La existencia de leyes no escritas anteriores a las normas escritas (positivas) la encontramos ya en Antígona, de Sófocles (siglo V a.C). El hermano de Antígona, Polínices, muerto en guerra civil, es condenado por su rebeldía a no ser sepultado. Pero Antígona, para cumplir deberes de piedad con el hermano muerto, apela “a las leyes no escritas e inmutables” contra la sentencia del rey Creonte. Al recriminarle el rey haber violado su prohibición, ella responde: No fue Zeus quien dio ese bando, ni la Justicia que comparte su morada con los dioses infernales definió semejantes leyes entre los hombres. Ni tampoco creía yo que tuvieran tal fuerza tus pregones como para poder transgredir, siendo mortal, las leyes no escritas y firmes de los dioses. Pues su vigencia no viene de ayer ni de hoy, sino de siempre, y nadie sabe desde cuándo aparecieron. Antígona desobedece porque las leyes humanas no pueden prevalecer sobre las divinas.
La importancia de volver a la ley natural radica en los peligros que acechan a los derechos humanos y a la dignidad humana. Peligros que no deben subestimarse: falta de fundamentación filosófica, moral, jurídica e histórica. Esos derechos no deben limitarse a una simple construcción escrita (positiva) de la norma ni considerarse que son invención del mundo moderno, porque en todas las épocas se ha tratado de proteger a su manera la dignidad humana.
La idea de una ley natural aparece como creencia de una norma suprema de Justicia que los hombres conocen y está inscrita en sus conciencias. Griegos y romanos racionalizan esa idea de ley natural, oponiéndose críticamente al derecho escrito y lo fundamentan en la divinidad o en una Ley universal. Durante la Edad Media, el cristianismo y la escolástica, le confieren gran impulso y sólida fundamentación racional. En el Renacimiento, la Escuela Clásica, fundamentará el derecho natural en la razón, exclusivamente, otorgando importancia a los derechos y libertades del individuo. Llegados al siglo XIX y, por auge de la Escuela positivista, se inicia un debilitamiento del pensamiento filosófico en general y de la idea sobre el derecho natural. Los errores de esta escuela radican en negar que todo derecho escrito tenga también un lado filosófico y espiritual como su fundamento último, toda valoración supra legal o filosófica del derecho escrito y suprimir la existencia de otra instancia creadora del derecho que no sea el legislador.
Llegados al siglo XX y luego de dos guerras mundiales con la consecuente destrucción social, genocidios y violaciones a los más elementales derechos de las personas -provocado por regímenes que habían enseñado a los juristas a aplicar e interpretar el Derecho sin tomar en consideración los valores naturales y éticos genéricos y conductores-, se supera el puro positivismo jurídico e inicia un resurgimiento del derecho natural (ley natural escrita). Esa interpretación y aplicación del derecho escrito sin tomar en consideración fundamentaciones filosóficas, morales, éticas, históricas o su ordenación al Bien Común, provocó los crímenes más atroces que escandalizaron a la humanidad como nunca en su historia, toda vez que sus perpetradores se justificaban en la obediencia a una ley escrita y aprobada por sus parlamentos a través de un proceso parlamentario válido.
No debemos ser ingenuos al pensar que la dignidad humana está salvaguardada en la actualidad o a futuro. La tentación de aprobar leyes cuyo contenido no esté estabilizado e integrado a la ley natural es permanente. La tendencia a ideologizar el derecho -que no es lo mismo a darle fundamento filosófico, moral, ético e histórico- es una debilidad general en el ser humano de la que debemos estar en guardia y Costa Rica no es una excepción. Mucho de nuestro derecho constitucional es, sin temor a equivocarme, derecho natural escrito (positivizado). Cualquier intento a modificar nuestra Constitución debe ser recelado. Ese derecho natural escrito en nuestra Carta Magna y cuyo fundamento en muchas de sus normas hemos heredado desde el Pacto de Concordia, ha sido la salvaguarda a nuestra forma de vida y sociedad.
El derecho natural (ley natural escrita) no es derecho antiguo o primitivo, como decían Hobbes, Locke y Rousseau, sino el inicio de un progreso en el conocimiento y puesta en práctica de las exigencias de la dignidad humana. Expresa el juicio de la razón práctica que estima lo que es justo. Es la misma razón moral del ser humano que trata de establecer criterios de justicia mayores y con sentido común.
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