Volver, enfrentar, aprender

Volver

Cantó Gardel que 20 años no es nada. Linda frase, pero desubicada. La verdad es que es mucho en la vida de una persona.

Y en mi caso, el pasado 15 de octubre se cumplieron 21 años de mi regreso al país para someterme voluntaria y respetuosamente a los tribunales de mi patria.

En esos 21 años he aprendido mucho sobre el procedimiento penal, la mora judicial y las dificultades para ejecutar la justicia. Urge reformar las injusticias procesales que prevalecen.

Mi regreso previamente lo anunció mi abogado Rafael Gairaud -quien junto con el Lic. Eduardo Araya llevaron inicialmente el caso -al fiscal General Dall’Anese-, a quien solicitó que me recibiera de inmediato a mi ingreso al país en el Ministerio Público para ponerme a sus órdenes.

Para volver al país renuncié voluntariamente a la Secretaría General de la OEA, el puesto más alto al que hasta ahora ha sido electo centroamericano alguno y que espero sea superado por la elección a la Secretaría General de Naciones Unidas de Rebeca Grynspan.

Sabía que iba a ser detenido en el aeropuerto cuando volví en el vuelo que con anterioridad había sido anunciado al fiscal general.

Es bien conocido el atropello que se orquestó para recibirme. Muchas personas han escrito y manifestado su indignación por el circo de infamia que montaron el Gobierno y el Ministerio Público, con la entusiasta colaboración de algunos medios de comunicación, para exhibirme y desprestigiarme cruelmente. También con dolor yo los he narrado. La Sala Constitucional condenó ese acto cruel y degradante y ordenó se me indemnizara.

Enfrentar

También he narrado en dos libros (Di la cara, en 2006, y Vida y Legado editado por la UCR en 2024) todas las otras violaciones a mis derechos que sufrí en el proceso ICE Alcatel. Esas violaciones fueron reconocidas por tribunales penales desde la propia Audiencia Preliminar.

Desde la primera de muchas falsas y contradictorias inculpaciones que me hizo el confeso acusado colaborador de la Fiscalía, el Gobierno, la mayoría de los diputados, y algunos medios de comunicación demandaron mi regreso al país porque ya estaba lista la acusación. Pero la acusación solo se presentó 3 años después de mi voluntaria renuncia, que presenté cuando las infamias en los medios de comunicación me hicieron ver la necesidad de venir a defenderme in situ. Presenté la renuncia a pesar de las manifestaciones de todos los representantes en el Consejo Permanente de la OEA -menos el de Costa Rica- que me instaron a continuar en el ejercicio del cargo.

No fue sino hasta 13 años después de mi regreso que quedó consolidada mi inocencia con dos resoluciones unánimes del Tribunal de Apelación de Sentencias con diferente integración, y de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

Cuando se hizo evidente que en el caso ICE Alcatel las acusaciones del imputado colaborador no tenían sustento me involucraron en un caso de reaseguros que se había iniciado en 2001.  En el año 2013 la Audiencia Preliminar de ese caso decretó mi sobreseimiento, y quedé liberado de ambas causas.

Pero vinieron en ambos casos apelaciones.

Como he señalado, la causa del caso ICE Alcatel terminó definitivamente constatando mi inocencia en 2017 pero la de reaseguros siguió sin llegar a juicio.

Hace 4 años presenté un recurso de amparo ante la Sala Constitucional por violación a mi derecho humano constitucionalmente establecido a justicia pronta y cumplida que fue declarado en mi favor hace tres años y medio, una vez más ordenando se me indemnizara.

Con esa declaración el Tribunal Penal resolvió que el caso de reaseguros está afectado por un defecto absoluto, que no es reparable, y esa declaratoria es una resolución firme.

Aprender

Ni se sobreseyó el caso por el amparo declarando que se viola mi derecho constitucional, ni por el defecto absoluto se declaró la necesidad de reiniciarlo, lo que habría resultado en su prescripción. Aprendí que no hay salvaguardas en nuestro proceso penal frente a extensiones al infinito de un proceso, salvo la muerte de los indiciados.

Increíblemente a pesar de tan contundentes resoluciones de la Sala Constitucional y del Tribunal Penal desde el 25 de agosto estoy compareciendo al juicio.

Paradójicamente, para atender la violación a mi derecho a justicia pronta y cumplida y para resolver un defecto absoluto no rectificable, lo que se hace es continuar la violación de mi derecho constitucional y dejar olvidado el defecto absoluto de este procedimiento.

Incluso en la resolución que llama a juicio se indica que en mi favor lo que está indicado es que se me indemnice. ¡Cómo si se pudiera comprar el privilegio de violar derechos constitucionales!

Este juicio lleva ya casi dos meses y apenas ha terminado de recibir el testimonio de uno de más de 30 posibles testigos. Es claro que tardará varios meses más.

Desde la primera intervención el Ministerio Público, ante la resolución en su contra de una actividad procesal defectuosa, ya anunció que apelará.

Terminado este juicio vendrá entonces la apelación que puede terminar en un reenvío y nuevo juicio, y después un recurso de casación.

¿Cuántos años más durará este proceso que ya lleva 24 años? La Sala Constitucional señaló en febrero de 2022 que podría tardar 10 años más.

Para ver la resolución de este proceso ¿tendré que esperar al año 2032 cuando tendría 92 años? ¿Es eso justicia pronta? ¿Es eso justo? ¿Es eso razonable? Como se preguntó la Sala Constitucional “¿Es “oportuno” que el justiciable espere varios años más para el dictado de una sentencia, cuando lleva 20 sometido a un proceso penal y sobrepasa la expectativa de vida nacional?”

En este proceso aprendí el costo personal, familiar, económico, de oportunidades, en fin, el costo de vida, que significan estos procesos que no tienen fin. Lo viví y lo sufro como imputado, pero evidentemente igual de grave es el costo para las víctimas de estos interminables procesos. Y, además, ¡cuánto sufre el prestigio de nuestro sistema de justicia con estos procedimientos!

Aprendí sobre las graves carencias de nuestro proceso penal al escuchar a un juez del Tribunal Penal en la apelación de la Tercera Audiencia Preliminar indicar que yo tenía razón al indicar el perjuicio causado por la elevación a juicio tantos años después y con tantas violaciones procesales, pero que esa no era causa para revertir la elevación a juicio ni para sobreseer.

Hace más de un año mi extraordinario abogado de tantísimos años Cristhian Arguedas publicó y dio a conocer en un acto en el Colegio de Abogadas y de Abogados de Costa Rica su libro “Tiempo y justicia” que analiza a profundidad este caso de reaseguros y los problemas constitucionales y procesales que afectan las causas penales. Publique un artículo sobre ese acto en esta columna con el título: “Tiempo y justicia: inercias judiciales y omisiones constitucionales”.

En ese artículo indiqué lo que ahora reitero:

Pocos profesionales del derecho utilizan sus años más valiosos de ejercicio profesional dedicando su capacidad y tiempo a estudiar a fondo problemas de nuestra legislación judicial. Cristhian lo hace al extremo de proponer un proyecto de ley para resolver la injusticia que en nuestro país impera por el generalizado incumplimiento del mandato de justicia pronta.

Lo que propone es urgente.

Lo saben tanto víctimas de la delincuencia, como las personas contra quienes se abren causas penales en el Ministerio Público.

Cuanto más importante podría ser un caso penal, más grande es el espectáculo que se monta contra los potenciales culpables a la hora de hacer público que se inician los procesos con base en la investigación que ha venido realizando la Fiscalía. A menudo después pasan años y años sin que se concrete una acusación que pueda resolver el caso, lo cual daña gravemente a las víctimas, y a los potenciales culpables que bien pueden ser inocentes, pero que ante la opinión pública han quedado sindicados como culpables.

Son casos en que sufre la justicia, los derechos constitucionales y el aprecio de los ciudadanos por nuestro sistema judicial.

Es una situación en la cual la justicia costarricense ha retrocedido.

Con el viejo Código de Procedimientos Penales con el que me tocó estudiar derecho, abierta una investigación, si en un año no se presentaba la acusación se podría dar una prórroga extraordinaria de un año más, después de la cual si no se presentaba la acusación se extinguía la acción penal.

Hoy víctimas e imputados quedamos huérfanos de protección, aunque sin justificación se atrase la acusación o la desestimación o sobreseimiento según corresponda.

Y luego de la acusación y la audiencia preliminar vienen los injustificados atrasos en llevar a cabo el debate oral y público, el juicio propiamente dicho, y las posteriores posibilidades de apelación a que tienen derecho las partes.

No cabe la menor duda de que es un campo en el que está en grave deuda nuestro sistema jurídico.

Por eso don Cristhian nos ilumina con un proyecto de ley de reforma a aspectos del proceso penal.

La elaboración jurídica de Cristhian es contundente. Su propuesta de ley es urgente y resuelve el problema desde muchos ángulos. El Gobierno, la Asamblea Legislativa y la Corte están en deuda con el país que sufre por la violación constante del derecho fundamental a justicia pronta y cumplida.

Aquí tienen las autoridades una propuesta concreta para no simplemente denunciar sino resolver esta grave injusticia.

Dar la cara siempre

No sé si lograré ver -una vez más- declarada mi inocencia con la conclusión de este duro y aparentemente interminable proceso antes de morir.

Pero acá estoy dando de nuevo la cara y respetando a los tribunales sin rehuirlos. Asistiendo a sesiones mañana y tarde. Y ello a pesar de los problemas de salud que con fortaleza y fe sufre Lorena que me llaman a darle apoyo y compañía.

Este artículo representa el criterio de quien lo firma. Los artículos de opinión publicados no reflejan necesariamente la posición editorial de este medio.