Un plan de gobierno presentado a destiempo no es un plan para gobernar, es una improvisación irresponsable. El partido Restauración Nacional presentó el 28 de marzo su plan de gobierno, a tres días y diecisiete horas de la elección. Con 140 páginas la lectura consiente es un acto casi imposible. Un plan de gobierno presentado a destiempo no es un plan para gobernar, es una improvisación irresponsable. Las ideas ahí plasmadas no podrán ser sometidas a discusión ni escrutinio de la ciudadanía.
Veamos la sección de “Valores, vida y familia” (pág. 126-129)
Los restauradores plantean que sus tres pilares fundamentales son la defensa de la vida, el matrimonio entre hombre y mujer, así como el resguardo de la familia. La discusión de esto es innegociable y será la creación, sustento, desarrollo y equilibrio de toda la política pública. Entienden, además, que el espíritu de todos los convenios internacionales y la propia Constitución Política es la defensa de estos aspectos. Esto último, ligeramente cierto, completamente manipulador.
Por ejemplo, la Constitución Política establece que la base fundamental de la sociedad es la familia. ¿Pero cuál familia? No es cierto que existe un único tipo de familia, integrado por hombre, mujer y descendencia. Existen múltiples tipos de familia, desde la mujer jefa de hogar que crio a sus hijos e hijas, hasta una familia homoparental o lesbomaternal. Todos los tipos de familia, como base de la sociedad, requieren igual reconocimiento y protección especial del Estado. Así lo ha considerado la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en la sentencia Atala Riffo y Niñas Vs. Chile al constatar que la Convención Americana sobre Derechos Humanos (o Pacto de San José) de la cual forma parte Costa Rica, no determina un concepto cerrado de familia, ni mucho menos protege sólo a un tipo. Valga la pena recordar, por milésima vez en esta campaña política, que las sentencias de la Corte IDH son vinculantes y crean jurisprudencia para todos los Estados parte.
Avancemos: El plan de gobierno solamente en dos ocasiones menciona el concepto de personas “LGTBI”. Ambas para establecer que esta población promueve la “ideología de género”. En primer lugar, no existe el concepto de “ideología de género” como concepto con sustento técnico, académico o científico. Lo que existe son los derechos humanos. La “ideología de género” no es más que un concepto peyorativo para desmeritar la noble y, aparentemente radical, idea de que todas las personas somos iguales en dignidad y derechos. Ordenar la “decidida eliminación de todo vestigio de “ideología de género” en la educación costarricense y de las instituciones públicas” es absurdo: no se puede eliminar lo que no existe.
Hablando de derechos humanos como tales, existen dos características fundamentales que siempre deben tenerse en cuenta. Estos son universales, es decir, aplicables para todas las personas, sin distinción alguna. Además, éstos son progresivos, es decir, el reconocimiento y disfrute de los derechos humanos siempre debe avanzar y mejorar.
Sobre el tema de matrimonio entre hombre y mujer se debe indicar que la prohibición de acceso, para parejas del mismo sexo, a la misma figura jurídica de protección que poseen las parejas de distinto sexo, es discriminatorio por razones de orientación sexual. En varias sentencias y, más recientemente en la Opinión Consultiva 24/17, la Corte IDH ha establecido que motivos de orientación sexual son criterios prohibidos de distinción y se trata entonces de discriminación que violenta los derechos humanos de dichas personas, pero también contraviene el propio Pacto de San José.
Resulta que las sentencias de la Corte IDH, además de las opiniones consultivas, para efectos costarricenses tienen la misma validez y obligatoriedad que el Pacto de San José. El país está obligado, mediante criterios jurídicos vinculantes, a cumplir con lo establecido por la Corte IDH. Esto de ninguna forma violenta la soberanía nacional, ya que ha sido el Estado quién lo determinó de dicha forma. Considerando la progresividad de los derechos humanos, no cabe criterio en contrario ya que sería un grave retroceso.
Otro tema de particular preocupación es la propuesta de “fortalecer la libertad religiosa mediante la promoción del proyecto de ley presentado por Restauración Nacional para esos efectos”. Dicho proyecto de ley no fortalece la libertad religiosa, establece por el contrario de forma implícita una libertad para discriminar. Una verdadera garantía para la libertad de credo y religión es, por el contrario, el establecimiento de un Estado Laico que garantice a todas las personas la libertad de ejercer sus creencias en un marco donde el Estado no priorice y proteja una religión en particular y garantice la protección de los derechos humanos y la no discriminación para todas las personas.
También el plan de gobierno plantea que “para los restauradores, los tratados internacionales debidamente aprobados, la Constitución Política, el Código Civil, el Código de Familia y el Código de la Niñez son base de la sociedad y, por tanto, deben protegerse”. Resulta irónico, pero esperable, que todas y cada una de las propuestas planteadas, de forma explícita o implícita, violenten los tratados internacionales y la propia Constitución Política.
Cuando Restauración Nacional plantea cuestiones de valores y familia lo hacen para proteger la discriminación y un único tipo de familia, atacando todos los demás. Un partido que en la práctica se plantee como pilares fundamentales la discriminación y la violación de derechos humanos, es un partido peligroso que atenta contra aspectos esenciales del derecho internacional de los derechos humanos, la Constitución Política y los valores de no discriminación e igualdad, que deben ser pilares en toda democracia moderna.
Las propuestas planteadas por Restauración Nacional representan un peligroso retroceso en materia de derechos humanos y lo único que pretenden fortalecer es la discriminación.
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