El colegio profesional advierte que exigir una prueba de embarazo antes de suministrar el medicamento carece de justificación clínica y puede generar retrasos y revictimización.
El Colegio de Trabajadores Sociales de Costa Rica (Coltras) manifestó este jueves su rechazo a la eliminación de la anticoncepción de emergencia del expediente legislativo 23.633, que pretende garantizar por ley la atención integral de las víctimas de violación sexual durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión.
La organización expresó su preocupación por el texto sustitutivo aprobado el miércoles 21 de octubre por la Comisión de la Mujer, que eliminó la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos expresamente garantizados en la iniciativa. La modificación recibió seis votos a favor y uno en contra, con el respaldo de cuatro diputadas del Partido Pueblo Soberano (PPSO) y dos del Partido Liberación Nacional (PLN).
El colegio también cuestionó la propuesta anunciada por las diputadas oficialistas de reincorporar posteriormente el medicamento, pero condicionando su suministro a una prueba de embarazo previa.
Coltras advirtió que las decisiones sobre la atención de las víctimas de violencia sexual deben sustentarse en evidencia científica y en criterios de profesionales especializados, particularmente cuando pueden afectar el acceso oportuno a servicios de salud.
"Legislar al margen del consenso científico no solo desvirtúa la naturaleza técnica de la Ley, sino que expone a la población a políticas públicas restrictivas basadas en sesgos y desinformación. El planteamiento de condicionar la entrega de la anticoncepción de emergencia a la realización previa de una prueba de embarazo dentro de la ventana inicial de atención carece de sustento biológico y clínico para el hecho que se atiende", señaló la organización.
El colegio recordó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que las píldoras anticonceptivas de emergencia actúan al impedir o retrasar la ovulación, por lo que no provocan abortos, no interrumpen un embarazo establecido ni dañan al embrión en desarrollo.
En relación con la prueba de embarazo propuesta por las legisladoras, Coltras explicó que un examen practicado inmediatamente después de una agresión sexual no permite detectar un embarazo producido por ese hecho, sino únicamente identificar una gestación anterior.
La OMS tampoco establece como requisito general una prueba de embarazo antes de administrar las píldoras anticonceptivas de emergencia. Sus recomendaciones indican que esos medicamentos deben suministrarse cuanto antes y que, dependiendo del método, pueden utilizarse hasta cinco días después de la relación sexual, aunque su eficacia disminuye con el paso del tiempo.
Advierten sobre barreras y revictimización
Desde la perspectiva del trabajo social y la atención psicosocial en situaciones de crisis, el colegio identificó tres consecuencias que podrían derivarse de imponer requisitos adicionales durante la atención inmediata de las víctimas: retrasos en el suministro de medicamentos, revictimización institucional y mayores dificultades de acceso en determinadas regiones del país.
La organización explicó que exigir procedimientos adicionales que no resultan indispensables para atender la emergencia puede incrementar la angustia y el estrés de una persona que acaba de experimentar una agresión sexual. Además, señaló que cualquier demora resulta especialmente preocupante cuando se trata de intervenciones médicas cuya eficacia depende del tiempo transcurrido.
Coltras también advirtió que las consecuencias pueden ser más graves para las víctimas que viven en zonas rurales, costeras o de difícil acceso, donde la disponibilidad de laboratorios, pruebas diagnósticas y otros recursos sanitarios puede ser limitada.
Según el colegio, supeditar la entrega de un medicamento a la realización de una prueba previa puede convertirse en una barrera para las mujeres que enfrentan mayores condiciones de vulnerabilidad socioeconómica.
La organización recordó que el Protocolo Interinstitucional de Atención Integral a Personas Víctimas de Violación Sexual busca garantizar una respuesta inmediata y coordinada durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión. Ese periodo resulta especialmente importante para brindar atención médica, prevenir infecciones de transmisión sexual, iniciar tratamientos preventivos contra el VIH, atender el riesgo de embarazo y ofrecer acompañamiento psicológico.
Piden corregir el proyecto antes de su aprobación
El colegio sostuvo que el propósito original del expediente 23.633 consiste en convertir en obligaciones legales permanentes las garantías contempladas en el protocolo vigente, así como asegurar el funcionamiento de los equipos de respuesta rápida que participan en la atención de las víctimas.
Por esa razón, consideró que excluir expresamente la anticoncepción de emergencia de los servicios mínimos establecidos por ley debilitaría la protección jurídica de las personas sobrevivientes, al dejar ese componente de la atención sujeto a futuras decisiones administrativas o reglamentarias.
El protocolo interinstitucional vigente contempla su valoración y prescripción por parte del personal médico de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), de acuerdo con las disposiciones institucionales y el consentimiento informado de la víctima.
Además de solicitar que se reincorpore expresamente la anticoncepción de emergencia como uno de los servicios obligatorios e inmediatos, Coltras pidió eliminar cualquier requisito previo que retrase la atención o provoque revictimización durante las primeras 72 horas posteriores a la agresión.
La organización también solicitó corregir las imprecisiones técnicas del proyecto relacionadas con los tratamientos preventivos contra el VIH. El texto sustitutivo aprobado utiliza la sigla PREP para referirse a la profilaxis posterior a una exposición, aunque la denominación correcta es PEP. Por su parte, PrEP corresponde a la profilaxis previa a una posible exposición al virus.
El colegio dirigió sus solicitudes tanto a las diputadas integrantes de la Comisión de la Mujer como al plenario legislativo, con el propósito de que las modificaciones se incorporen antes de una eventual aprobación definitiva del proyecto.
Coltras insistió en que la regulación de los servicios de atención a víctimas de violación sexual debe responder a criterios científicos, garantizar la intervención oportuna de las instituciones y evitar procedimientos que puedan aumentar las consecuencias físicas y emocionales de la agresión.
