Imprenta Nacional impugnó ante la Sala IV que le quitaran la publicación del Boletín Judicial.
El Poder Judicial anunció este jueves que por haber asumido la publicación del Boletín Judicial —servicio que hasta hace un mes se le pagaba a la Imprenta Nacional— comenzará a ahorrarse, aproximadamente, 30 millones de colones mensuales, mientras que para las personas usuarias activas en diversos procesos judiciales y que deben realizar la publicación de edictos, estas ya no tienen que cancelar ningún monto por este servicio de publicación, indistintamente de la materia que se tramita.
Dato D+: El Boletín Judicial es la publicación oficial del Poder Judicial, a través de la cual se comunican y difunden informaciones que se requiera conforme lo disponga el ordenamiento jurídico aplicable.
El Boletín Judicial puede ser consultado al ingresar a la página web del Poder Judicial en la pestaña Servicios y acceder a Boletín Judicial o ingresando directamente a este enlace.
Según los datos del Poder Judicial, durante este primer mes de tener a cargo el Boletín se registraron un total de 11 mil visitas de personas usuarias, y entre julio y agosto se publicaron 3206 edictos, para un promedio diario de 146 publicaciones, sin costo para las personas usuarias.
En el ámbito administrativos en el Boletín se puede ubicar las publicaciones de reglamentos de organización y funcionamiento del Poder Judicial, resoluciones administrativas, avisos, circulares aprobadas por diferentes órganos de gobierno, administración y de Dirección.
A nivel de ámbito jurisdiccional se divulga jurisprudencia, edictos, las resoluciones que requieran tal acto de publicidad conforme el ordenamiento jurídico, así como diversos comunicados provenientes de los tribunales, como remates, adopciones, sucesorios, los actos de comunicación de la apertura del proceso concursal a los eventuales acreedores, matrimonios, divorcios, entre otros, a criterio de la persona Juzgadora que disponga la respectiva publicación.
También contempla la publicación de los requerimientos que remitan los notarios públicos y los requerimientos de entes y órganos externos al Poder Judicial, que demandan esta forma de publicidad de sus conductas administrativas.
Acción de inconstitucionalidad
Tras la decisión del Poder Judicial de asumir la operación y publicación del Boletín Judicial la Imprenta Nacional, quien anteriormente publicaba el Boletín Judicial, presentó una acción de inconstitucionalidad el pasado 30 de marzo la cual fue admitida a estudio por parte de la Sala Constitucional y se tramita bajo el expediente 23-007496-0007-CO.
En esa acción se impugnó el
Sobre esa acción la Procuraduría General de la República, como asesor imparcial de la Sala Constitucional en este tipo de acciones, señaló que la acción debía ser "inadmisible, debido a la falta de legitimación de la Junta y del Director de la Imprenta Nacional para interponerla, y porque no se encuentra debidamente fundamentada con argumentos jurídicos claros y precisos"; y que por el fondo también debía ser rechazada ya que a criterio de la Procuraduría "no se aprecia que la previsión de la disposición transitoria de la Ley n.°5394, para que el Poder Judicial asuma la elaboración y publicación del Boletín Judicial, sea contraria al Derecho de la Constitución".