Ley de protección de la persona trabajadora de plataformas digitales de servicios, mediante adición de un nuevo capítulo XII al Título II del Código de Trabajo, Ley N° 2 de 27 de agosto de 1943 y sus reformas
Propósito del Proyecto
Establece la obligación de las plataformas digitales de servicios de respetar los derechos laborales de las personas que trabajen con dichas plataformas.