La defensora de los Habitantes de la República, Catalina Crespo, criticó la intención de un grupo de diputados de presentar un proyecto de ley para —según ellos— impedir el matrimonio entre personas del mismo sexo y en su lugar crear una figura diferenciada para esa población, denominada "unión civil".

A través de un comunicado de prensa publicado este jueves, Crespo (quien fue designada defensora por el actual Congreso) afirmó que una iniciativa como la que se pretende presentar sería contraria, lesiva y alejada de los criterios emitidos ampliamente tanto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la opinión consultiva OC-24/7, como la sentencia emitida por la Sala Constitucional y de pronunciamientos de la propia Defensoría.

Quiero expresarle públicamente a los señores y señoras diputadas que ya existe un base sólida de protección internacional de derechos humanos, donde todas las personas son iguales ante la ley, y eso significa, que tienen derecho, sin discriminación a una igual protección. No cabe ninguna interpretación que la igualdad es un derecho inseparable de la dignidad de la persona como lo estableció el Alto Tribunal de Derechos Humanos. El matrimonio igualitario no es una opción, es una realidad

—Catalina Crespo

La Defensoría de los Habitantes recordó que la Corte Interamericana dijo con contundencia y sin ningún margen para hacer otra interpretación, que los Estados deben garantiza el acceso a todas las figuras ya existentes para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales.

Crespo dijo que ha quedado claro que no es necesaria la creación de nuevas figuras jurídicas y menos aún aquellas que pueden generar desigualdad entre las personas por su condición de orientación sexual. Más bien -recordó- la Corte IDH fue clara en indicar que el mecanismo más eficaz y sencillo para garantizar los derechos de las parejas del mismo sexo es extender las instituciones existentes, incluyendo el matrimonio, de conformidad con el principio pro persona contenido en el artículo 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Para la Defensoría el derecho al matrimonio debe ser garantizado por parte del Estado Costarricense a la personas del mismo sexo, porque no es válido un trato diferenciado con respecto a las personas constituidas por parejas heterosexuales

La defensora agregó que seguir dilatando mediante creación de figuras que más bien van en contra de las decisiones adoptadas por órganos competentes internacionales en materia de Derechos Humanos y de decisiones claras de órganos internos, significa privar sin justificación alguna de derechos a un grupo de personas que habitan en el territorio y lesionar su dignidad.

"Ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual, como muy bien ha sido señalado por la Corte IDH", finalizó Crespo.