En abril de este año un juez argentino responsabilizó a Irán del atentado.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este viernes al Estado de Argentina al declararlo responsable por incumplimientos en la prevención del atentado a la AMIA, así como por deficiencias en la investigación del mismo.

El atentado a la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) fue un ataque terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 en Buenos Aires, Argentina. Un vehículo cargado con explosivos fue detonado frente a la sede de la AMIA, causando una devastadora explosión que resultó en la muerte de 85 personas y dejó heridas a más de 300. Este ataque se considera uno de los actos terroristas más graves en la historia de Argentina y uno de los peores contra la comunidad judía en el mundo desde la Segunda Guerra Mundial.

En abril de 2024, 30 años después del atentado, un juez argentino consideró que el gobierno de Irán fue el autor intelectual del atentado y quien ordenó que se ejecutara.

Según el fallo emitido para el caso "Asociación Civil Memoria Activa Vs. Argentina", el Estado argentino no adoptó medidas razonables para prevenir el ataque y no investigó con la debida diligencia ni en un plazo razonable el atentado y su encubrimiento. La Corte también determinó que Argentina no garantizó un acceso adecuado a la documentación relacionada con el atentado, violando así el derecho a la verdad. Las irregularidades en la investigación y el encubrimiento por parte de agentes estatales fueron subrayadas como factores clave que impidieron el esclarecimiento de los hechos.

La sentencia señala que el Estado argentino reconoció su responsabilidad internacional en el caso. Este reconocimiento incluye la falta de medidas preventivas adecuadas a pesar de conocer el riesgo inmediato para sitios asociados a la comunidad judía, lo que resultó en una violación de los derechos a la vida y a la integridad personal de las víctimas.

La Corte también destacó que el mal manejo del material probatorio y la deficiente conducción de la investigación representaron incumplimientos graves por parte del Estado. Además, las maniobras de encubrimiento realizadas por magistrados, policías y personal de agencias de seguridad fueron identificadas como obstáculos para una investigación efectiva, lo que impidió sancionar a los responsables.

El tribunal subrayó la violación a los derechos de acceso a la información y a la verdad, mencionando la falta de regulación adecuada de los servicios de inteligencia y los obstáculos enfrentados por los familiares de las víctimas para acceder a la información sobre el atentado.

Por estas violaciones, la Corte ordenó a Argentina remover todos los obstáculos que perpetúan la impunidad, reabrir investigaciones y establecer la verdad de lo ocurrido en un plazo razonable.

La composición de la Corte para esta sentencia incluyó a la jueza Nancy Hernández López (Presidenta, Costa Rica), el juez Rodrigo Mudrovitsch (Vicepresidente, Brasil), el juez Humberto Antonio Sierra Porto (Colombia), el juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot (México), el juez Ricardo C. Pérez Manrique (Uruguay) y la jueza Patricia Pérez Goldberg (Chile). La jueza Verónica Gómez, de Argentina no participó de la deliberación del caso de conformidad con el reglamento de la Corte.