Sala IV resolvió que todos los artículos consultados por el TSE son inconstitucionales.
La contralora general de la república, Marta Acosta Zúñiga, manifestó su satisfacción con el fallo de la Sala Constitucional (conocida popularmente como Sala IV) que señaló que el texto del proyecto de Ley Jaguar, que la administración Chaves Robles quería someter a referendo, es inconstitucional.
En un comunicado circulado a la prensa Acosta señaló:
Nos satisface la decisión de la Sala Constitucional sobre las competencias de fiscalización con las que la Contraloría debe ejercer los controles previos, preventivos y posteriores, establecidos tanto en la Constitución Política así como en las leyes que rigen nuestras competencias”.
La contralora añadió:
Hemos cumplido con seriedad nuestro rol en el pasado, lo hacemos en el presente, y lo seguiremos haciendo a futuro, cumpliendo con el principio de legalidad, la ética y las buenas prácticas nacionales e internacionales. Los ciudadanos pueden tener garantía de que las actuaciones de la institución siempre pueden ser revisadas en instancias judiciales, como en un Estado Democrático de Derecho corresponde"
Desde el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), tras conocerse la noticia del fallo manifestaron que estudiarán lo resuelto por la Sala Constitucional y esperarán el informe de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa para pronunciarse sobre el tema.
Por su parte, la Defensoría de los Habitantes hizo un llamado a “respetar las resoluciones emitidas por la Sala Constitucional, en tanto constituyen un cimiento fundamental del Estado de Derecho y de la convivencia democrática”.
Desde la Defensoría añadieron que “el respeto y equilibrio entre los Poderes de la República es indispensable para que Costa Rica camine por la vía democrática. Toda sociedad puede decidir los cambios que se necesitan sin debilitar los controles que garanticen la eficiencia y la transparencia en el uso de los recursos públicos. En una democracia como la costarricense, todas y todos debemos velar porque se garantice la independencia en la actuación de las instituciones del Estado, así como el adecuado funcionamiento de los contrapesos en el ejercicio del poder público”.
Este lunes la Sala solo resolvió la consulta planteada por el TSE, mientras que las consultas planteadas por el Partido Liberal Progresista y Liberación Nacional, así como por la Contraloría General de la República no fueron resueltas y continúan bajo estudio de admisibilidad.
El fallo
La noche de este lunes la Sala Constitucional confirmó que el proyecto de "Ley Jaguar" que el Poder Ejecutivo presentó con cláusulas que debilitaban el sistema de fiscalización de la Contraloría General de la República (CGR), y que pidió llevar a referéndum, es inconstitucional.
Por unanimidad y mediante la sentencia 2024-21375 de este lunes, el tribunal dio respuesta a la consulta de constitucionalidad que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) planteó sobre la iniciativa, a raíz de que los ciudadanos Alberto Cabezas Villalobos y Edgar Espinoza Rodríguez solicitaron llevar el proyecto a referéndum por la vía de la iniciativa ciudadana mediante recolección de firmas.
La oficina de prensa del Alto Tribunal señaló en un comunicado que los magistrados encontraron vicios de constitucionalidad en todos los artículos consultados.
El presidente del tribunal, Fernando Castillo Víquez, dijo que la sesión en la que la Sala adoptó esta decisión inició a las 9 de la mañana y terminó a las 6:45 p.m.
La Sala Constitucional encontró vicios de inconstitucionalidad en todos los artículos consultados, concretamente en los artículos 2, 3, 4 y 5 [del proyecto]. Las razones de esta inconstitucionalidad tienen que ver con el hecho de que el proyecto de ley afecta atribuciones constitucionales de la Contraloría. Asimismo la Sala Constitucional encuentra que en este caso también se le quitan herramientas importantes para que la Contraloría pueda ejercer sus funciones constitucionales".
El TSE llevó a revisión constitucional el proyecto del Ejecutivo basándose en la jurisprudencia de la Sala, específicamente en el voto 1998-998 del 16 de febrero de 1998, en el cual los magistrados de aquel entonces señalaron que cualquier reforma o modificación a las competencias de la Contraloría tenía que tener el fin de ampliar, aclarar o complementar las atribuciones que le estaban dadas por la propia Constitución Política; de manera que el legislador común no podía rebajarlas, disminuirlas, suprimirlas o atribuírselas a otros órganos públicos.
El tribunal que deliberó esta consulta estuvo integrado por los titulares Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Ingrid Hess Herrera, Anamari Garro Vargas, Jorge Araya García y la magistrada suplente Alexandra Alvarado Paniagua.