Además, le recordó a dicha institución su obligación de garantizar el derecho al acceso del transporte público a las personas con discapacidad. 

A finales de diciembre de 2024, la Defensoría de los Habitantes emitió dos comunicados de prensa en torno al tema del transporte público. El primero, del 27 de diciembre, informando que realizó inspección sin previo aviso al Consejo de Transporte Público (CTP) con el fin de revisar los expedientes administrativos relacionados con incendios en autobuses de transporte público y conocer el estado del trámite actual.

Con base en la información recabada del Departamento de Inspección y Control, preliminarmente el ente defensor ha identificado que los datos relativos a incendios en unidades de autobuses durante el año 2024 están recopilados en un único expediente. Este contiene documentación sobre tres incidentes, cada uno distinguido por un número de consecutivo interno. Sin embargo, también se detectaron gestiones realizadas por el propio CTP relacionadas con otros incendios ocurridos en el mismo período, los cuales no cuentan con una identificación numérica específica.

Desde la Defensoría indicaron:

Cabe destacar que, dicha información no se encuentra organizada en expedientes administrativos separados, por evento o por empresa prestadora del servicio. Además, parte de la información, como respuestas de las empresas o documentos enviados por el CTP, no estaba presente en forma física en el expediente, el cual tampoco está foliado. El procedimiento administrativo que lleva a cabo el CTP para la recopilación de información de cada uno de estos eventos no se encuentra regulado. Ahora, la Defensoría procederá a analizar toda la información y documentación recabada, a fin de que preparar un informe dirigido a las autoridades competentes". 

Por otro lado, en un segundo comunicado, emitido el 31 de diciembre, el ente defensor le recordó nuevamente al CTP su obligación de garantizar y respetar el derecho al acceso del transporte público (modalidad autobús) a las personas con discapacidad. Esto a partir de una denuncia por un acuerdo tomado por la Junta Directiva del CTP.

Según información compartida por la Defensoría, los directivos del CTP, según el acta N°47-2022, "acordaron pedir un criterio jurídico a la Dirección Jurídica del CTP sobre la posibilidad de que se hagan excepciones al requerimiento de que todas las unidades de buses cuenten con rampa y no continuar aplicando las obligaciones de la Ley 7600. En el acta N°12-2023 se conoció dicho criterio jurídico el cual fue negativo, ya que señalaron que no se pueden hacer excepciones a la aplicación de una determinada ley, si no es que la misma norma las contempla y por ello, debe aplicarse en la totalidad de los casos, garantizando un respeto y protección a las personas con discapacidad; señalando puntualmente que la ley 7600, por principio de legalidad, se debe aplicar tal y cual se encuentra vigente y, la única forma de modificar la aplicación de la norma es por medio de una modificación a dicha ley".

En esa misma línea, la Sala Constitucional en varias resoluciones ha posicionado que todas las personas deben tener accesibilidad a las unidades de transporte público y por ende, no es viable hacer excepciones a la Ley 7600.

Desde el ente defensor señalaron que es de suma importancia que el pronunciamiento de la Dirección Jurídica del CTP sea de conocimiento generalizado para evitar que este tipo de “malentendidos” o “malas interpretaciones” vuelvan a reproducirse. Además, indicó que el transporte público no es sólo indispensable para el ejercicio de la libertad de tránsito, sino que se encuentra vinculado con el ejercicio de otros derechos. Y agregó "aquí se evidencia claramente una de las características más relevantes de los Derechos Humanos: la interdependencia. Los Derechos Humanos se encuentran estrechamente ligados entre sí. Casi siempre que se violenta uno, muchos otros también se lesionan".

Finalmente, la Defensoría le recomendó al CTP a tomar las medidas necesarias para asegurar la adecuada difusión del criterio legal emitido por su Dirección Jurídica. Esto con el propósito de que el Consejo, como ente rector en la materia de transporte público, garantice y proteja los derechos de las personas con discapacidad, evitando interpretaciones incorrectas de la normativa internacional y nacional vigente sobre transporte accesible, como ocurrió en este caso. Asimismo, capacitar al personal del CTP para promover la efectiva y oportuna aplicación de la Ley 7600 en el ámbito del transporte público.