Los poderes discrecionales en el ejercicio de toda función pública, deben ceder ante la ley. En tal sentido resulta imprescindible convertir el quehacer legislativo en un proceso reconstructivo que necesariamente debe fundamentarse en la ciencia y la técnica.

Ese es, justamente, el espíritu que se ha tratado de imbuir en el proyecto de ley que procura la derogatoria de los regímenes de pensiones complementarias especiales, bajo el expediente legislativo número 21.824, presentado desde la legislatura anterior y que no ha estado exento de dar el trámite en comisión, no una, sino dos veces.

Una pensión es complementaria cuando se paga en adición a los regímenes obligatorios que emanan de la ley y el carácter de “especialidad” de las pensiones sobre las que versa este proyecto, sencillamente viene del hecho de que son fondos a los que pueden acceder solamente algunas personas por prestar un servicio al Estado.

En este caso se trata de cinco instituciones que, en parte, utilizan dinero público para financiar a sus funcionarios una tercera pensión complementaria, aparte de la obligatoria (IVM) y la complementaria (ROPc). Para “fondear” tales pensiones, el Banco Nacional y el Banco de Costa Rica contribuyen con el equivalente a un 10% de cada salario mensual, el ICE aporta un 4.5%, el ICT destina un 5% y la CCSS un 2%.

Estos fondos fueron creados por diversas normas, los beneficios a los que accedieron sus titulares son legítimos y, en virtud de ello, es que ejercitan sus derechos. Pero los tiempos cambian y, guardando toda salvedad con respecto a las amplias diferencias (acerca de su propia génesis y naturaleza) que se presentan entre los fondos, debemos reconocer que, en mayor o menor medida, su sostenimiento pesa sobre los hombros de todos los costarricenses.

Lo anterior resulta grave por dos consideraciones principales: 1) que ante un desequilibrio que ponga en riesgo su sostenimiento, su vinculación con las finanzas institucionales podría provocar que sus pérdidas deban, asimismo, ser cargadas sobre la población y que 2) el Estado, en su doble condición de patrono y Estado, tiene la obligación de realizar aportaciones específicas y responder por las pérdidas a sus beneficiarios, de ser el caso.

Recientemente se han suscitado muchísimas preocupaciones alrededor del manejo de las pensiones del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, que ha provocado valoraciones de mercado a la baja y han generado pérdidas de valor en los fondos administrados, que en alguna medida (parcialmente) han sido ocasionadas por la volatilidad en los eventos globales recientes. El mercado, además de ser perfecto solo en el papel, es el animal más nervioso jamás inventado por el ser humano.

Dichas susceptibilidades han afectado también el comportamiento de estos fondos y, en efecto, algunos de ellos están teniendo problemas de sostenibilidad futura, que pueden poner en problemas el manejo correcto de los fondos públicos, evitar la materialización de tales eventos es el interés de todos y en especial de esta legisladora y esto es por lo que este proyecto adquiere especial relevancia.

Además, debemos recordar que nuestro país sufre de una marcada tendencia que profundiza la desigualdad, que nos ha colocado en la deshonrosa lista de países más inequitativos del mundo. Precisamente una de las condiciones más determinantes para profundizar los esquemas de desigualdad, es el acceso diferenciado a las herramientas de jubilación, porque el ingreso no se distribuye en la vejez, por el contrario, se concentra en razón de algún carácter diferenciador como es, en este caso, el pertenecer a una institución específica.

En nuestro país, según datos del INEC, el 25.2% de la población adulta mayor vive en pobreza y en los próximos años dicha proporción puede aumentar hasta que, para el 2030, tengamos cerca de 1 de cada 3 adultos mayores en pobreza; lo cual es aún más grave si consideramos el proceso de envejecimiento que desde hace ya algunos años vive nuestra población.

Pero las diferencias son más notorias si pensamos que la mayoría de personas en nuestro país esperan pensionarse apenas por dos regímenes de pensiones: el IVM y el ROPc, otros tienen la expectativa de acceder a uno solo, en cuyo caso incluso puede tratarse del régimen no-contributivo, que tiene cerca de 128 mil personas pensionadas, que ha sufrido embates por la falta de aumentos durante los últimos dos gobiernos y que, solo para recuperar el valor real que tenía hace 12 años, debería aumentarse hasta los 97 mil colones mensuales; un monto aun así apenas simbólico.

El peor de los casos es el de los 187 mil adultos mayores que viven sin una pensión, eso es un 34.2% de la población total de adultos mayores de nuestro país; en otras palabras 1 de cada 3 adultos mayores vive sin pensión en Costa Rica.

Entonces, cabe preguntarse ¿es justo que en un país como el nuestro coexistan adultos mayores sin pensión y jubilados con pensiones especiales de hasta 7.1 millones de colones (como en uno de los casos más extremos en una de las instituciones de este proyecto)? La respuesta es obvia.

Pero no se trata de exhibir el problema solamente por enunciarlo, se trata de, a través de un proceso de racionalización en el uso de los recursos, canalizar los fondos públicos escasos de una mejor forma, para dar soluciones al problema de la pobreza en la vejez y la desigualdad presente que nos aqueja, eliminando irracionalidades que no se justifican desde el criterio de equidad en las cargas y haciendo una mejor asignación de los recursos públicos.

No se trata de quitarle los ahorros a nadie, de hecho, una de las líneas rojas, que esta diputación ha tratado de evitar se crucen, se refiere a mantener la posibilidad de que los beneficiarios de estos fondos que se habrán de derogar puedan retirar sus fondos, liquidarlos, o, en su defecto, trasladarlos al régimen obligatorio de pensiones complementarias, de cuya administración debemos ser todos vigilantes; haciendo un equilibrio entre los derechos adquiridos y las necesidades actuales de nuestra población.

Asimismo, y, por tratarse de un tema fundamentalmente técnico, no podemos permitirnos, en la Comisión de Asuntos Sociales en donde se tramita, aprobar nada sin el respectivo estudio actuarial. Y así, como su nombre lo dice, éste debe ratificar el hecho de que se trate del estudio más nuevo y debe ajustarse a las cambiantes condiciones e incorporar escenarios futuros. Además, no puede ser de otra manera, según ha dicho en reiteradas ocasiones la Sala Constitucional.

Cualquier cambio que se realice, debe justificarse desde la ciencia y la que, como dije al inicio, debe ser la piedra fundamental del ejercicio de la función pública. No podemos permitir que, irresponsablemente, se manipule, distorsione y se mine, mediante intentos de enmienda, se deforme el texto y se hagan salvedades específicas apartadas de la razonabilidad y que, sin justificación, pueden resultar discriminatorias.

Nuestro país no soporta más privilegios injustificados.

Invito a las diputaciones a ser congruentes con la preocupación que muchas de ellas han manifestado acerca del problema de la inequidad en la distribución de la riqueza, a través de un trabajo responsable, comprobable y sólido, que venga a hacer un verdadero cambio en beneficio de las mayorías (sin detrimento de las minorías) y que aporte para dar un golpe de timón ante el ya palpable problema de la desigualdad que a todos nos debería interesar.

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