La Contraloría General de la República presentó el día de hoy dos nuevos reportes de fiscalización sobre el Bono Proteger, en los cuales valoró la gestión de riesgos, controles de medición y seguimiento del desempeño y los procesos de diseño, definición de requerimientos, programación y pruebas de calidad de la plataforma tecnológica implementada por el Ministerio de Trabajo.

Con relación a la plataforma utilizada la Contraloría hizo una verificación de que se cumplieran los requisitos para la priorización de la entrega del Bono Proteger y encontró una serie de inconsistencias entre la forma en que se prioriza y lo establecido en el Decreto Ejecutivo.

Dato D+: Según el último corte del Ministerio de Trabajo al 8 de octubre se habían otorgado Bonos Proteger a 684.737 personas.

El artículo 19 del Decreto Ejecutivo 42305 estableció los criterios y puntuación para priorizar la asignación del Bono Proteger. Esta se hace puntuando las siguientes variables: condiciones de empleo, el rango de ingresos, condición de pobreza, jefatura de hogar, sexo de la jefatura de hogar, cantidad de dependientes, edad y discapacidad.

Según señaló la Contraloría la programación realizada en la plataforma del Bono Proteger con respecto a las variables Rango de ingresos, Jefatura de Hogar yDiscapacidad, sí se se encuentra alineada con el Decreto 42.305. Sin embargo, para las demás variables la Contraloría encontró las siguientes inconsistencias:

  • Condición de empleo. En la programación de la plataforma se asigna el mismo puntaje para todos aquellos beneficiarios que reportan una reducción de jornada, independientemente del porcentaje de reducción, a pesar de que el Decreto Ejecutivo establece una categoría para reducción superior al 50% y otra para reducción igual o inferior a 50%, tal como fue informado por la Administración en junio y agosto.
  • Condición de pobreza. Esta variable se divide en cinco categorías: Pobreza extrema, Pobreza básica, En vulnerabilidad, No pobre y No registra; sin embargo, la programación de la plataforma contempla solamente tres categorías, Pobreza extrema, Pobreza básica y las demás condiciones socioeconómicas las agrupa en una misma categoría que incluye a los vulnerables, no pobres y no registrados.
  • Sexo de la Jefatura de Hogar. La variable debe seleccionarse del SINIRUBE; sin embargo, en la programación se utiliza el dato “Sexo” brindado por el solicitante a la hora de llenar el formulario, el cual no necesariamente corresponde a la jefatura de hogar, sino al sexo de la persona solicitante, ello a pesar de que la variable “Sexo Jefatura de hogar” existe dentro de la base de datos, producto de la validación realizada con la base de datos SINIRUBE.
  • Cantidad de dependientes. La variable se divide en tres categorías: 4 o más miembros, 3 a 2 miembros y 1 miembro; no obstante, en la programación de la plataforma se definieron intervalos distintos a los indicados en el Decreto: 5 o más miembros, 4 a 3 miembros y 2 a 1 miembro, asignando dos, uno y cero puntos respectivamente.
  • Edad. Esta variable se determina a partir de la información del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE); sin embargo, en la programación de la plataforma se toma la diferencia entre el año de nacimiento y el año actual, es decir, calcula la edad que la persona cumple este año, independientemente de si, para la fecha de solicitud, no la ha cumplido, pese a que la plataforma tiene acceso al dato “Edad” de la base de datos del Registro Civil del TSE.

La Contraloría señaló que estas inconsistencias pueden procovar problemas de focalización, en el sentido de que se asigne el bono a personas que no tengan las condiciones requeridas o se excluya a personas con mayor afectación.

Adicionalmente, la Contraloría encontró que la plataforma del Bono Proteger no cuenta con los controles, ni automatizados ni manuales, que permitan verificar la cantidad, tipo y contenido de los documentos que las personas deben adjuntar para aplicar al Bono Proteger, que incluyen cédula de identidad, declaración jurada y, cuando corresponda, la carta del patrono confirmando la variación en el contrato de trabajo o jornada de las personas.

Por último, se encontró que hay una debilidad en la calidad de la información de la base de datos del Bono Proteger debido a la carencia de pruebas de calidad de la programación de los controles de la plataforma tecnológica.