En febrero del 2022 la Fiscalía General presentó ante la Corte Suprema de Justicia una acusación por tres delitos contra el entonces presidente Carlos Alvarado.
Durante la conferencia de prensa de este miércoles, el periodista Allan Jara y el presidente de la república, Rodrigo Chaves Robles, aseguraron que la acusación presentada por la Fiscalía General de la República a la Corte Suprema de Justicia en contra de Chaves es la primera que se hace contra un presidente en ejercicio en Costa Rica.
Sin embargo, dicha afirmación no es cierta, dado que el 2 de febrero del 2022 el entonces fiscal general en ejercicio, Warner Molina Ruiz, solicitó a la Corte Plena trasladar a la Asamblea Legislativa una solicitud para levantar el fuero de improcedibilidad penal al entonces presidente de la república, Carlos Alvarado Quesada, para que afrontara una causa penal por los delitos de prevaricato, fraude de ley y abuso de autoridad, por el Caso UPAD.
Dato D+: El fuero de improcedibilidad penal es aplicable a los miembros de los supremos poderes y consiste en la imposibilidad de promover la acción penal, es decir, activar un proceso penal en contra de alguna de estas personas. Ese fuero puede ser levantado por las dos terceras partes de la totalidad de los miembros de la Asamblea Legislativa (38 votos), a solicitud de la Corte Suprema de Justicia.
Durante la conferencia de prensa el periodista le indicó al presidente:
Por primera vez en la historia de Costa Rica, señor presidente, un mandatario en funciones es acusado formalmente por el Ministerio Público. Pareciera que hay una intensa lucha entre el Poder Ejecutivo y la Fiscalía, en este caso el Ministerio Público. Yo quisiera saber específicamente si considera usted que hay algún riesgo para la democracia costarricense”.
Ante la consulta del periodista el presidente Chaves contestó:
Es primera vez en la historia de este país que acusan a un mandatario en ejercicio, porque escuchen eso costarricenses, es la primera vez que un mandatario en ejercicio desafía la casta corrupta, ambiciosa, choricera de los que ustedes conocen”.
¿Qué pasó con el Caso UPAD?
La solicitud presentada por el fiscal Molina no fue resuelta por la Corte Suprema de Justicia antes de que el entonces presidente Alvarado dejara su cargo el 8 de mayo de 2022, por lo que en junio del 2022 la Sala III de la Corte Suprema de Justicia ordenó trasladar el caso a la vía ordinaria.
En enero del 2023 el actual fiscal general, Carlo Díaz Sánchez, confirmó que al regresar a la vía ordinaria el caso se trasladó a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA), donde regresó a la etapa de indagación. En aquel momento Díaz explicó al Semanario Universidad:
De acuerdo con lo establecido por ley para la atención de casos bajo el procedimiento especial, hay algunas diferencias respecto al proceso normal ordinario, como, por ejemplo, que el Ministerio Público no tiene la posibilidad de tomar declaraciones indagatorias a personas con inmunidad”.
Díaz señaló que, una vez que el exmandatario perdió su fuero y se trasladó el caso a la vía ordinaria “la Fiscalía sí tiene la posibilidad de tomar declaraciones indagatorias a las personas investigadas”.
A la fecha, el caso UPAD todavía no ha llegado a etapa de juicio, y en febrero de este año la fiscal de la FAPTA, Natalia Villalta Hidalgo, indicó a Noticias Columna que el caso se mantiene en trámite. Villalta señaló:
Es importante hacer notar que ya la apertura de dispositivos electrónicos se realizó y, en este momento, nos encontramos a la espera de que el Tribunal Penal de Hacienda defina los parámetros de búsqueda para realizar el análisis forense. El 1° de abril de este año tenemos la vista de apelación en donde se definirá este aspecto. Una vez definido lo anterior, se va a proceder al análisis forense y así continuar con el trámite de esta investigación”.
¿Qué debe suceder para que se levante la inmunidad de Rodrigo Chaves y sea investigado por el delito de concusión?
La Fiscalía General de la República presentó el lunes de esta semana una acusación formal contra el presidente Chaves y el ministro de Cultura y Juventud, Jorge Rodríguez Vives, por un presunto delito de concusión relacionado con la contratación de servicios de comunicación para Casa Presidencial, financiados con recursos del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
Dato D+: El delito de concusión se da cuando un funcionario público abusa de su puesto para obligar o inducir a alguien a dar o prometer indebidamente, para sí o para un tercero, un bien o un beneficio patrimonial.
Al presentarse la acusación se inició el proceso que puede llevar al levantamiento de la inmunidad a ambos funcionarios. Los pasos que deben cumplirse ahora para levantar la inmunidad del presidente y ministro son:
- La Corte Suprema de Justicia, en su función de Tribunal de Corte, debe conocer la acusación presentada por la Fiscalía General.
- Si una mayoría de la Corte considera que la acusación cumple con los requisitos legales y que los hechos podrían constituir un delito, envía a la Asamblea Legislativa la solicitud para el levantamiento de la inmunidad.
- La Asamblea Legislativa debe designar una comisión conformada por tres congresistas que conocerá la acusación de la Fiscalía, así como la defensa que hagan los acusados.
- La comisión rinde un informe al plenario, recomendando si se debe levantar o no la inmunidad.
- La Asamblea Legislativa, con mínimo de 38 votos, puede acordar levantar la inmunidad.
- Si se levanta la inmunidad del mandatario, el caso será presentado ante la Sala III de la Corte Suprema de Justicia.
En caso de que la Asamblea acuerde no levantar la inmunidad al presidente, el proceso no se archiva, ya que puede ser presentado por la vía ordinaria en el momento en que deje el cargo.