72 horas funciona actualmente mediante mecanismos de coordinación entre la CCSS y el Poder Judicial. Su objetivo es brindar atención médica, psicológica y judicial a las víctimas durante las primeras horas posteriores a una agresión sexual.

El protocolo interinstitucional vigente incluye expresamente la valoración y prescripción de anticoncepción de emergencia por parte del personal de salud, conforme a las disposiciones institucionales y al consentimiento informado.

Asimismo, el Poder Judicial mantiene información y directrices sobre el funcionamiento de los equipos de respuesta rápida y los servicios que deben recibir las víctimas, entre ellos la atención para prevenir infecciones de transmisión sexual y embarazos no deseados.

La diferencia es que el expediente 23.633 pretende elevar a rango de ley las obligaciones institucionales relacionadas con este protocolo, con el propósito de garantizar su continuidad y aplicación en todo el país.

Comisión rechazó propuestas alternativas y continuará con otras mociones

Antes de aprobar el texto presentado por las diputadas oficialistas, la Comisión de la Mujer rechazó otras tres propuestas de texto sustitutivo. La primera, presentada por la exdiputada Carolina Delgado Ramírez, obtuvo tres votos a favor y cuatro en contra. Posteriormente, dos mociones impulsadas por el Frente Amplio fueron rechazadas por seis votos contra uno.

Finalmente, la moción 137-4 de Pueblo Soberano fue aprobada por seis votos a favor y uno en contra. Además de las cuatro diputadas oficialistas que integran la comisión, respaldaron la propuesta las liberacionistas Andrea Valverde Palavicini y Karen Alfaro Jiménez. Vianey Mora emitió el único voto negativo.

Una moción de revisión presentada contra la aprobación del texto oficialista también fue rechazada, por seis votos contra uno, por lo que la modificación quedó incorporada al trámite legislativo.

Durante la misma sesión, Kathia Calvo declaró improcedentes 117 mociones adicionales relacionadas con el expediente, debido a que, según una resolución de la Presidencia de la comisión, no identificaban adecuadamente los artículos, las mociones o los acuerdos que pretendían modificar o revisar.

La resolución también mencionó que esas propuestas fueron suscritas por la exdiputada Olga Morera Arrieta. No obstante, tanto la Presidencia como el Departamento de Servicios Técnicos señalaron que el principal problema consistía en la imposibilidad de determinar el objeto de las mociones y que no correspondía revisar decisiones que todavía no habían sido adoptadas.

La comisión indicó que en esta segunda jornada tenía 230 mociones para tramitar. Durante la sesión conoció las primeras 14 y aprobó únicamente el texto sustitutivo del oficialismo; las otras 13 fueron rechazadas.

Breves

Este miércoles no se votaron proyectos de ley ni reformas constitucionales.

Proyectos dictaminados

— La Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación rechazó el expediente 24.822 "Reforma al inciso b) y adición de un inciso g) al artículo 4, y reforma de los artículos 5 y 6 de la Ley N.º 1362, Creación del Consejo Superior de Educación Pública, del 20 de marzo del 2013. Ley para la participación estudiantil en el Consejo Superior de Educación" y el expediente 25.171 "Ley de protección de rasgos personales y creaciones artísticas en entornos digitales".

— La Comisión de Asuntos Sociales dictaminó afirmativamente el expediente 25.401 "Reforma parcial a la Ley 9211 “Ley sobre Premios Nacionales de Cultura”".

— La Comisión de Asuntos Agropecuarios rechazó el expediente 25.449 "Reforma Integral a la Ley N.°4461, Seguro Integral de Cosechas de 10 de noviembre de 1969".

Leyes publicadas

Este miércoles no se publicaron nuevas leyes en La Gaceta.