Jueza de Bogotá lo inhabilitó por ocho años para ejercer cargos públicos y le impuso multa millonaria.

La jueza 44 penal de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia, condenó este viernes al expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez a 12 años de prisión domiciliaria por los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal. La decisión se conoció en el marco de la audiencia de individualización de pena y lectura de sentencia, celebrada este 1 de agosto.

Además de la privación de libertad, Uribe deberá pagar una multa superior a los 3444 millones de pesos colombianos, equivalente a 2420 salarios mínimos legales mensuales vigentes (419.46 millones de colones costarricenses), y quedó inhabilitado para ejercer funciones públicas por un periodo de ocho años y dos meses.

La jueza Heredia dio por probado que Uribe tuvo conocimiento y participó en la búsqueda de testigos en centros penitenciarios para obtener declaraciones favorables en procesos judiciales que lo involucraban. Una figura clave en este entramado fue su exabogado Diego Cadena, actualmente procesado por su rol en la presunta manipulación de testigos.

Entre las pruebas que sustentaron la condena, se valoraron interceptaciones telefónicas entre Uribe y Cadena, en las que —a criterio de la jueza— quedó evidenciado un plan para ofrecer beneficios económicos o jurídicos a testigos. Uno de ellos fue Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”, quien confirmó que Cadena le entregó 26 millones de pesos, monto que consideró insuficiente frente a lo acordado, razón por la cual modificó su testimonio.

También se tomó en cuenta la actuación de la exparamilitar Eurídice Cortés, alias “Diana”, quien grabó un video solicitado por Cadena con el fin de favorecer a Uribe ante la Corte Suprema de Justicia.

Otro testigo, Juan Guillermo Monsalve, habría sido presionado para cambiar su versión sobre los presuntos vínculos del expresidente y su hermano Santiago Uribe con estructuras paramilitares.

La defensa del exmandatario anunció que apelará toda la sentencia ante el Tribunal Superior de Bogotá, que deberá revisar el caso en segunda instancia.