Los gobiernos municipales fueron muy importantes en nuestra historia
Depende de todos nosotros que para nuestro bien lo vuelvan a ser.
Nacimos exitosamente a la vida republicana gracias a nuestros pueblos y su organización. Ellos hicieron posible aprobar el 1 de diciembre de 1821 el Pacto de Concordia (Pacto Social Fundamental Interino de Costa Rica) —nuestra primera constitución que nos rigió hasta 1823— gracias a que nombraron legados para integrar la Junta de Legados de los Pueblos. Así se logró responder a las noticias de independencia que habían llegado de Guatemala solo un mes y medio antes, el 13 de octubre. Hoy creo que esto sería imposible.
Los pueblos tenían organizaciones para nombrar legados gracias a la larga historia de los gobiernos municipales en la tradición española, que en la colonia dieron origen a los ayuntamientos que se establecieron en los diversos pueblos. Tenían muy importantes tareas en aquella Costa Rica pobre, aislada y poco poblada. Basta recordar que la Casa de Enseñanza de Santo Tomás, la primera institución educativa del país, se fundó en 1814 por la Iglesia Católica y el Ayuntamiento de San José.
Las primeras constituciones establecían gobiernos locales en cada pueblo, luego se pasa a organizarlos en las cabeceras de departamento y posteriormente en cada cantón.
Nuestro centralismo
Pero nuestra tradición ha sido muy centralista. Desde el gobierno de don Braulio Carrillo se establece con fuerza la concentración de competencias en el gobierno nacional, que se solidifica con la reforma educativa de 1886 que elimina el rol de los gobiernos locales en la educación.
Después de la Constitución de 1949 el centralismo se fortaleció en detrimento de los gobiernos cantonales con la proliferación de las instituciones autónomas.
El debilitamiento del régimen municipal nos ha llevado a que, siendo Costa Rica la democracia más consolidada de nuestra zona geográfica, tengamos el régimen municipal más débil.
Esfuerzos por fortalecer la participación política y los municipios
Se han dado esfuerzos por fortalecer su autonomía y competencias.
En la Administración de don José Joaquín Trejos se les transfirió el impuesto territorial, para independizar sus finanzas de las transferencias del gobierno central. La administración de este impuesto no se transfirió a las municipalidades sino hasta 1995.
También en la administración Trejos se emitió la Ley de Planificación Urbana, con la que se otorga a las municipalidades la tarea regulatoria del uso de los suelos urbanos, que desdichadamente ha tenido una muy lenta y a veces pobre aplicación.
En 1998 se aprobó el nuevo Código Municipal, con el cual se pasó de Gobernadores nombrados por el Poder Ejecutivo y Ejecutivos Municipales electos por los Consejos Municipales, a Alcaldes electos popularmente. La primera vez que se aplicó fue en 2002.
En la administración de 1998-2002 se reforma la Constitución para mandar que se destine a las municipalidades un 10% de los ingresos ordinarios del presupuesto de la República, mediante una paulatina transferencia de competencias del Poder Ejecutivo, para lo cual se presenta el respectivo proyecto para trasladarlas. El proyecto de trasferencia de competencias tuvo problemas de constitucionalidad en cuanto al traslado de las correspondientes a entes autónomos, y desdichadamente no se ha cumplido el mandato constitucional, salvo en lo relativo al traslado de recursos para caminos vecinales. Con esa finalidad, durante mi administración se trasladaron recursos del impuesto sobre los combustibles a los municipios para mantenimiento de caminos, lo cual fue incrementado por leyes de 2015 y de 2019.
Además, con el Triángulo de Solidaridad se logró en ese período la coordinación de los municipios con las instituciones del gobierno nacional y los grupos de voluntariado local para fijar las prioridades y los recursos destinados a las actividades públicas cantonales, ejecutarlas y evaluar su cumplimiento. Este programa desafortunadamente tampoco ha sido continuado.
Ha mejorado la participación de votantes, pero la tarea sigue pendiente
A pesar de esos esfuerzos, en 2022 los gastos municipales solo representaron un 2.2% del gasto ejecutado por todas esas instituciones.
Con nuestra participación en las elecciones municipales podemos fortalecerlas para gozar del beneficio de una democracia más cercana y conocedora de nuestras necesidades locales.
Las elecciones del próximo 4 de febrero son las terceras en las cuales se elige a los gobiernos locales separadamente de las elecciones nacionales.
En la mayor parte de las naciones cuando se compara la participación en elecciones locales con la que se da en comicios nacionales, la primera es más baja. Así ha sido en nuestro caso y ha sido muy baja incluso cuando se votaba en una sola ocasión por el gobierno nacional y los gobiernos cantonales.
A pesar de que las personas votantes estaban en las urnas para elegir candidato a la presidencia y a las diputaciones, muchos no votaban por la papeleta municipal. En 2002 solo un 34% de quienes votaron por la nómina presidencial lo hizo por la papeleta cantonal. En 2006 fue un 37% y en 2010 un 41%.
En 2016 por primera vez votamos a medio período por las autoridades cantonales. Y la participación ha aumentado con relación a las elecciones anteriores cuando se votaba por las autoridades locales al mismo tiempo de las elecciones nacionales.
En la última elección conjunta por puestos nacionales y municipales en 2010 la participación en la votación por los gobiernos municipales fue de solo un 27,9% de los electores inscritos. En 2016, en la primera votación separada, la participación para las elecciones locales aumentó a 35,4%. En 2020 tuvo un ligero aumento a 36,3%.
Hoy hay más partidos nacionales y locales participando en esta elección para los gobiernos cantonales. Es de esperar que haya un nuevo aumento en la participación.
Recuperar la importancia que en los inicios de la república tuvieron los gobiernos locales requiere tanto que los ciudadanos participemos en la elección de sus autoridades dándoles nuestro apoyo, como que los Municipios asuman sus competencias, recuperen áreas de acción que permitan mejor atender las necesidades de los vecinos y lo hagan eficientemente y con honradez.
Es necesario devolver a los vecinos de cada jurisdicción territorial el poder de influir de manera directa en las decisiones que han de afectar su bienestar y su desarrollo; y para ello se requiere que sean asimismo devueltas a las municipalidades las atribuciones que, como entes representativos de los ciudadanos de una zona territorial, por derecho propio les corresponden.
Se debe aplicar la reforma constitucional al artículo 170 decretada en junio de 2001.
No lograremos más y más cercana participación de los vecinos a las decisiones de su cantón si no lo demandan ellos mismos. El interés de los ciudadanos en el gobierno local se empieza a demostrar participando en la elección de sus autoridades.
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