Entidad advirtió sobre uso indebido de contratación directa entre entes públicos y empresas privadas asociadas a RACSA.
La Contraloría General de la República (CGR) detectó irregularidades en contrataciones realizadas entre varias instituciones públicas y la empresa estatal Radiográfica Costarricense S.A. (RACSA), por lo que emitió dos órdenes de cumplimiento inmediato.
La primera orden está dirigida al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), IAFA, SENARA, CNP, INDER, JPS, Asamblea Legislativa, Dirección Nacional de CEN-CINAI y la Municipalidad de San José. A estas entidades se les instruye a ejecutar acciones administrativas para no reconocer utilidades en los contratos analizados y recuperar los montos ya pagados por ese concepto.
La segunda orden está dirigida a RACSA y le exige abstenerse de utilizar la figura de contratación directa entre entes públicos cuando no puede ejecutar por sí misma el objeto contractual. Según la CGR, RACSA recurrió a asociaciones empresariales con empresas privadas para cumplir con estos contratos, lo que desvirtúa la excepción legal de contratación directa y evade los principios de licitación pública, transparencia y libre competencia.
La Contraloría advirtió que el uso de este mecanismo vulnera el principio constitucional que exige al Estado realizar concursos públicos para asegurar las mejores condiciones y el uso eficiente de los recursos públicos.
¿En qué consiste la irregularidad?
La CGR detectó que RACSA, fue contratada bajo la excepción de contratación directa entre entes de derecho público y para cumplir con estos contratos RACSA recurrió a la figura de asociación empresarial con empresas privadas pese a que la ley posibilita esos contratos directos sólo si la institución contratada (en este caso, RACSA) puede hacer el trabajo por sí misma, dentro de su marco competencial y normativo. Al contratar empresas privadas para cumplir con esos contratos, RACSA y las entidades contratantes incumplieron dicha regla legal.
La CGR detalló que “si bien existe la posibilidad de que la Administración Pública recurra a la contratación y colaboración tanto entre sujetos de derecho público como de sujetos privados, para el cumplimiento de sus fines, lo es siempre y cuando se realice dentro de los mecanismos legales existentes y se respeten los procedimientos legales y constitucionales de contratación pública vigentes, que persiguen el mejor uso de los recursos públicos”.
Las órdenes están documentadas en los oficios DFOE-CIU-0192-2025 y DFOE-CIU-0194-2025, y estarán bajo seguimiento de la CGR para verificar su cumplimiento. En caso de incumplimiento, podrían derivarse responsabilidades administrativas.