Ya son 3 de 4 directivos suspendidos que la Sala ordena restituir en sus cargos

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (conocida popularmente como la Sala IV) ordenó este viernes al Consejo de Gobierno restituir a Maritza Jiménez Aguilar como representante del sector solidarista ante la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Los magistrados constitucionales sentenciaron esta tarde el amparo planteado por Jiménez para que se le restituyera en el puesto, tras haber sido suspendida por el Consejo de Gobierno en diciembre del año anterior junto a otros directivos que habían votado a favor de pagar el ajuste salarial por costo de la vida del 2020.

Jiménez debió interponer un recurso de amparo ante la Sala que se tramitó bajo el expediente 23-015642-0007-CO, pues ella no se vio beneficiada de forma directa de las sentencias emitidas a finales de junio mediante las cuales el Tribunal Constitucional ordenó restituir a José Luis Loría Chaves (representante nombrado por el cooperativismo) y Martha Elena Rodríguez González (representante nombrada por el sindicalismo), pues en su caso la restitución no fue expresamente solicitada en los reclamos interpuestos en aquel entonces.

La representante de los solidaristas acudió ante la Sala a inicios de julio con el propósito de que los magistrados ordenaran a la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz Quintana, que tomara las acciones que correspondan para restituirla en su cargo como directiva de la Caja, y dejar sin efecto el nombramiento de Jorge Porras López, designado como su reemplazo temporal.

Por mayoría [magistrados Paul Rueda Leal, Fernando Cruz Castro, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García y Roberto Garita Navarro], mediante la sentencia N° 2023-18697, se declaró inconstitucional la suspensión cautelar dispuesta por el Consejo de Gobierno en contra de la representante del sector solidarista ante la Junta Directiva de la CCSS. Los magistrados reiteraron que la ley constitutiva de la entidad expresamente otorga a los directivos absoluta independencia y garantía indefectible de inamovilidad en el ejercicio de sus cargos, de tal forma que puedan ejercer sus funciones sin presiones externas. No obstante, en el caso concreto, se vulneró el principio de autonomía constitucional de la CCSS y los derechos de la parte amparada.

La Sala condenó al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados, los que se reclamarán en el proceso de ejecución de sentencia en la vía contencioso-administrativa.

El magistrado Fernando Cruz Castro consignó razones adicionales mientras que el magistrado Fernando Castillo Víquez y la magistrada Anamari Garro Vargas salvaron el voto y declararon sin lugar el recurso en todos sus extremos.

Con esta decisión solamente queda pendiente que la Sala resuelva el amparo interpuesto por Carlos Salazar Vargas, directivo designado por el Poder Ejecutivo como uno de sus representantes en la Junta de la CCSS y que también era parte de los suspendidos. Él solicitó a la Sala Constitucional que se ordene su restitución en el cargo, pero su caso aún no ha sido resuelto.

De ser reinstalado Salazar, cuatro de los cinco directivos suspendidos habrán retornado a sus cargos. El único que no lo hará sería Jorge Arturo Hernández Castañeda, representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), pues él renunció después de su suspensión.