Hoy 1 de mayo, las autoridades locales (es decir: alcaldías, regidurías, sindicaturas, concejalías de distrito e intendencias) estarán cumpliendo un año de haber asumido sus cargos. Electas en febrero del 2024, tal vez las recuerden porque pasaron al frente de su casa pidiendo votos o en fotografías en redes sociales saludando a personas vecinas y conocidas.

Desde Cívica analizamos las actas aprobadas y disponibles de los Concejos Municipales de Acosta, San José, Alajuela, Sarchí, Tilarán, Golfito, Heredia, Pococí y Paraíso (los cantones analizados se eligieron de manera aleatoria). Revisamos un total de 522 actas de las sesiones celebradas entre mayo del 2024 hasta febrero del 2025 con el objetivo de determinar si las personas electas están cumpliendo con una de sus principales responsabilidades: la asistencia a las sesiones del Concejo Municipal.

Los resultados del análisis

Al analizar el promedio de participación total por cantón, resalta que en San José, Alajuela y Paraíso, los representantes municipales tienen mayor porcentaje de participación. Por el contrario, los cantones de Tilarán, Golfito y Acosta son los que menor participación han tenido durante el primer año de gestión, siendo los representantes del cantón de Acosta quienes tienen el porcentaje más bajo de asistencia. Cabe indicar que en las actas de las sesiones municipales no se indica el motivo de la ausencia de cada una de las personas.

Fuente: Elaboración propia

Cuando analizamos cada uno de los puestos de elección popular, se puede observar que son las sindicaturas suplentes quienes, en promedio, tienen menor asistencia en los Concejos Municipales. Particularmente, en Acosta las sindicaturas suplentes solo han asistido a un 24% de las sesiones, mientras que para el caso del cantón de Golfito no se registra asistencia de estas personas en las sesiones.

Otro de los hallazgos de este análisis está relacionado con las sesiones extraordinarias. Según la legislación vigente, sólo es posible pagar el monto de la dieta por un máximo de dos sesiones extraordinarias al mes. En este sentido, se observó que los días en que más representantes faltan a una sesión suelen coincidir con aquellos en que se realizan más de dos sesiones extraordinarias al mes. Esto quiere decir que si una regiduría ya había asistido a las dos sesiones extraordinarias del mes, si se convocaba a una sesión adicional, no se presentaba.

Fuente: Elaboración propia

En el cantón de San José se reportaron dos sesiones extraordinarias adicionales durante el periodo analizado, mientras que en Alajuela se registró una. En los cantones de Golfito, Heredia y Paraíso se contabilizaron cuatro sesiones extraordinarias en cada uno, y en Pococí, cinco. Por otra parte, en los cantones de Acosta, Sarchí y Tilarán se evidencia una tendencia recurrente de inasistencia por parte de las regidurías y sindicaturas a las sesiones extraordinarias, independientemente de si se ha alcanzado el mínimo de dos sesiones mensuales establecido.

Fuente: Elaboración propia

La relación dieta-kilómetros por cantón

También nos hemos planteado la premisa de que las democracias no pueden profundizar las desigualdades, por lo que estos datos nos llevan a preguntarnos ¿Cuáles deberían ser los incentivos en un sistema democrático para que las personas puedan cumplir de manera eficaz y eficiente el mandato encomendado por votación popular como autoridades locales en condiciones igualitarias?

Ante esta interrogante, nos permitimos comparar y analizar dos variables: (1) las dietas que reciben las personas regidoras y síndicas, y (2) la distancia geográfica entre el centro del distrito que representa la autoridad local y la ubicación del Concejo Municipal.

Uno de los principales incentivos es la dieta o pago que reciben nuestras autoridades locales al asistir a las sesiones del Concejo Municipal. Mientras que en un cantón como Alajuela una regiduría recibe ₡268.276 por cada sesión que asiste, en Acosta para el mismo puesto y las mismas responsabilidades cada regiduría se le paga una dieta por un monto de ₡21.000 por sesión. Estas diferencias se dan porque actualmente el monto de la dieta varía según el presupuesto de cada municipio, sin embargo, la responsabilidad en la toma de decisiones sigue siendo la misma sin importar el cantón al cual se pertenezca.

Cada cantón es un caso particular: mientras que algunas autoridades tienen que recorrer largas distancias desde sus casas a los centros administrativos, otros están a la vuelta de la esquina. Esta situación se agrava en aquellos cantones donde no existe un servicio de transporte público accesible, lo que dificulta aún más su movilidad y participación efectiva en las sesiones del Concejo.

De igual forma, las personas que ejercen la sindicatura reciben un pago por concepto de dieta por cada asistencia a las sesiones. En el caso de las sindicaturas propietarias, este monto corresponde al 50% de la dieta asignada a una regiduría propietaria, mientras que las suplentes reciben únicamente el 25% de dicho monto.

Fuente: Elaboración propia

Algunos de los resultados más interesantes cuando se realiza de manera individual es que en promedio, para el cantón de Heredia, las sindicaturas viajan 2.2 km, sin embargo, la autoridad del distrito de Vara Blanca tiene que viajar 31 km para llegar a las sesiones y a pesar de esto tiene un promedio de participación individual del 94.37%. Otro ejemplo destacado es el caso de la sindicatura del distrito de Colorado, en el cantón de Pococí, quien debe recorrer aproximadamente 68 km para asistir a las sesiones del Concejo Municipal. A pesar de esta considerable distancia, mantiene un promedio de asistencia superior al 70%.

Fuente: Elaboración propia

Este análisis también nos ha permitido identificar que en al menos cinco de los cantones estudiados (Alajuela, Heredia, San José, Paraíso, Pococí) los síndicos propietarios reciben un monto mayor en las dietas que los regidores propietarios de Acosta, Golfito, Sarchí y Tilarán. Estas diferencias generan desigualdades que deben ser atendidas y solucionadas para generar igualdad de condiciones de las personas representantes.

Estas situaciones podrían limitar el acceso a estos cargos a personas con menos posibilidad de asignar recursos propios al cumplimiento de su labor o con menos accesibilidad a transporte, afectando indirectamente la equidad y representatividad en la toma de decisiones locales. Las democracias locales no pueden depender de la cantidad (disponibilidad) de recursos de cada una de las personas que asumen un rol como autoridades.

Los hallazgos y la dificultad de acceder a estos datos nos llevan a cuestionar qué tan equitativo es el sistema democrático local y nos invitan a repensar cuáles deberían ser los mecanismos que el Estado debe garantizar para que todas las personas electas, sin importar su lugar de residencia o condición socioeconómica, puedan ejercer su función pública en igualdad de condiciones, porque la democracia, en efecto, no puede ser desigual. Puede consultar la información desglosada por cantón, distrito, nombre, porcentaje de asistencia y partido político. Desde Cívica les invitamos a utilizar estos datos como una herramienta para ejercer su derecho de acceso a la información para la fiscalización comunitaria y dar seguimiento a la participación activa de sus autoridades locales.

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