La Ley de Paternidad Responsable aprobada el 16 de abril de 2001 es una gran conquista social en la que Costa Rica fue pionera. Es un acto de justicia en favor de madres e hijos. Es un instrumento que hizo justicia a las generaciones de su tiempo y a las siguientes. Es un excelente instrumento de solidaridad responsable, y un buen ejemplo de legislación que resuelve problemas.
Por muchos años la sociedad costarricense había contemplado impasible cómo un alto porcentaje de los niños que nacían no contaba con un padre declarado. Cuando planteamos la ley casi una tercera parte de los niños que nacían era fuera de matrimonio sin el reconocimiento de su padre (31%). En consecuencia, no recibían el apoyo de su progenitor para su sustento y adecuado desarrollo, ni –menos aún– su cariño, lo cual limitaba sus oportunidades de superación personal y acrecentaba los problemas de pobreza.
El voluntariado de Lorena en los Hogarcitos para acoger a niños declarados en abandono nos había sensibilizado desde muy temprano al dolor y las angustias de las madres y los pequeñitos a quienes el padre abandona.
Por eso desde 1987 en el momento mismo de plantear mi primera candidatura a un puesto de elección popular, manifesté que el país debía solucionar la falta de apoyo de tantos padres a sus hijos.
Era un tema que podría ser muy impopular entre los hombres, pero sentí un deber moral de enfrentarlo. El machismo llegaba al extremo de que conocí padres que se vanagloriaban del número de hijos a los que habían abandonado dejando a sus madres solas con las responsabilidades de darles amor y formación y de sacarlos adelante con las difíciles cargas económicas que eso conlleva.
En los programas de gobierno de 1994 y de 1998 planteamos la necesidad de enfrentar el problema de hombres que abandonan a sus hijos, les niegan su amor, su cuido y su apellido y no asumen la responsabilidad de educarlos y velar por su manutención.
Ya en el gobierno buscamos diversas soluciones y finalmente con el muy importante empuje de Lorena y el apoyo de mis colaboradores, de funcionarios de los juzgados de familia y de la Universidad de Costa Rica y de muchas personas voluntarias preparamos la Ley de Paternidad Responsable que finalmente fue aprobada en abril de 2001.
Costa Rica fue pionera en revolucionar el derecho de familia con la Ley de Paternidad Responsable.
Desde el derecho antiguo perfeccionado en el derecho romano los hijos solo tenían derechos frente a su padre, por cierto, inicialmente muy limitados, cuando nacían dentro de un matrimonio.
El derecho de familia fue evolucionando para que los hijos fuera de matrimonio y sus madres pudieran reclamar ante un tribunal para que se declarara la paternidad alegada. Pero ese era un procedimiento difícil y pocas madres tenían la oportunidad para lograr hacerlo.
Así era el derecho de familia en el mundo occidental. La Ley de Paternidad Responsable lo cambió e introdujo un nuevo paradigma. La exposición de motivos señala que: “El ejercicio de la paternidad responsable se sustenta en la premisa de que la atención, la protección y, en general, el proceso de crianza de todo niño o niña, son labores y responsabilidades compartidas entre el padre y la madre… la paternidad se constituye en una función social básica para garantizar la satisfacción de necesidades económicas y materiales del niño o la niña y la satisfacción de necesidades afectivas y emocionales a fin de garantizar su desarrollo integral”.
Para lograr ese objetivo la Ley de Paternidad Responsable estableció un sistema sencillo, pero altamente efectivo. La madre de una niña o niño nacido fuera de matrimonio y que no es voluntariamente reconocido por su padre, tiene la potestad de indicar administrativamente quién es el presunto padre, al cual se le notifica esa declaración y se le brindan diez días hábiles para aceptarla o rechazarla.
Si la acepta, el Registro Civil que ha venido efectuando una encomiable labor inscribe al bebé con los apellidos de ambos progenitores y el padre queda obligado a contribuir a su manutención. Si la rechaza, el presunto progenitor debe someterse a una prueba de ADN, que determinará si es o no es el padre. En caso de resultado positivo o si el presunto padre se niega a realizarse la prueba, el Registro Civil inscribe al bebé con el apellido del padre y de la madre, y aquél queda obligado a pagar la pensión alimentaria, así como parte de los gastos de la madre durante el embarazo, la maternidad y la alimentación de la criatura durante su primer año de vida.
El padre que no haya utilizado los mecanismos probatorios que se le ofrecieron en este procedimiento administrativo, puede recurrir a los Tribunales de Justicia, pero en el ínterin deberá contribuir a la manutención de la niña o el niño. De este modo se trasforma el sistema de presunciones del derecho de familia, que viene desde la antigüedad romana, favoreciendo los derechos de los bebés y las madres.
Es una legislación pionera en el mundo en el tema de familia. En su visita a Costa Rica en 2002 el entonces secretario general de las Naciones Unidas, y Premio Nobel de la Paz, Kofi Annan manifestó que tomaría la Ley de Paternidad Responsable como ejemplo para el mundo.
Pero esa ley pionera y ejemplar para su aplicación requiere del laboratorio de indicadores genéticos. Lo establecimos en la Caja Costarricense de Seguro Social, fue inaugurado el 1.º de febrero de 2002 e inició funciones el 17 de junio de ese año.
En los siguientes 20 años 322.498 niños contaron con un padre declarado y obligado a responder por sus obligaciones con el que no habrían contado si hubiesen continuado las condiciones anteriores a la vigencia de la Ley de Paternidad Responsable y a la existencia de este laboratorio.
Los exámenes respectivos son gratuitos y cubiertos por el Estado para lo que la Ley de Paternidad Responsable aprobó que el estado contribuyera con hasta ₡1.000 millones para el establecimiento y operación de ese laboratorio.
En los últimos años el Estado venía contribuyendo a la CCSS con ese propósito con unos ₡500 millones anuales. Pero en 2023 se redujo esa erogación a ₡194 millones que desde entonces se han mantenido.
La CCSS ha mantenido funcionando el laboratorio con sus recursos lo cual es insostenible. Entre 2023 y 2025 la Caja se verá obligada a aportar más de ₡600 millones para mantener la operación del laboratorio. Pero el obligado a hacerlo es el Estado. El Estado acumula irresponsablemente la deuda que aumenta vertiginosamente durante este gobierno con la CCSS y ni siquiera paga los gastos de operación de este laboratorio.
El laboratorio requiere reequipamiento y eso es necesario para mantener los más altos niveles de precisión y calidad. Pero es peor la situación. No solo faltas gastos para reequiparlo. Solo para gastos de operación normal el laboratorio necesita unos ₡600 millones para el año entrante.
Dentro del presupuesto nacional la cantidad adicional requerida es una migaja.
La justicia con las madres y los hijos a quienes los padres irresponsablemente abandonan demanda a las señoras diputadas y los señores diputados que financien el laboratorio de indicadores genéticos de la CCSS. Por favor defiendan la Ley de Paternidad Responsable.
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