Tribunal desestimó recurso que alegaba omisión legislativa tras reforma constitucional de mayo.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, conocida popularmente como Sala IV, rechazó de plano un recurso de habeas corpus que pretendía frenar la extradición de personas costarricenses, al considerar que las pretensiones del caso excedían los límites del procedimiento constitucional sumario.
El recurso se tramitó bajo el expediente 25-019583-0007-CO y fue interpuesto contra la Asamblea Legislativa, el Ministerio de Justicia y Paz y el Poder Judicial. Figuraban como ofendidos tres personas de apellidos López, Álvarez y Gamboa, este último en referencia al exmagistrado Celso Gamboa Sánchez.
Según el recurrente, aunque en mayo de 2025 se reformó el artículo 32 de la Constitución Política para permitir la extradición de nacionales, no se ajustaron las leyes secundarias, específicamente el artículo 3 inciso a) de la Ley 4795 y el artículo 8 inciso 1) de la Ley 7146, que aún prohíben expresamente esa posibilidad. La persona que interpuso el recurso alegó que esta omisión legislativa generaba una contradicción normativa que violaba el principio de supremacía constitucional.
Además, solicitaba a la Sala que ordenara la libertad de todas las personas costarricenses actualmente en proceso de extradición, así como la sustitución de la medida cautelar de prisión preventiva por monitoreo electrónico domiciliario hasta que se resolviera el fondo del caso.
Sin embargo, en su resolución, la Sala Constitucional determinó que tales pretensiones son incompatibles con el objeto del habeas corpus, dado que este no es el mecanismo adecuado para evaluar la necesidad de reformas legales ni para sustituir la función del juez penal en la valoración de medidas cautelares.
El Tribunal recordó que la reforma, derogación o interpretación de normas ordinarias corresponde a la Asamblea Legislativa, no al control constitucional de habeas corpus. También reiteró que no le corresponde sustituir al juzgador en la determinación de la normativa aplicable al caso concreto.
Sobre la petición de revocar o modificar la prisión preventiva, la Sala fue enfática en señalar que ese análisis debe realizarse dentro del proceso penal respectivo, y no por la vía constitucional, por lo que desestimó íntegramente la gestión.
Además del recurso rechazado, la Sala tramita actualmente dos habeas corpus adicionales a favor del exmagistrado Celso Gamboa. El primero, bajo el expediente 25-020009-0007-CO, denuncia vulneraciones al derecho de defensa, a la privacidad de las comunicaciones y a la dignidad humana, y solicita que se le permita tener un cuaderno para tomar notas sobre su caso.
El segundo, expediente 25-020390-0007-CO, alega tratos degradantes, amenaza a la integridad física y psíquica del privado de libertad, y solicita su traslado urgente a otro centro penal por supuestos riesgos asociados a los funcionarios que actualmente lo custodian.
Ambos expedientes fueron admitidos para estudio y se encuentran en trámite.