La libertad de religión y creencia es un derecho humano fundamental que garantiza a toda persona la capacidad de adoptar, cambiar y practicar la religión o creencia de su elección, ya sea de forma individual o colectiva. Aunque esta libertad es esencial para la dignidad humana y la diversidad cultural, su ejercicio pleno enfrenta numerosos desafíos en muchas partes del mundo, desde restricciones legales hasta actitudes de intolerancia y discriminación.
El derecho a la libertad de religión y creencia está protegido por varios instrumentos internacionales. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 18, garantiza a todas las personas el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión. Este derecho se amplía y detalla en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que subraya que cada persona tiene el derecho a cambiar de religión, conservarla y profesarla tanto en privado como en público, ya sea individual o colectivamente. En la región interamericana, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 12) también consagra este derecho.
En 1981, la Declaración sobre la Eliminación de todas las Formas de Intolerancia y Discriminación fundadas en la religión o las convicciones se convirtió en un hito, siendo el único instrumento universal que aborda las manifestaciones del derecho a la libertad de religión y creencia. Estas manifestaciones incluyen el derecho a practicar el culto, celebrar reuniones religiosas, fundar instituciones, enseñar la religión, entre otros aspectos clave.
El derecho a la libertad de religión y creencia tiene una dimensión tanto individual como colectiva. Individualmente, garantiza a cada persona la libertad de seguir, cambiar y practicar la religión o las creencias que elija. Colectivamente, el derecho también cubre la libertad de las comunidades para manifestar, practicar y enseñar sus creencias.
Esa dimensión colectiva de la libertad de religión es particularmente importante para las comunidades que preservan tradiciones religiosas ancestrales. Estas comunidades, a menudo en situaciones de vulnerabilidad, enfrentan una doble discriminación: por su identidad étnica y por su religión, lo que resalta la necesidad de una protección más robusta para garantizar su derecho a practicar y divulgar sus creencias. La protección de las minorías religiosas es particularmente compleja, ya que no solo depende de los marcos legales internacionales, sino también de la voluntad política de los Estados para promover un entorno de tolerancia y respeto. En este sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha intervenido en diversas ocasiones para denunciar la violencia y discriminación religiosa, instando a los Estados a adoptar políticas de inclusión y respeto de las creencias ajenas.
El ejercicio de la libertad de religión y creencia está lejos de ser universalmente garantizado. En muchos contextos, las personas experimentan restricciones a su libertad religiosa, tanto por parte del Estado como de actores no estatales. Las restricciones legales incluyen la criminalización de prácticas religiosas no aprobadas o el establecimiento de normas que limitan las manifestaciones religiosas en público. En ocasiones, las leyes de los países pueden poner barreras a la construcción de templos o a la observancia de días festivos religiosos. En algunos casos, el contexto político o religioso de ciertos países lleva a la marginación de comunidades religiosas minoritarias.
Además de las restricciones normativas, la intolerancia social es otro gran obstáculo. La discriminación religiosa, los actos de violencia y el ostracismo social son problemas recurrentes en diversas partes del mundo. En situaciones extremas, los ataques contra comunidades religiosas pueden ser tan graves que constituyan crímenes de lesa humanidad, como ha sido documentado en casos de genocidio y persecución religiosa. En estos casos, la responsabilidad del Estado no solo radica en la promoción de leyes protectoras, sino en la obligación de prevenir y sancionar las violaciones de derechos cometidas por actores particulares.
Esa responsabilidad del Estado en la protección de la libertad de religión y creencia es crucial. En el ámbito internacional, la Corte Interamericana ha establecido que las violaciones a los derechos humanos pueden generar la responsabilidad del Estado, incluso cuando los actos de violación son cometidos por particulares. El Estado tiene la obligación de prevenir estos actos y garantizar que las víctimas reciban protección efectiva.
La libertad de religión y creencia es un derecho esencial para la convivencia en sociedades democráticas y diversas. Si bien los marcos legales internacionales brindan una protección robusta, los desafíos que enfrenta su ejercicio en el mundo real siguen siendo considerables. Los Estados tienen la responsabilidad de garantizar que todas las personas puedan practicar, cambiar y difundir sus creencias sin temor a represalias o discriminación, tanto de actores estatales como no estatales. Al mismo tiempo, es esencial que las políticas de educación, inclusión y convivencia sean promovidas para prevenir actos de intolerancia religiosa. En última instancia, el respeto a la libertad de religión y creencia no solo fortalece los derechos individuales, sino que también contribuye a una sociedad más inclusiva y pacífica.
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