Hace un par de meses publiqué en este mismo espacio un artículo llamado ¡Basta ya del genocidio en Gaza! y hoy quiero reiterar no solo lo dicho en esa oportunidad, sino hacer énfasis en las graves acusaciones que tiene pendientes ante la justicia internacional el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu.

Acusaciones ante la Corte Penal Internacional (CPI), de la que son Estados Parte 125 países y que se rige por el Estatuto de Roma. Se trata de un órgano judicial penal internacional independiente, que no pertenece a la Organización de las Naciones Unidas, pero que está relacionado a ella mediante un acuerdo de cooperación y complementariedad.

Es aquí donde, desde el 21 de noviembre de 2024, pesa sobre Netanyahu y el exministro de Defensa de Israel Yoav Gallant una orden de arresto internacional por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad.

¿Cuáles son los cargos concretos? Nada más y nada menos: la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI considera que existen motivos razonables para creer que ambos individuos privaron intencional y conscientemente a la población civil en Gaza de objetos indispensables para su supervivencia, incluidos alimentos, agua, medicamentos y suministros médicos, así como combustible y electricidad.

Esta conclusión se basa en el papel de ambos al obstaculizar la ayuda humanitaria en violación del derecho internacional humanitario y en su incapacidad para facilitar el socorro por todos los medios a su disposición.

La Sala concluyó que su conducta provocó la interrupción de la capacidad de las organizaciones humanitarias para proporcionar bienes esenciales a la población necesitada en Gaza. Las restricciones mencionadas, junto con el corte de electricidad y la reducción del suministro de combustible, también tuvieron un grave impacto en la disponibilidad de agua y en la capacidad de los hospitales para brindar atención médica.

Además, la Sala halló que no existía necesidad militar clara ni justificación alguna, bajo el derecho internacional humanitario, para las restricciones impuestas al acceso de las operaciones de ayuda.

A pesar de advertencias y llamamientos del Consejo de Seguridad, el Secretario General de la ONU, diversos Estados y organizaciones de la sociedad civil, solo se autorizó asistencia humanitaria mínima, que además se interrumpe por largos periodos.

La Sala encontró motivos razonables para considerar que Netanyahu y Gallant tienen responsabilidad penal por el crimen de guerra de “hacer morir de hambre como método de guerra”. Nada más abominable, repugnante, detestable y censurable que esto.

Determinó también que la falta de alimentos, agua, electricidad, combustible y suministros médicos creó condiciones de vida que provocaron la destrucción de parte de la población civil, resultando en muertes de civiles, incluidos niños, por desnutrición y deshidratación.

Con base en el material presentado por la Fiscalía, la Sala consideró que se cometió el crimen de lesa humanidad de asesinato en relación con estas víctimas.

Asimismo, al limitar o impedir intencionalmente la entrada de suministros médicos y medicamentos, en particular anestesia y máquinas de anestesia, ambos individuos son responsables de infligir gran sufrimiento mediante actos inhumanos.

Médicos se vieron obligados a operar y amputar, incluso a niños, sin anestesia, o utilizando medios inadecuados e inseguros, causando dolor y sufrimiento extremos. Esto constituye un crimen de lesa humanidad.

La Sala halló también que esta conducta privó a una parte significativa de la población civil de Gaza de sus derechos fundamentales, incluidos el derecho a la vida y a la salud, y que la población fue objeto de persecución por motivos políticos o nacionales. Por consiguiente, concluyó que se cometió el crimen de lesa humanidad de persecución.

El Estatuto de Roma entró en vigor para el Estado de Palestina (reconocido por 147 países, a los que pronto se sumarán Francia, Canadá y Reino Unido) el 1 de abril de 2015, por lo que la CPI es competente para conocer casos en este territorio.

Esto, tanto porque desde el 3 de marzo de 2021 la Fiscalía de la CPI anunció la apertura de la investigación sobre la Situación en el Estado de Palestina, extendiendo su jurisdicción a Gaza y Cisjordania, incluida Jerusalén Oriental; como porque, desde el 17 de noviembre de 2023, recibió una nueva remisión de la Situación en Palestina por parte de Sudáfrica, Bangladesh, Bolivia, Comoras y Yibuti, a la que se sumó, el 18 de enero de 2024, la solicitud de Chile y México.

El genocidio en Gaza es el más documentado en la historia de la humanidad y se ha convertido, como dijera la presidenta del Comité Internacional de la Cruz Roja, Mirjana Spoljaric, “en algo peor que el infierno en la Tierra”.

Por eso, toda acción para detener esta masacre y enjuiciar severamente a los responsables no solo es necesaria sino urgente.

Buscar una solución definitiva pasa tanto por un alto al fuego como por el respeto al derecho internacional humanitario, a la integridad física de la población civil y al respeto a la soberanía del Estado palestino. De otra forma, podrá darse solo una tregua, pero sin garantías reales.

Como escribiera León Gieco y lo inmortalizara con su voz Mercedes Sosa, que ni el dolor, lo injusto y la guerra nos sea indiferente.

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