Proyecto permitiría que las personas pensionadas y jubiladas puedan endeudar su pensión hasta el punto en que solo reciban el equivalente al salario inembargable.
La diputada del Partido Liberación Nacional (PLN), Katherine Moreira Brown, presentó a la corriente legislativa un proyecto de ley (expediente 24.940) que busca establecer que las personas pensionadas o jubiladas, pueden autorizar deducciones de las cuotas para el pago de sus créditos a sus pensiones, y establece un "monto mínimo intocable", equivalente al salario mínimo inembargable.
Dato D+: El concepto de salario mínimo inembargable significa que no se pueden hacer deducciones ni embargos por deudas, que dejen el salario líquido de una persona por debajo del menor salario mensual establecido en el decreto de salarios mínimos, que a la fecha equivale a 236.655,44 colones.
Actualmente, en la mayoría de regímenes de pensiones en el país se estable que las pensiones no son embargables (excepto por casos de pensión alimenticia) y no se permite fijarles deducciones para el pago de créditos. La única excepción a esta regla son las pensiones que otorga la Junta de Pensiones del Magisterio (Jupema), que permite a la entidad otorgar créditos a sus afiliados y que las amortizaciones, los intereses y otros cargos puedan ser rebajados directamente de la pensión.
La propuesta introduce un párrafo en el artículo 44 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley 7472), que diría:
Las personas jubiladas y pensionadas también tendrán el derecho a autorizar deducciones de las cuotas para el pago de sus créditos, siempre que exista acuerdo de voluntades entre las personas pensionada y la entidad acreedora, hasta el mismo límite inembargable del salario".
Adicionalmente, la iniciativa reforma seis leyes vinculadas a los distintos regímenes de pensiones del país, para introducir esa misma redacción, incluyendo la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (Ley 17) para el régimen del Invalidez Vejez y Muerte (IVM), la Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional (Ley 2248), la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley 8), la Ley de Pensiones de Hacienda (Ley 148) y la Ley Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional (7302), por lo que cubriría todas las pensiones vigentes en el país.
Al respecto la exposición de motivos señala:
Las reformas propuestas a diversas normas del sistema jurídico costarricenses, se basan en el respeto a la libertad de autodeterminación de las y los adultos mayores de sus recursos económicos, en el marco de la existencia de un acuerdo de voluntades entre las personas pensionada y la entidad acreedora, para permitir una libre disposición de sus recursos hasta el mismo límite que la ley prevé la protección del salario inembargable".
La exposición de motivos señala como una problemática que personas pensionadas "han visto reducidas pensiones ante rebajos, por préstamos, que prácticamente reducen a montos ínfimos las sumas que les llega mes a mes para sobrevivir", la redacción propuesta permitiría que las personas pensionadas y jubiladas puedan endeudar su pensión hasta el punto en que solo reciban el equivalente al salario inembargable, es decir 236.655,44 colones mensuales.
Adicionalmente, el texto indica que se solicitó información a la Jupema y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) sobre la cantidad de personas que reciben montos de pensiones inferiores al salario mínimo inembargable, sin embargo, ambas entidades proporcionaron datos estadísticos que el proyecto señala "presentan limitaciones significativas". El texto detalla:
Jupema señaló que, en el Régimen Transitorio de Reparto (RTR), no es posible determinar si los montos bajos obedecen a deducciones por deudas o a la distribución de pensiones entre beneficiarios (viudas, hijos menores, etc.). Asimismo, el MTSS aclaró que, al carecer de normativa que regule deducciones en pensiones de regímenes especiales, no pueden establecer un "mínimo intocable" ni identificar si los rebajos excesivos son la causa de los montos ínfimos".
El texto añade:
Los datos fragmentados de Jupema y el MTSS, aunque incompletos, muestran que miles de pensionados reciben montos líquidos por debajo del mínimo inembargable (por ejemplo, 6.732 casos en el RTR y el RCC combinados)".
Desde octubre del 2023 el Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (Conapam) había anunciado que presentaría un proyecto de ley para que un porcentaje de las pensiones de adultos mayores sea “intocable”, independientemente del régimen. El anunció del Conapam se dio luego de que la Defensoría de los Habitantes alertara haber recibido denuncias de personas jubiladas a quienes se les realiza deducciones a sus pensiones, principalmente de cuotas de créditos, a tal punto que, en algunos de los casos, el monto se ha visto comprometido en hasta un 91%.
El proyecto ahora deberá ser asignado a una comisión legislativa para iniciar su trámite ordinario.