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Encabezados por el liberacionista Óscar Izquierdo Sandí once diputados de la Asamblea Legislativa presentaron este martes un proyecto de ley para que los bancos públicos y privados sean solidariamente responsables de los perjuicios causados a los ciudadanos por estafas bancarias, además de invertir la carga de la prueba para que tengan que ser los bancos quienes demuestren judicialmente que no ocurrió una estafa, y no la persona afectada suministrar pruebas —muchas veces difíciles de obtener— para probar que sí fue perjudicado.
La iniciativa que se tramitará bajo el expediente 23.908 se denomina "Ley de protección a las personas consumidoras en la custodia de su dinero que administra cualquier entidad financiera en Costa Rica ya sea pública o privada, autorizada para este fin" y pretende tres reformas muy puntuales.
La primera es una reforma al artículo 35 de la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N.° 7472) para establecer que las entidades bancarias o financieras, independientemente de ser públicas o privadas, deberán asumir una responsabilidad clara y compartida con el consumidor cuando los ciudadanos resulten perjudicados debido a problemas con los productos o servicios ofrecidos, a falta de información suficiente sobre ellos y sus riesgos, o a la incorrecta custodia de los fondos y datos personales de los clientes.
Adicionalmente, se establece que si un banco guarda el dinero o las cuentas de un cliente, será responsable junto al cliente por cualquier pérdida de dinero o daño económico que el cliente sufra. Esto incluye situaciones en las que un tercero no autorizado por el cliente sustrae fondos de la cuenta del cliente, independientemente de cómo se haya realizado esta sustracción.
El proyecto también señala que los representantes legales de los negocios y técnicos serán responsables por las acciones de sus dependientes o auxiliares que perjudiquen al consumidor.
La segunda reforma se lleva a cabo en el artículo 298 de la Ley General de la Administración Pública (Ley N.° 6227) para establecer que en los casos relacionados con la defensa al consumidor, fraudes electrónicos personales o de cualquier tipo de entidades bancarias o similares, tanto a nivel administrativo como judicial, regirá la inversión de la carga de la prueba a favor de las personas afectadas.
Con esa propuesta se pretende que tengan que ser los bancos los que demuestren que no existió fraude o estafa bancaria, y no la persona de demostrar que sí ocurrió, en especial tomando en cuenta que son las entidades financieras las que tienen las pruebas de los movimientos de los dineros cuando son sustraídos, trasladados a varias cuentas y finalmente enviados al estafador.
La tercera y última reforma se realiza al artículo 41.1 del Código Procesal Civil (Ley N.° 9342) también referido a la carga de la prueba, para establecer que en los casos relacionados con la defensa al consumidor, ambiente, fraudes electrónicos personales o de cualquier tipo de entidades bancarias o similares, tanto a nivel administrativo como judicial, regirá la inversión de la carga de la prueba en favor de las personas afectadas, y que para la aplicación de eso se deberá tener presente la disponibilidad y facilidad probatoria que corresponde a cada una de las partes, de acuerdo con la naturaleza de lo debatido.
El diputado Izquierdo Sandí declaró que las estafas bancarias han venido afectando a miles de ciudadanos costarricenses y que este proyecto fue impulsado por un grupo de ciudadanos afectados agrupados en el movimiento Gente Estafada en los Bancos de Costa Rica junto con el apoyo de diputados de Liberación Nacional, Frente Amplio y Liberal Progresista.
Lo que pretendemos con este proyecto de ley es de alguna manera detener esta escalada que ha crecido sustancialmente en los últimos años, solo para dar una cifra del 2021 al 2022 crecieron en un 43% las estafas, de tal manera que esto se ha convertido en una preocupación indudable pero especialmente de los ciudadanos que han sufrido las estafas.
El movimiento de personas estafadas en los bancos ha presentado dos denuncias penales contra entidades bancarias alegando que los protocolos con las que manejan los casos los llevan a "evadir su responsabilidad y revictimizarnos".
El proyecto deberá ahora ser asignado a una comisión legislativa para ser estudiado por el fondo y emitir una recomendación al Plenario.
Breves
— La Comisión de Ambiente rechazó por mayoría el expediente 23.383 "Ley de Control y Regulación del Cannabis para uso Recreativo". El oficialista Manuel Morales Díaz señaló que el proyecto no promovía el consumo, sino que lo regulaba y que representaba un mercado de 120 millones de dólares anuales en Costa Rica. Por su parte, la diputada Kattia Cambronero Aguiluz del PLP señaló que votaba a favor porque el proyecto ha sido suficientemente discutido por entidades técnicas que concluyeron que el proyecto no viene a generar mayor consumo de marihuana en el país, pues por el contrario, lo que buscaba era formalizar una venta detallista que ya se está realizando en Costa Rica. Al contrario, la diputada Rosalía Brown Young de Nueva República dijo que le preocupaban los efectos en la salud pública que tendría la legalización y que estaba documentado el efecto perjudicial para la salud que tiene la droga. Al final solo 3 congresistas votaron a favor y 5 lo hicieron en contra, quedando rechazado el proyecto.
— La Comisión de Asuntos Económicos avaló que las unidades de transporte público de los años 2007 y 2008 de cooperativas y micro, pequeñas y medianas empresas puedan circular durante un año más tras dictaminar afirmativamente el expediente 23.782 "Ley para garantizar el servicio de autobús para los usuarios". La ampliación se da supeditada a que las unidades cumplan con la Ley 7600.
— La Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia dictaminó afirmativamente el expediente 23.480 "Modificación a la licencia por paternidad en caso de muerte de la madre para proteger el interés superior de la niñez". Según el proyecto, en el caso de muerte de la madre en el parto, durante la licencia o en los tres primeros meses después del nacimiento el padre tendrá derecho a una licencia remunerada especial. Para esos efectos el Patronato Nacional de la Infancia deberá emitir una resolución certificada a la persona que se va a hacer cargo del niño y que así lo solicite.
— Con 44 votos a favor y 0 en contra se aprobó en segundo debate el expediente 23.393 "Ley para autorizar la celebración de sesiones virtuales a los órganos colegiados de la Administración Publica".
— Con 42 votos a favor y 7 en contra se aprobó en tercer debate de segunda legislatura el expediente 22.617 "Adición de un párrafo segundo al artículo 24 de la Constitución Política, para reconocer como derecho fundamental al acceso a las telecomunicaciones, tecnologías de la información y comunicaciones en todo el territorio nacional".
— Con 46 votos en contra y 0 a favor se rechazó otorgar un nuevo plazo cuatrienal al expediente 21.567 "Ley de protección de la persona trabajadora de plataformas digitales de servicios, mediante adición de un nuevo capítulo XII al Título II del Código de Trabajo, Ley N° 2 de 27 de agosto de 1943 y sus reformas".
— Con 20 votos a favor y 22 en contra se rechazó dispensar de trámites el expediente 23.668 "Ley para eliminar el cargo de Regulador General Adjunto en la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos".
— Con 45 votos a favor se aprobó suspender la sesión ordinaria del Plenario del jueves 14 de septiembre y en su lugar sesionar de forma extraordinaria ese día de 9 am a 12 md.