El día de ayer el Gobierno oficializó las medidas para la negociación con el FMI que incluyen un eventual impuesto a los débitos bancarios. Ya existen detractores señalando que este impuesto seria dañino a la economía y que en otros países la experiencia ha sido negativa y ha traído consigo una serie de consecuencias bastantes adversas a la economía de esos países. Sin embargo, como cualquier tema es conveniente conocer más en realidad que es este impuesto y cuál ha sido la experiencia de otros países.

Este impuesto usualmente ha sido conocido como impuesto Tobin, en referencia al apellido del economista que recomendó sus primeras versiones, lejanas a lo que actualmente se propone ya que en la actualidad ha ido sufriendo algunas transformaciones precisamente por los avances tecnológicos y la doctrina habla de los impuestos a las transacciones financieras (ITF).

Este impuesto ha tenido diversas modalidades y propósitos fiscales y extrafiscales, en algunos países ha sido utilizado como mecanismo para desestimular la especulación cambiaria estableciendo un impuesto al cambio de monedas, esto con el fin de evitar el movimientos abrupto de grandes capitales y los efectivos negativos al mismo por obedecer a un proceso especulativo más que a elementos usuales de la economía, la otra variedad de este impuesto es el cobro a algunos tipo de transacciones financieras tales como el cobro a la venta de acciones, bonos y otras operaciones bursátiles y el que se está mencionado actualmente por algunos diputados el conocido impuesto a los débitos/ Créditos bancarios (IDB).

Este impuesto usualmente realiza un cargo a los débitos bancarios que oscila en los países latinoamericanos entre un 0.25% y un 3%. En algunos países fue implementado como una medida temporal ante diversas crisis, tal es el caso de Venezuela que lo estableció como una medida para aliviar la presión fiscal por la caída de los ingresos petroleros esto en el año 2008. Otros países como Colombia lo establecieron en forma temporal para el rescate de instituciones financieras en 1998 y vuelto permanente en el 2001 y así diversos países como Perú, Ecuador, Brasil, México, este último, por ejemplo, lo utilizó como un mecanismo para luchar contra la informalidad al establecer un impuesto del 3% a los depósitos mayores a los 25.000 pesos al mes. Por qué el FMI recomienda el mismo por varias situaciones:

  1. Tiene un alto poder recaudatorio al concentrar en pocas instituciones financieras la recaudación producto de operaciones de miles de agentes económicos.
  2. Es un impuesto simple al evitar tener que preparar declaraciones y ser un cobro único
  3. No requiere una estructura administrativa tributaria de alto calibre para poder cobrar el impuesto
  4. Ayuda a identificar posibles elementos de evasión fiscal al contrastar estas operaciones con las declaraciones de impuesto de renta.

No obstante, la experiencia en Latinoamérica es que provoca algunos efectos adversos entre los que se puede señalar

  1. Los bancos cargan spreads de tasas de interés más alta para recuperar la rentabilidad esto desestimula la inversión y el ahorro.  Algunos estudios informales señalan que crean un efecto inflacionario del 2% al 3%
  2. Puede provocar fugas de capital al extranjero y aumento el informalismo

Cuales son lecciones aprendidas según la Cepal sobre este impuesto en Latinoamérica:

  1. Debe establecerse un grupo de excepciones a ciertas transacciones interbancarias, tales como el pago de impuestos, servicios públicos administrados por el Estado, entre otros
  2. Evitar gravar algunos débitos bancarios en el mercado de valores y bonos con el fin de evitar que se trasladen al exterior
  3. Evitar cobros a transacciones entre la misma institución financiera
  4. El impuesto necesariamente tiene que ser bajo para evitar la informalidad por ejemplo una tasa de 0.05% en un millón de colones seria 500 colones, pero si el impuesto pasa a un 3% se incrementa a 30.000 colones lo que podría ser considerado gravado al adicionar los cargos bancarios y otras retenciones aplicadas. Asimismo, el impuesto debe ser deducible del impuesto a la renta
  5. Otro elemento es que solamente se cobre a los débitos bancarios es decir al retiro de dinero y no a los créditos bancarios ya que en estos podrían significar un cargo adicional a los salarios, préstamos y otros ingresos a las cuentas de los diversos agentes económicos.
  6. Otro error y usualmente que sucede en el parlamento tico son los destinos específicos esto lo único que hace es perpetuar impuestos que deberían ser de cortes temporales.

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