Decisión de solicitar el levantamiento de la inmunidad se tomó por mayoría: 15 votos a favor y 7 en contra.
El Poder Judicial informó que la Corte Suprema de Justicia acordó esta tarde, por mayoría de 15 a 7, trasladar a la Asamblea Legislativa la solicitud de levantamiento del fuero de improcedibilidad (conocido como inmunidad) del presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, y su ministro de Cultura y Juventud, Jorge Rodríguez Vives , a quienes la Fiscalía General de la República acusó por un presunto delito de concusión relacionado con la contratación de servicios de comunicación para Casa Presidencial, financiados con recursos del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE).
Dato D+: La concusión está tipificada en el artículo 355 del Código Penal y se castiga con penas de hasta ocho años de prisión.
Según informó el Poder Judicial, los magistrados que votaron por devolver el expediente al Ministerio Público consideraron que con la prueba que consta en el proceso, no es posible realizar el juicio de probabilidad sobre la comisión del delito que, a su criterio, exige la ley.
De acuerdo con la acusación que hizo la Fiscalía, la contratación por $405.800, adjudicada a la empresa RMC La Productora S. A. (también conocida como Nocaut), fue fraguada a la medida del empresario Christian Bulgarelli Rojas, con el propósito de canalizar recursos públicos hacia allegados del mandatario. Entre ellos figura Federico “Choreco” Cruz Saravanja, exasesor de imagen de Chaves, quien habría recibido $32.000 para la compra de una vivienda.
Para la Fiscalía tanto Chaves como Rodríguez Vives —quien al momento de los hechos era jefe de despacho del presidente— sostuvieron reuniones previas con Bulgarelli en Casa Presidencial y lo instruyeron para que él mismo redactara los términos de referencia del contrato que eventualmente ganaría. La Fiscalía argumenta que estas acciones constituyen una violación al artículo 355 del Código Penal, que sanciona con penas de entre 2 y 8 años a cualquier funcionario que, abusando de su cargo, obligue o induzca a una persona a dar o prometer beneficios patrimoniales indebidos.
La tesis del Ministerio Público se apoya, entre otras pruebas, en los denominados Audios de la Presidencia, una serie de grabaciones de reuniones sostenidas en Zapote tras la toma de posesión de Chaves en mayo del 2022. En una de ellas, el mandatario pidió expresamente el contrato con el BCIE y mencionó que tenía “un montón de antojos”, además de consultar si Cruz Saravanja estaría incluido entre los beneficiarios del acuerdo.
En este proceso, Bulgarelli no será acusado, pues se le otorgó un criterio de oportunidad a cambio de colaborar como "testigo de la corona". El empresario, quien ganó el contrato, admitió haber elaborado los términos de referencia y reconoció que conocía con anticipación que cumplía con todos los requerimientos. Su colaboración está condicionada a que los datos aportados resulten útiles y veraces para el avance del proceso penal; de lo contrario, la acción penal en su contra será retomada.
Según informó el Poder Judicial, la resolución se encuentra actualmente en fase de redacción. Una vez que sea traslada a la Asamblea se deberá abrir un expediente legislativo, cuyo trámite requiere la conformación de una comisión especial de tres congresistas encargada de analizar la prueba y dar audiencia al presidente y al ministro, antes de emitir una recomendación al plenario.
Dato D+: Para levantar la inmunidad, se necesita una mayoría calificada de 38 votos.
Si el plenario aprueba el levantamiento del fuero, un magistrado instructor de la Sala de Casación Penal (Sala Tercera) asumirá la dirección de la investigación, convocará al presidente Chaves y al ministro Rodríguez a declarar en indagatoria y establecerá las etapas previas al juicio. El eventual debate oral y público sería resuelto por la misma Sala Tercera. En caso de que la Asamblea no apruebe levantar la inmunidad, el proceso no se archiva, ya que puede ser presentado por la vía ordinaria en el momento en que pierdan su fuero.
En paralelo, la Fiscalía lleva una causa separada contra Cruz Saravanja —quien no goza de inmunidad— por los mismos hechos, bajo el expediente 25-000044-0033-PE.