Fallo levanta suspensión impuesta hace más de un año y desestima argumentos de daño económico y exclusión de proveedores

El Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda rechazó la medida cautelar interpuesta por el Frente Interno de Trabajadores del Instituto Costarricense de Electricidad (FIT) que pretendía suspender la aplicación del Reglamento sobre medidas de ciberseguridad para redes móviles de quinta generación (5G) y superiores. La resolución también revocó la suspensión provisionalísima que había sido dictada hace más de un año.

La acción fue presentada por el FIT, con la coadyuvancia de la diputada Vanessa de Paul Castro Mora y el apoyo de la Asociación Pro Defensa de Consumidores Financieros y Afines (APRODECO), alegando supuestos daños a los trabajadores del ICE, restricciones a la libre competencia y la exclusión de la empresa Huawei en los procesos licitatorios. Sin embargo, el tribunal concluyó que no se acreditaron los requisitos necesarios para otorgar la medida cautelar solicitada.

Entre los argumentos desestimados, el tribunal señaló que el FIT carece de legitimación activa para impugnar el decreto, dado que no representa a operadores de redes ni a proveedores de servicios de telecomunicaciones. Además, indicó que la organización sindical parecía abogar exclusivamente por los intereses de Huawei, lo cual contraviene el principio de libre competencia.

El FIT utiliza para defender su postura, y justificar la medida cautelar, lo es en referencia a la necesidad que tiene como entidad sindical, de defender los intereses de otros proveedores de servicios móviles o tecnológicos; no obstante, de su escrito se puede extraer que, la parte actora parece abogar exclusivamente a favor de un proveedor específico, Huawei; quien valga decir, no forma parte de este proceso, y a quien además sus propias gestiones, ya le fueron atendidas por parte de este Tribunal".

La resolución también cuestionó un estudio económico presentado por la parte actora, elaborado por el Centro Internacional de Política Económica de la Universidad Nacional (CINPE-UNA) y financiado por Huawei, que advertía de un supuesto impacto económico negativo por la exclusión del proveedor chino. El tribunal consideró que dicho informe carecía de validez probatoria suficiente y que no se presentó evidencia concreta que demostrara perjuicios económicos para el ICE o para la competitividad del país.

Asimismo, la sentencia recalcó que la normativa impugnada no excluye de forma automática a ningún proveedor, sino que establece estándares de ciberseguridad que deben cumplirse para la protección de la infraestructura digital nacional. Además, destacó que estas medidas son necesarias ante las crecientes amenazas cibernéticas que enfrentan las redes de telecomunicaciones en el país.

La resolución del tribunal también revoca la orden que suspendía actos de adjudicación para definir el proveedor de la infraestructura 5G, lo que permite la continuación de los procesos licitatorios en curso.

Reacción del MICITT

Tras conocerse el fallo, el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) celebró la resolución judicial que respalda la validez del Decreto Ejecutivo N.º 44196-MSP-MICITT.

La ministra Paula Bogantes destacó que el fallo permite avanzar en la implementación de la tecnología 5G, subrayando que el reglamento busca proteger la privacidad y la confidencialidad de las comunicaciones de los usuarios.

El viceministro de Telecomunicaciones, Hubert Vargas, valoró que la justicia respalda por cuarta ocasión las acciones emprendidas por el gobierno en esta materia.

Con este fallo nuevo fallo a su favor, la justicia ordinaria respalda por cuarta ocasión en esta misma materia, el trabajo realizado por el equipo técnico y jurídico del viceministerio, y se espera el mismo resultado favorable en los otros procesos judiciales pendientes de resolución".

El Micitt subrayó que la implementación de la red 5G es prioritaria para mejorar la conectividad, impulsar el desarrollo rural y brindar a las empresas condiciones óptimas para hacer negocios en el país.

Reacción de Huawei

La empresa Huawei Costa Rica envió un comunicado de prensa indicando que en atención a la resolución judicial publicada días atrás que rechazó la primera medida cautelar en contra del decreto sobre ciberseguridad, "es importante entender que la misma no es una sentencia firme ni definitiva".

Nuestro sistema judicial contempla distintos recursos que permiten a las partes apelar esta decisión y hacer valer los derechos como ciudadanos y como una empresa debidamente establecida en Costa Rica. De ninguna manera puede entenderse que el Tribunal Contencioso Administrativo confirmó la legalidad del Decreto de Ciberseguridad, como falsamente se ha querido comunicar. Esto se determinará dentro del proceso por el fondo en el contencioso administrativo que sigue su curso".

Huawei Costa Rica agregó que seguirán exigiendo que se cumpla con el deber constitucional de un entorno de mercado basado en la competencia libre, abierto y no discriminatorio, y que continuarán trabajando con socios para construir una Costa Rica verde y digital a través de la apertura, la cooperación y la innovación.