Proyecto busca evitar la obligatoriedad de llevar actas literales de las sesiones de órganos colegiados públicos, que empezará a regir el próximo 10 de noviembre
La diputada del Partido Liberación Nacional, Rosaura Méndez Gamboa, presentó un proyecto de ley (expediente 23.394) para que los órganos colegiados de la administración pública no tengan que levantar actas literales de sus sesiones.
El proyecto pretende eliminar la obligatoriedad que se estableció con la aprobación de la Ley para mejorar el proceso de control presupuestario, por medio de la corrección de deficiencias normativas y prácticas de la Administración Pública (Ley 10.053), presentado por la también liberacionista de la anterior Asamblea Legislativa y actual ministra de Inclusión Social, Yorleny León Marchena.
Según detalla la exposición de motivos del expediente 23.394, la obligatoriedad de que todos los órganos colegiados públicos deban llevar actas literales de sus sesiones se introdujo vía moción de León Marchena, e “ignora el valor dado por ley a las grabaciones de audio y video y la equivalencia funcional que poseen los documentos electrónicos frente a los reproducidos en papel, y constituye un obstáculo a la agilización que se desea dotar a la Administración Pública y a los principios fundamentales del Gobierno Digital”.
Adicionalmente, el proyecto señala que la introducción de la obligatoriedad de las actas literales vía moción "dejó en clara indefensión a las instituciones públicas que no tuvieron oportunidad de oponerse y demostrar la imposibilidad material en que se encuentran para cumplir dicho requisito de transcripción literal de las actas de sus órganos colegiados", por lo que argumenta el eventual costo que tendría llevar las transcripciones para oponerse a la nueva obligación.
Las actas literales son transcripciones de todos los comentarios que se dan durante la sesión de un órgano colegiado, permitiendo hacer públicas las argumentaciones que se dan en los procesos de toma de decisión de los órganos públicos, mientras que el proyecto presentado pretende que las actas deban contener “la indicación de las personas asistentes, así como las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de la deliberación, la forma y resultado de la votación, el contenido de los acuerdos y una reseña del minuto de sesión al que corresponda cada punto”.
Así mismo, el proyecto mantiene la obligación de los órganos colegiados de grabar sus sesiones en audio y video las sesiones, e introduce la obligatoriedad de que se garantice la publicidad y el acceso ciudadano a todos estos registros.
El transitorio único de la Ley 10.053 establece que la obligatoriedad de los órganos colegiados de llevar actas literales de sus sesiones empieza a regir a partir del próximo 10 de noviembre.