En la última década se ha generado una tendencia de promover y adoptar moratorias para ciertas actividades, entre ellas la minera bajo el argumento de que no existe suficiente evidencia científica para descartar riesgos ambientales.
El apoyo político a las moratorias más parece producto de la incapacidad de las autoridades de ejercer sus competencias que de la incerteza científica. Las actividades mineras en toda parte del mundo son fuente de riqueza y desarrollo económico y deben estar sujetas al estricto cumplimiento de la normativa ambiental, ésta es la función principal del Estado. La Administración requiere implementar medidas de mitigación de los impactos, compensación de las alteraciones en los elementos del ambiente. Parece que esto les resulta excesivamente técnico y prefieren decretar la moratoria, en perjuicio del desarrollo económico de zonas rurales, en las que la falta de trabajo y la pobreza son una constante. En suma, el Estado renuncia a ejercer sus competencias.
A pesar del enorme potencial que tiene la minería aurífera y la necesidad de su uso en la industria médica, telecomunicación, automovilística, aeronáutica y espacial, electrónica, estética, entre otras, los grupos opositores han logrado su prohibición total. Un último estudio realizado por la Universidad Nacional a solicitud de la Dirección de Aguas denominado “Contaminación por mercurio en la zona de Crucitas, San Carlos”, muestra que los efectos de tales prohibiciones son contrarios a los objetivos que se buscaban: alta deforestación, contaminación de agua superficial y subterránea, pérdida de suelo, eutrofización, exposición a metales pesados bioacumulables, ningún beneficio económico para el Estado o las comunidades cercanas.
El desastre de Crucitas era totalmente previsible, nosotros mismos lo habíamos previsto. Era previsible porque la zona es de difícil acceso, está cerca de una frontera porosa y llena de pobreza. Además, desde mediados de la década del 90 se conoce la existencia de una gran veta de oro en la zona. Pero, ¿acaso las experiencias de las fiebres del oro desde el siglo XVIII hasta nuestros días alrededor del muncho no bastaban para prever esta situación?
Antecedentes de la actividad minera aurífera en Costa Rica. La minería aurífera en Costa Rica ha tenido una importancia relativa en la economía. Juan Mora Fernández en 1828 fomentó de la extracción de oro y plata para monetizar la economía, conseguir una moneda con respaldo suficiente para ser aceptada en el comercio internacional y además, financiar otras actividades como las plantaciones y beneficio de café. Rafael Yglesias Castro, estableció el patrón oro asociado a la nueva moneda nacional, el colón. En esos momentos fue fuente de desarrollo de infraestructura como el tren y servicios públicos, incluso los productos mineros estuvieron entre los 4 principales productos de exportación del país[1].
José Figueres en la década de 1970, propuso la activación de la industria minera de metales preciosos favorecida por los precios en el mercado internacional. Posteriormente se emitieron leyes, reglamentos y se crearon instituciones para el desarrollo de la minería y para su control[2].
Entre 1986 -1990 el presidente Oscar Arias Sánchez creó el Ministerio de Recursos Naturales Energía y Minas y desarrolló una estrategia para asociar el crecimiento económico con el desarrollo sostenible (Estrategia Nacional de Conservación para el Desarrollo Sostenible). En ese entonces y en la década de 1990, la minería de metales preciosos se vio como una actividad que podría calzar en esa estrategia de desarrollo y que permitiría dar respaldo al débil sistema financiero costarricense y brindar mayores posibilidades de crecimiento.
Moratorias a la actividad minera: del incentivo a la prohibición. Hoy en día esta actividad minera se enfrente a una oposición ideológica, detonada por el hecho que son empresas extranjeras las que pretenden desarrollar la actividad, no tanto por el impacto sobre el ambiente ya que si la concesión es dada a una cooperativa, no hay problema.
Como resultado de esa oposición y a pesar de los años de experiencia acumulados el país así como de los avances técnicos y científicos en esa industria, el Poder Ejecutivo emitió varios decretos ejecutivos entre el 2002 y el 2010 que promovían moratorias a la explotación metálica a cielo abierto, con excepción de la administración Arias Sánchez que continuó con una política de apoyo a la actividad similar a su primer mandato, pero siempre enmarcada en su estrategia de desarrollo sostenible. No obstante, en el 2011 la Asamblea Legislativa emitió, con escaso criterio técnico, la Ley 8904, que declaró al país “Libre de Minería Metálica a Cielo Abierto”. Nuevamente esta Ley obedece más a la renuncia del Estado a promover una actividad que traería desarrollo económico, por el interés de unos pocos en que las empresas extranjeras no desarrollen esa actividad.
El disfraz del interés público para proteger intereses de ciertos sectores. En nuestra opinión, resulta ilegal e inconstitucional revestir de interés público el interés de unos pocos de que esa actividad la desarrollen empresas. La Ley 8904 muestra el sesgo político – ideológico que tiene al permitir la actividad en pequeña escala, así como de la prohibición de uso de cianuro a menos que sea por estos mineros artesanales, cuando existe evidencia que esa actividad es igualmente impactante y altamente peligrosa para el ambiente y las personas, además de generar pocos beneficios económicos, sociales y ambientales debido al escaso control estatal de la gran cantidad de oreros particulares.
La reciente experiencia en el cerro Crucitas evidenciada por el informe de la Universidad Nacional, así como por inspecciones del Colegio de Geólogos de Costa Rica, ha permitido comprobar la hipótesis que manejábamos cuando se dio la discusión.
La experiencia indica que cuando se descubre un yacimiento de algún metal precioso, o bien el Estado lo protege con todos los costos que ello implica, o bien permite su explotación racional. Así se da también en la arqueología, en donde cualquier resto arqueológico que no se protege es rápidamente saqueado por los huaqueros.
La decisión del gobierno de Arias de continuar con la actividad se ajustaba al interés público. Debido a lecciones aprendidas de proyectos mineros, el Poder Ejecutivo en el segundo Gobierno de Oscar Arias dictó la salvaguarda a los proyectos mineros como un “Conjunto de lineamientos básicos que debe cumplir el desarrollo de la actividad minera en Costa Rica, tanto metálica como no metálica, para garantizar el desarrollo sostenible y la protección del ambiente” (Decreto Ejecutivo Núm. 34492-MINAE)
Por otro lado, el Informe Nacional sobre el Sistema de Áreas Silvestres Protegidas, MINAE-SINAC de febrero del 2003, la Agenda para las ASPs del 2002, entre otros estudios, señalaban los problemas que tenían las Áeas Silvestres Protegidas. Es conocido las dificultades que tiene el Estado en controlar la actividad minera en un parque nacional como Corcovado.
Estos elementos nos permiten afirmar que la decisión del Poder Ejecutivo de considerar de interés público y de conveniencia nacional el proyecto Crucitas fue acertada, no así los procedimientos y verificaciones que los órganos del MINAE según lo dictaminó el Tribunal Contencioso Administrativo.
Los problemas de la minería ilegal reportados en el informe de la UNA no son exclusivos de Crucitas ni de nuestro país. En el 2012 el Ministro de Ambiente de Colombia, el señor Frank Pearl, afirmó que la “minería ilegal es el nuevo narcotráfico” puntualizando problemas socio económicos que genera, situación que se vive también en el Perú y Brasil.
La experiencia en el cerro Crucitas y las decisiones políticas que se tomaron, aunque han tenido consecuencias dolorosas, nos permiten reflexionar sobre la necesidad de permitir el desarrollo de la actividad aurífera, bajo un marco normativo moderno y con instituciones que sean fortalecidas para que desde el inicio se controlen la capacidad técnica y económica de las empresas que proponen efectuar los proyectos y que permiten proyectos que sean ejemplos en el mundo[3].
Frente al hallazgo de un yacimiento de oro, como fue en el cerro Crucitas, se impone otorgar en concesión la explotación a empresas serias nacionales o extranjeras, que cumplan con los estándares que el país exige para el desarrollo sostenible. Evidentemente, la otra opción es que el Estado dedique una muy buena cantidad de recursos a cuidar el sitio del yacimiento y evitar el drama que estamos sufriendo en Crucitas, hasta ahora no lo ha podido hacer y no parece que en el futuro lo pueda hacer, Corcovado es un ejemplo de ello. En perspectiva, la declaratoria de interés público tenía todo el sentido lógico y técnico, era consistente con las políticas adoptadas históricamente en el país y buscó adecuarse a los lineamientos de desarrollo sostenible del Gobierno de turno.
[1] Castillo, Antonio. Industria Minera y Coligallerismo en Abangares: un análisis desde la perspectiva histórica. En Revista Herencias Vo. 19 (1) : pp 33-58, 2006.
[2] MARIN, Juan Jose y otros. Bellavista de Miramar en los ciclos mineros de Costa Rica. Una aproximación a la trayectoria de una explotación minera: 1821-2012. En La Minería en Bellavista – Miramar: Dónde quedó la riqueza? Editorial Nuevas Perspectivas, 2014
[3] Boschini Ileana. Actualidad y perspectivas de la explotación de recursos mineros metálicos en Costa Rica. Tesis para optar por el título de Máster en Liderazgo y Gerencia Ambiental de la UCI., 2015
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