El 25 de noviembre, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, nos llama a reflexionar y actuar por el derecho de las mujeres a vivir libres de violencia. La fecha nos recuerda los profundos desafíos que nos rodean, especialmente en materia de femicidios/feminicidios.
Diariamente enfrentamos desgarradoras noticias de atentados contra mujeres, adolescentes y niñas. Desde la violencia en ámbitos domésticos y agresiones en las calles, hasta los horrores en el contexto de guerras y ataques a sus derechos fundamentales. La evidencia es innegable: vivimos en una sociedad que ha normalizado la violencia contra las mujeres.
Violencia de género: cifras y contexto
Históricamente, las mujeres han sido víctimas de violencia. Utilizadas como "armas de guerra" mediante violaciones sistemáticas en conflictos, desde Troya hasta la República Democrática del Congo. En los siglos XX y XXI, franquistas violaron republicanas, japoneses a mujeres de Nanking, aliados a alemanas, estadounidenses a vietnamitas, el ejército pakistaní a birangonas, militares argentinos a activistas, kaibiles a indígenas maya Ixil, serbios a bosnias, hutus a tutsis, y milicias janjaweed a darfurís, ni qué decir de las guerras actuales, entre otros casos devastadores.
Al mismo tiempo, el hogar que debería ser un espacio seguro, ha dejado de serlo. ONU Mujeres señala que “cada 10 minutos se asesina a una mujer”, lo que en 2023 representó más de 51,100 mujeres y niñas asesinadas por sus parejas u otros miembros de su familia a nivel mundial.
En Costa Rica, la violencia contra las mujeres sigue siendo alarmante. En 2023, el Observatorio de Violencia de Género reportó 72 muertes violentas de mujeres, 22 clasificadas como femicidios atendiendo a la regulación aplicable. Al 13 de noviembre de 2024, ya se registraban 21 femicidios, 41 muertes violentas sin clasificar y 8 homicidios no considerados femicidios, acercándose al total de asesinatos del año anterior, a pesar de faltar más de mes y medio para finalizar el año.
Estos datos reflejan solo los femicidios, la forma más extrema de violencia machista, sin incluir tentativas, agresiones, delitos sexuales, violencia mediática o digital. Además, persiste una violencia invisible: mujeres que, por miedo o desesperanza, no denuncian, sufren en silencio en sus hogares o llevan el peso de generaciones marcadas por el terror.
En una sociedad que normaliza la violencia en los espacios más íntimos y la reproduce en lo público, no puede existir un verdadero poder transformador. Esta violencia erosiona en la vida de las víctimas, en el tejido social, el desarrollo económico y la humanidad en su conjunto, subrayando la urgencia de un cambio radical en nuestros valores y acciones colectivas.
El rol de los tribunales internacionales
Después de la Segunda Guerra Mundial, sistemas judiciales como los Tribunales Militares Internacionales de Nuremberg y Tokio fallaron en abordar la violencia sexual y de género, tratándola como un hecho colateral en los contextos bélicos y no como crímenes que debían juzgarse. Esta omisión profundizó la invisibilización de las víctimas y la impunidad de los agresores, reflejando una visión limitada y sesgada de la justicia.
Afortunadamente, la evolución del derecho internacional permitió reconocer los delitos sexuales y de género como violaciones graves de los derechos humanos. Este cambio de paradigma establece que las víctimas tienen derecho a la justicia y a la reparación, marcando un avance significativo en la lucha contra la impunidad y en la construcción de un sistema de justicia más inclusivo e igualitario.
Los tribunales internacionales modernos han sido clave en establecer estándares para combatir la violencia de género. Los Tribunales Especiales para la ex-Yugoslavia (ICTY) y Ruanda (ICTR), pioneros en abordar la violencia sexual en conflictos, destacaron en los casos Furundžija (1998), al definirla como tortura y grave violación del derecho internacional humanitario, y Akayesu (1998), al considerarla un método de genocidio. La Corte Penal Internacional, en el caso Jean-Pierre Bemba (2016), reconoció los crímenes sexuales como crímenes de guerra, marcando un hito en el derecho internacional. En Europa, la Corte Europea de Derechos Humanos, con el caso Opuz vs. Turquía (2009), subrayó la responsabilidad estatal de proteger a las mujeres frente a la violencia doméstica, reafirmando que no es un asunto privado.
En este contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos también ha sido clave en proteger los derechos de las mujeres. Así, por ejemplo, en el caso González y otras (Campo Algodonero) vs. México, responsabilizó al Estado por no investigar ni prevenir los feminicidios en Ciudad Juárez, denunciando la impunidad y exigiendo políticas públicas para combatir la violencia de género y los estereotipos que la perpetúan.
Casos como Artavia Murillo vs. Costa Rica, Vicky Hernández vs. Honduras y Velásquez Paiz vs. Guatemala han abordado diversas formas de violencia y discriminación, rechazando estereotipos dañinos como el "crimen pasional" y destacando la violencia patriarcal como prevenible. Además, la Corte ha reconocido la interseccionalidad para visibilizar la vulnerabilidad de mujeres indígenas, afrodescendientes, transgénero y otras poblaciones marginadas, como lo evidencian casos como Fernández Ortega, y Rosendo Cantú, ambos contra México; y Barbosa de Souza vs. Brasil.
El trabajo de los tribunales internacionales, incluida la Corte Interamericana, ha sido esencial para transformar la forma de abordar la violencia de género. Estas instituciones han establecido jurisprudencia que obliga a los Estados a prevenir la violencia, sancionar a los responsables y reparar a las víctimas, reconociendo que esta problemática es estructural, no un conjunto de incidentes aislados. A pesar de los avances, persisten enormes desafíos en todos los campos.
La labor de la Corte Interamericana busca establecer estándares jurídicos, que impacten las estructuras sociales que perpetúan la violencia.
En este 25 de noviembre, reafirmamos nuestro compromiso con un futuro donde ninguna mujer tema por su vida o bienestar; y que la justicia deje de ser una meta pendiente y se convierta en una realidad vivida.
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